Decisión nº 02 de Juzgado Segundo Ejecutor de Medidas de los Municipios San Cristobal, Torbes, Cardenas, Guasimos, Fernando Feo, Libertador y Andrés Bello de Tachira, de 17 de Marzo de 2005

Fecha de Resolución17 de Marzo de 2005
EmisorJuzgado Segundo Ejecutor de Medidas de los Municipios San Cristobal, Torbes, Cardenas, Guasimos, Fernando Feo, Libertador y Andrés Bello
PonenteRosa Mireya Castillo Quiroz
ProcedimientoCobro De Honorarios Profesionales

En el día de hoy, jueves diecisiete de marzo de dos mil cinco, siendo las 11:15 a.m se trasladó y constituyó este JUZGADO SEGUNDO EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS SAN CRISTÓBAL, TORBES CÁRDENAS, GUÀSIMOS, FERNÁNDEZ FEO, LIBERTADOR Y ANDRÉS BELLO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO TÁCHIRA, previa habilitación del tiempo necesario junto con la abogada en ejercicio D.S., inscrita en el Inpreabogado bajo el Nº 48.356, quien actúan con el carácter de demandante, è indicó a este Tribunal la siguiente dirección: Inmueble N° 7-420, ubicado en la prolongación de la 5 avenida frente a Rimula, La Concordia de esta Ciudad de San Cristóbal, Estado Táchira, a fin de dar cumplimiento a la comisión conferida por el JUZGADO PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y DEL TRANSITO DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO TACHIRA, la cual consiste en la práctica de la medida de EMBARGO PREVENTIVO decretado sobre el bienes mueble propiedad de la parte demanda ciudadana: N.D.C.P.V., en el juicio que por COBRO DE HONORARIOS PROFESIONALES se sigue en el expediente Nº 31146 de 2005 que cursa por ante el Juzgado de la Causa. Acompaña al Tribunal el funcionario policial O.R., placa 2021. Se encuentra presente la ciudadana: N.D.C.P.V., titular de la C.I. N° V- 13.349.942 en su condición de demandada la Juez la notificó del objeto y misión a cumplir en el sitio indicándole que cuenta con un plazo de (30) minutos para que se comunique con su abogado de confianza o apoderado judicial a los fines de que ejerza el derecho a la defensa consagrado en el Articulo 49 Ordinal 1° de la Constitución de la Republica Bolivariana de Venezuela. En este estado el Tribunal designa como Perito Avaluador al ciudadano C.A.S., titular de la C.I.N°V-1.555.677 y como Depositario al ciudadano J.D.Z.C., titular de la C.I.N° V-7.092.473, representante de la Depositaria Judicial la Seguridad, quienes estando presentes manifestaron aceptar el cargo y prestaron el juramento de Ley ante la Juez. Seguidamente, el Tribunal procede a dar cumplimiento a la comisión conferida por el Comitente, y cede el derecho de palabra a la parte actora, quien expuso: “Señalo para embargar preventivamente las siguientes prendas militares: 1.-Cinco (5) escudos de Venezuela a colores dorados, valorados en la cantidad de Bs. 40.000,oo; 2.- Seis (6) Escudos de Venezuela dorados, valorados en la suma de Bs. 30.000,oo; 3.- Cuatro (4) Escudos del Táchira a color dorados valorados en la cantidad de Bs. 32.000,oo; 4.- Ocho (8) Cucardas para boina, valoradas en la suma de Bs. 40.000,oo; 5.- Seis (6) cucardas para Institutos Militares, valoradas en la cantidad de Bs.60.000,oo; 6.- Tres (3) monedas doradas con el escudo del ejercito, valoradas en la suma de Bs. 12.000,oo; 7.- Un llavero dorado con el escudo del ejercito, valorado en la cantidad de Bs. 15.000,oo; 8.-Dos (02) Chalecos de Comando color verde y el otro negro, valorados en la suma de Bs. 70.000,oo; 9.- Un (1) Chaleco de Comando color negro, valorado en la cantidad de Bs. 35.000,oo; 10.- Trece (13) sombreros camuflados, valorados en la suma de Bs. 195.000,oo; 11.- Veintinueve (29) boinas de diferentes colores (verde, negro y vino tinto), valoradas todas en la suma de Bs. 580.000,oo; 12.- Treinta (30) franelas unicolor (verde- blanca) sin estampar, valoradas en la suma de Bs. 450.000,oo; 13.