Decisión nº s-n de Juzgado Ejecutor de Medida del Municipio Miranda de Falcon, de 18 de Marzo de 2003

Fecha de Resolución18 de Marzo de 2003
EmisorJuzgado Ejecutor de Medida del Municipio Miranda
PonenteLexy Josefina Rodríguez
ProcedimientoCobro De Bolivares Por Intimacion

En fecha 18-03-2003, se dicta auto, Vista la diligencia y pedimento contenido, suscrita por el Abog. F.Y.P.. Se le da entrada, en consecuencia, este Tribunal provee de conformidad y acuerda el traslado y constitución en el sitio que indique la parte interesada, a los fines de practicar la Medida Ejecutiva de Embargo, fijándose el día respectivo.-

En fecha 19-03-2003, se levanta Acta de Embargo darle fiel cumplimiento al Presente Despacho de Comisión emanado del Juzgado Primero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Agrario, del Tránsito y del Trabajo del Estado Falcón, el cual se da por cumplido.-

En fecha 21-03-2003, se dicta auto, cumplida como ha sido la presente comisión se ordena la remisión de las resultas al Juzgado comitente. Se remite mediante Oficio N° 95-2003, en esta misma fecha, constante de veintiseis (26) folios útiles.-

En fecha 30-07-2003, se dicta auto, dándole entrada al Oficio S/N de fecha 22-07-2003, emanado de la Gobernación del Estado Falcón de la Dirección Regional de Personal, donde se ordena librar y remitir oficio informando sobre lo solicitado en éste, al Lic. Rosmel Tejera en su condición de Director Regional de Personal (E). En esta misma fecha se libró Oficio N° 233-2003, informando sobre lo ordenado.-

En fecha 17-02-2004, se dicta auto, donde se le da entrada al Oficio N° 381, de fecha 12-02-2004, emanado de la Gobernación del Estado Falcón, constante de cuatro (04) folios útiles, por medio del cual consigna Depósito N° 6414478, de fecha 03-02-2004 e informan a este Tribunal la consignación efectuada en la cuenta corriente de este Tribunal; en consecuencia se ordena remitir como actuaciones complementaria al Tribunal Comitente. En esta misma fecha se remite, mediante Oficio N° 059-2004.-

En fecha 01-04-2004, se dicta auto, donde se le da entrada al Oficio N° 0820-283 de fecha 25-03-2004, emanado del Juzgado Primero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Agrario, del Tránsito y del Trabajo del Estado Falcón; en consecuencia este Tribunal acuerda de conformidad y ordena la entrada de las cantidades de dinero depositadas en la Cuenta de este Tribunal al ciudadano: Abog. F.Y.P., Apoderado Judicial de la ciudadana: R.B.R.d.N., por lo que se ordena elaborar Recibo de Pago y Cheque por las cantidades retenidas y depositadas en este Tribunal por la presente causa; así mismo se ordena la remisión como actuaciones complementaria copia del Recibo de Pago, del Cheque y del auto que lo provee al Tribunal respectivo. En fecha 06-04-2004, se remite Oficio N° 108-2004 al Tribunal comitente con los recaudos acordados.-

En fecha 25-08-2.004, se dicta auto, dándole entrada a Planillas de Depósitos Nros. 6854072 y 6757273, de fecha 01-06-2.004 y 20-08-2.004, respectivamente, por medio del cual informa a este Tribunal las consignaciones efectuada en la cuenta corriente de este Tribunal, por concepto de Embargo Ejecutivo sobre bienes propiedad de la demandada de autos; el cual se ordena remitir como actuaciones complementarias al Tribunal de la causa, al que se le pone a disposición la cantidad depositada. En esta misma fecha se remitió constante de tres (03) folios útiles, mediante oficio N° 266-2.004, al Tribunal Comitente.-

En fecha 22-10-2004, se dicta auto, donde se le da entrada al Oficio N° 0820-893 de fecha 15-10-2004, emanado del Juzgado Primero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Agrario y del T.d.E.F.; en consecuencia este Tribunal acuerda de conformidad y ordena la entrada de las cantidades de dinero depositadas en la Cuenta de este Tribunal a la ciudadana: R.B.R.d.N., por lo que se ordena elaborar Recibo de Pago y Cheque por las cantidades retenidas y depositadas en este Tribunal por la presente causa; así mismo se ordena la remisión como actuaciones complementaria copia del Recibo de Pago, del Cheque y del auto que lo provee al Tribunal respectivo. En esta misma fecha se remite Oficio N° 302-2004 al Tribunal Comitente con los recaudos acordados.-

En fecha 22-10-2004, se dicta auto, donde se le da entrada al oficio N° 2341, de fecha 04/08/2.006, emanado de la Dirección de Tesorería Estadal de la Gobernación del Estado Falcón, adjunto al mencionado oficio consignan por ante este Tribunal Cheque N° 00000796, girado contra el Banco BANCORO, de fecha 03/04/2.006, por la suma de OCHO MILLONES TRESCIENTOS CUARENTA Y SIETE MIL NOVECIENTOS TREINTA Y DOS BOLÍVARES CON 38/100 CENTINTIMOS (Bs. 8.347.932,32), por concepto de Prestaciones Sociales propiedad de la ciudadana: L.E.S., con motivo de Embargo Ejecutivo. Por cuanto, este Tribunal no puede ni debe recibir cantidades de dinero por concepto de Embargo para Manejo de Fondos de Tercero, de conformidad con instrucciones impartidas por el Órgano de Control Fiscal del Tribunal Supremo de Justicia, en consecuencia, se ordena acusar recibo de oficio, remitir los recaudos anexos e informar a la Tesorería General del Estado Falcón, que este Ejecutor no debe recibir el Cheque consignado y que el mismo deberá ser nuevamente elaborado a nombre del JUZGADO PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL, AGRARIO Y DEL TRÁNSITO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO FALCÓN; asimismo, se acuerda remitir las presentes actuaciones a dicho Tribunal, una vez que el Alguacil realice su gestión y consigne el Oficio recibido por la Tesorería General del Estado Falcón. En esta misma fecha se cumple con lo ordenado en auto anterior.-

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