Decisión nº C-1709-2014.- de Juzgado Ejecutor de Medidas de los Municipios Garcia de Hervía, Panamericano, Samuel Dario Maldonado y Simón Rodriguez de Tachira, de 31 de Marzo de 2014

Fecha de Resolución31 de Marzo de 2014
EmisorJuzgado Ejecutor de Medidas de los Municipios Garcia de Hervía, Panamericano, Samuel Dario Maldonado y Simón Rodriguez
PonenteRafael Manuel Nieto Ricaurte
ProcedimientoInspección Judicial

Siendo las nueve horas de la mañana (9:00 a.m.) del día de hoy lunes, treinta y uno de marzo de dos mil catorce (2014) de conformidad con el auto inmediatamente anterior y en horas de despacho se trasladó este Juzgado Ejecutor de Medidas de los Municipios G.d.H., Panamericano, S.D.M. y S.R.d. la Circunscripción Judicial del Estado Táchira y se constituyó en un taller mecánico de maquinaria agrícola el cual no posee nombre de identificación, ubicado en el Sector denominado C.H., carretera Panamericana, Municipio G.d.H.d.E.T., todo con el fin de llevar a cabo la Inspección Judicial ordenada en comisión por el Juzgado del Municipio G.d.H. de la Circunscripción Judicial del Estado Táchira en solicitud número 15.029-2014. Se encuentra presente en el acto el solicitante de la Inspección Judicial ciudadano P.A.V., titular de la cédula de identidad número V-139.515, debidamente asistido por el profesional del derecho ciudadano J.A.O.P., titular de la cédula de identidad número V-17.783.348, inscrito en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el número 166.163. Constituido el Tribunal, el ciudadano Juez Abg. R.M.N.R., procedió a notificar de la misión a cumplir a un ciudadano que dijeron ser y llamarse L.J.M.R., titular de la cédula de identidad número V-22.682.925, en su condición de propietario del taller en el cual se constituyó este tribunal. En este estado el ciudadano P.A.V., asistido de su abogado plenamente identificado en la presente acta, solicito el derecho de palabra y concedido como les fue expuso: “Muy respetuosamente solicito a este Juzgado Ejecutor de Medidas deje constancia de los particulares solicitados en el escrito de inspección que corre al folio uno (1) dando así cumplimiento a lo ordenado por el Juzgado comitente. Es todo.” Este Juzgado vista la precedente exposición y dando cumplimiento estricto a la comisión de Inspección Judicial ordenada por el Tribunal Comitente, procede a dejar constancia de los particulares solicitados en el escrito que riela al folio uno (01) del presente expediente de la siguiente manera: PRIMERO: El Tribunal observa y deja constancia que en el lugar en el cual se encuentra constituido, existe un tractor tipo oruga, marca Caterpillar, modelo D4 color amarillo, cuyo serial de fabricación es: Serial de Carrocería: 82J4156; Serial del Motor: 3304. SEGUNDO: Este Juzgado deja constancia que el notificado respondió de la siguiente manera a las interrogantes señaladas en el presente particular: Primera pregunta: “se encuentra en un 80% de funcionabilidad”. Segunda pregunta: “El motor se siente bien, el mismo tiene más o menos 16 años de reparado, el sistema hidráulico se encuentra operativo, reparada la bomba de inyección, la caja de cambio en buen estado, la transmisión mecánica en buen estado, diferencial en buen estado, el mismo fue reconstruido, tren de rodaje en buen estado, el mismo fue reconstruido, rueda loca, rodillos y sprockets todo en buen estado, fueron reconstruidos, cadenas se giraron buges. Se encuentra en buen estado”. Tercera pregunta: “Por cuenta del señor G.V.”. Cuarta Pregunta: “Lo señalado en la pregunta número dos”. Quinta pregunta: “La mano de obra sale en treinta mil bolívares (30.000,oo Bs) y los repuestos son suministrados por G.V.”. Sexta Pregunta: “No sé”. Séptima Pregunta: “En un tiempo aproximado de un mes, dependiendo del suministro de los repuestos por parte del señor G.V..”. TERCER PARTICULAR: Este Juzgado deja constancia que fueron tomadas diecisiete (17) impresiones fotográficas por él mismo con la cámara fotográfica marca Nikon digital D60, serial 3194851, las cuales se anexaran a la presente acta y formaran parte integrante de la misma. CUARTO PARTICULAR: No se presentó ningún otro particular. No siendo otro el objeto del tribunal se declara cumplida la presente comisión, se le dio lectura a la presente acta y conforme se firma. El Juzgado regreso a su sede natural siendo las once horas de la mañana (11:00 a.m.)

El Juez Ejecutor

Abg. Rafael M, Nieto R

El Solicitante

P.A.V.

Abogado Asistente

J.A.O.P.

El Notificado

L.J.M.R.

Secretaria del Tribunal

Abg. Trineima Yerinne Padilla Contreras

Comisión N°: 1709-2014

Solicitud N°: 15.029-2014

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