- Ocho (8) franelas estampas negras, valoradas en la cantidad de Bs. 80.000,oo; 14.- Quince (15) pasa montaña con guantes, color negro valoradas todas en la suma de Bs. 240.000,oo; 15.-Cuarenta y un (41) pares de medias color negro y blancas valoradas todas en la cantidad de Bs. 82.000,oo; 16.- Cincuenta y nueve (59) correas negras, valoradas en la cantidad de Bs. 472.000,oo; 17.- Tres (3) escudos de identificación de policía color dorado, valorado en la suma de Bs. 30.000,oo; 18.- Dieciséis (16) porta cubiertos color negro y verde valorados en la suma de Bs. 96.000,oo; 19.- Tres (3) fornituras color verde, valoradas en la cantidad de Bs. 60.000,oo; 20.- Una (1) fornitura color verde, valorada en la suma de Bs. 20.000,oo; 21.- Treinta y seis (36) pares de guantes de franela color blanco, valorados todos en la cantidad de Bs. 180.000,oo; 22.- Dos insignias diferentes comandos color rojo, valorados en la cantidad de Bs. 16.000,oo; 23.- Seis (6) pares de botas de campaña de diferentes tallas y modelos, de los cuales tres (3) pares son importadas, valoradas todas en las suma de Bs. 600.000,oo y las otras tres (3) en la cantidad de Bs. 300.000,oo; 24.- Tres (3) talegas de lona color verde, valoradas en la suma de Bs. 30.000,oo; 25.- Seis (6) escudos de solapa a color, pertenecientes al ejercito, valoradas en la suma de Bs. 30.000,oo; 26.- Cuatro (4) insignias de reservista tricolor, valorados en la cantidad de Bs. 20.000,oo; 27.- Doce (12) uniformes de deporte con las letras de la guardia nacional en short color vino tinto, valorados en la cantidad de Bs. 216.000,oo; 28.- Tres (3) uniformes de deporte de pantalón con el emblema de guardia nacional, color vino tinto y blanco, valorados todos en la suma de Bs. 210.000,oo; 29.- Tres (3) escudos cazadores a color, valorados en la cantidad de Bs. 9.000,oo; 30.- Cuatro (4) cucardas, valoradas en la suma de Bs. 20.000,oo; 31.- Ocho (8) escudos de Venezuela, valorados en la cantidad de Bs. 32.000,oo; 32.- Cuatro (4) insignias francotirador, valoradas en la suma de Bs. 20.000,oo; 33.- Dos (2) bolsa selladas contentivas de botones color dorado con el escudo de Venezuela, valoradas en la cantidad de Bs. 30.000,oo; 34.- Un llavero verde tiro granada, valorado en la suma de Bs. 8.000,oo; 35.- Tres (3) alas de pecho doradas, valoradas en la cantidad de Bs. 15.000,oo; 36.- Tres emblemas de condecoraciones diferentes honor al merito e infantería ligera, valoradas en la suma de Bs. 21.000,oo; 37.- Cuatro (4) distintivos de curso helitáctico de colores, valorados en la cantidad de Bs. 32.000,oo; 38.- Tres ( 3) insignias del cuerpo de bomberos, valorados en la suma de Bs. 24.000,oo; 39.- Un (1) escudo de solapa del ejercito, valorada en la cantidad de Bs. 8.000,oo; 40.- Cinco (5) insignias de curso helitático de aviación, valorados todos en la suma de Bs. 40.000,oo; 41.- Cinco (5) botones de curso básicos de la guardia nacional, valorados en la suma de Bs. 20.000,oo; 42.- Doce (12) escudos de solapa de la guardia nacional a color, valorados en la cantidad de Bs. 48.000,oo; 43.- Ocho (8) escudos de cuello de la guardia nacional, valorados en la suma de Bs. 32.000,oo; 44.- Dieciocho (18) escudos varios guardia nacional de solapa, valorados en la cantidad de Bs. 126.000,oo; 45.- Dos (2) alas de F.A.V. de solapa, valorados en la cantidad de Bs. 6.000,oo; 46.- Ocho (8) insignias de sub-oficiales de diferentes grados, valorados en la cantidad de Bs. 24.000,oo; 47.- Ocho (8) insignias de comunicaciones, valorados en la suma de Bs. 32.000,oo; 48.- Seis (6) insignias del ejercito, valorados en la cantidad de Bs. 12.000,oo; 49.- Doce (12) insignias del ejercito, valorados en la cantidad de Bs. 48.000,oo; 50.- Cuatro (4) insignias cazadores ejercito, valorados en la suma de Bs. 16.000,oo; 51.- Siete (7) insignias F.A.V., valorados en la cantidad de Bs. 28.000,oo; 52.- Cuatro (4) insignias de sub-oficiales maestros, valorados en la suma de Bs. 80.000,oo; 53.- Dos insignias de capitán, valoradas en la cantidad de Bs. 20.000,oo; 54.- Dos (2) estrellas de sub-teniente, valoradas en la cantidad de Bs. 10.000,oo; 55.- Dos (2) insignias de capitán para el cuello, valoradas en la suma de Bs. 10.000,oo; 56.- Dos (2) insignias de teniente para cuello, valoradas en la suma de Bs. 6.000,oo; 57.- Dos (2) insignias de sub-teniente para el cuello, valoradas en la cantidad de Bs. 4.000,oo; 58.-Dos (2) insignias de mayor para jinetes F.A.V., valoradas en la cantidad de Bs. 20.000,oo; 59.- Cuatro (4) insignias de coronel para jinetes F.A.V., valoradas en la cantidad de Bs. 80.000,oo. 60.- Ocho (8) hebillas para correa doradas valoradas en la suma de Bs. 40.000,oo; 61.- Ciento noventa y siete (197) artículos consistentes en hebillas, jinetas, cucardas y escudos de diferentes modelos y colores, valorados todos en la suma de Bs. 791.500,oo; 62.- Setecientos cincuenta y tres (753) porta nombres en tela, valorados todos en la suma de Bs. 753.000,oo; 63.- Ciento Cincuenta (150) pares de bonbaches, valorados todos en la cantidad de Bs. 1.200.000,oo; 64.- Sesenta y seis (66) porta credenciales con escudo y en color negro con puntas doradas, valorados todos en la cantidad de Bs. 990.000,oo; 65.- Cuarenta y ocho (48) pares de guantes de color negro y otros blancos, valorados en la suma de Bs. 240.000,oo; 66.- Sesenta y seis (66) cierres para botas de campaña, valorados en la cantidad de Bs. 198.000,oo; 67.- Diez (10) porta pistolas de diferentes modelos y colores, valorados en la cantidad de Bs. 150.000,oo; 68.- Doscientos sesenta y tres (263) insignias diferentes modelos y colores, valorados en la cantidad de Bs. 2.104.000,oo; 69.- Dos cordones de servicio color marrón valorados en la suma de Bs. 20.000,oo; 70.- Quinientos veinticuatro (524) insignias bordadas en tela de diferentes colores, modelos y tamaños, valorados todos en la cantidad de Bs. 524.000,oo; 71.- Seis (6) gorras camufladas, valorados en la suma de Bs. 60.000,oo; 72.- Ochenta y nueve (89) boinas de color vino tinto y negro, valorados en la cantidad de Bs. 1.335.000,oo; 73.- Una (1) maquina fileteadora oveloo, color verde marca Flying Man, modelo GN31-5, sin serial visible y posee motor sin marca visible, con su respectivo mueble en fórmica color beige y estructura metálica, color gris, se desconoce su funcionamiento y posible daños ocultos que pueda tener la misma, valorada prudencialmente en la suma de Bs. 1.000.000,oo; 74.- Una maquina plana industrial marca SUMSTAR, modelo KM-137-A, serial 9105078 con su respectivo motor, marca VANNY, modelo YOL155-2-2, y posee su mueble estructura metálica y formica, se encuentra en regular estado de conservación y se desconoce su funcionamiento mecánico o posibles daños ocultos que pueda tener la misma, valorada prudencialmente en la suma de Bs. 800.000,oo. Todo para un total de QUINCE MILLONES TRESCIENTOS VEINTISIETE MIL QUINIENTOS BOLÍVARES, (Bs. 15.327.500,oo), es todo.” En este restado el Tribunal procede a declarar Embragado Preventivamente todos los bienes muebles antes descritos y señalados por la parte actora, en consecuencia se declara su Desposesión Jurídica de conformidad con el Artículo 536 del Código de Procedimiento Civil y le hace entrega de los mismos al Depositario Judicial designado, quien los recibe conforme. Es todo. No siendo más el Tribunal concluye el acto a las 2:50 p.m. y regresa a sus labores. Termino, se leyó y conformes firman. Lo enmendado: Vale todo.

LA JUEZ PROVISORIO,

ABG. R.M.C.Q.

LA PARTE ACTORA,

ABG. D.S..

EL FUNCIONARIO POLICIAL,

O.R..

EL PERITO,

C.A.S..

EL DEPOSITARIO JUDICIAL,

J.D. ZAMBRANO C.

LA NOTIFICADA Y DEMANDADA,

N.D.C.P.V.

LA SECRETARIA,

H.S.M.

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