Decisión de Juzgado Ejecutor de Medidas de los Municipios San Fernando y Biruaca de Apure, de 8 de Junio de 2011

Fecha de Resolución 8 de Junio de 2011
EmisorJuzgado Ejecutor de Medidas de los Municipios San Fernando y Biruaca
PonenteFatima López
ProcedimientoCobro De Bolivares Por Intimacion

Comisión N° 11-2689.

En el día de hoy, Miércoles Ocho (08) de Junio del Año Dos Mil Once (2.011), siendo las 9:00 a.m., conforme a lo acordado en el auto anterior, se trasladó y constituyó el JUZGADO EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS SAN FERNANDO Y BIRUACA DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO APURE, en la Avenida Intercomunal San Fernando - Biruaca, entre callejón El Mango y calle Paraguay, Municipio San F.d.E.A., según solicitud del Apoderado judicial, con la finalidad de dar cumplimiento al Mandamiento de Ejecución conferido por el Juzgado Tercero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Transito de la Circunscripción Judicial del Estado Táchira, en el juicio de COBRO DE BOLÍVARES POR INTIMACIÓN, seguido por el Abogado en libre ejercicio Profesional ciudadano A.B.B., Venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº 5.647.282, inscrito en el Inpreabogado bajo el Nro. 152.061, en su carácter de Apoderado Judicial ciudadano Y.O.S., Venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº 9.236.112, contra el ciudadano RAMEZ AL HOSSIN NASESER, Venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº 22.882.901 y practicar la MEDIDA EJECUTIVA DE EMBARGO, decretada por el Tribunal Comitente. Presente en este acto el Apoderado Judicial abogado A.B.B., antes identificado, solicita el derecho de palabra y concedídole como le fue expone: “Señalo a los fines de la práctica de la Medida de Embargo Ejecutivo contenida en el Despacho de Comisión que cursa en autos, un inmueble constituido por un lote de terreno propiedad del accionado, constante de SIETE MIL QUINIENTOS METROS CUADRADOS (7.500 Mts²) el cual se encuentra dentro de un lote de terreno de una mayor extensión y cuyas medidas y linderos son los siguientes VEINTIDOS MIL QUINIENTOS METROS CUADRADOS (22.500 mts².), con los siguientes linderos NORTE: terrenos municipales con Ciento Cincuenta metros (150mts².), SUR: Avenida Intercomunal San F.B. con Ciento Cincuenta metros (150mts².), ESTE: terrenos que son o fueron del Sr. E.B. con Ciento Cincuenta metros (150mts².) y OESTE: terrenos que son o fueron del Dr. S.R.C.C. metros (150mts².), el lote de terreno cuyos linderos y medidas son los siguientes NORTE: Terrenos Municipales con cincuenta metros cuadrados (50 mts²), SUR: Avenida Intercomunal San Fernando – Biruaca con cincuenta metros cuadrados (50 mts²), ESTE: Sucesión de J.R. con ciento cincuenta metros cuadrados (150 mts²) y OESTE: Terrenos que son o fueron de S.R. con ciento cincuenta metros cuadrados (150 mts²), en el Municipio San F.d.E.A., inmueble propiedad de la parte demandada según se evidencia de documento protocolizado por ante la Oficina Subalterna de Registro Público del Municipio San F.d.E.A., en fecha 13-05-2.010, anotado bajo el Nº 2010-1003, Asiento Registral 1 del inmueble matriculado con el Nº 271.3.6.1.2771 y correspondiente al Libro de Folio Real del año 2010, cuyo documento en copia certificada muestro a este Tribunal y consigno en este acto copia fotostática para su certificación y ser agregado a los autos del expediente”, es todo. Se encuentra el Tribunal constituido por la Jueza Temporal Dra. F.L.C., el Secretario Temporal Abg. J.A.C., el Alguacil Titular M.A.B., la Parte Demandante Abg. A.B.B., los Auxiliares de Justicia GIPSY K.D.J., titular de la cédula de identidad número V.- 17.395.834 en su condición de Perito Avaluador y el ciudadano J.A.E.C., titular de la cédula de identidad número V.- 13.256.538, en su condición de Depositario Judicial, designados por este Tribunal, de acuerdo con lo establecido en el articulo 237 del Código de Procedimiento Civil, a quienes la Jueza Ejecutora procedió a tomarle Juramento de Ley a lo cual manifestaron: ”Aceptamos el cargo para el cual hemos sido designados y juramos cumplir cabalmente y con honor con los deberes inherentes al mismo, es todo.” Presente también una comisión policial conformada por dos (02) funcionarios para la guarda y c.d.T.. Se NOTIFICA de la misión del Tribunal, previa lectura del Despacho de Comisión al ciudadano R.L., titular de la cédula de identidad V.- 22.576.378, quien manifestó a este Despacho ser arrendatario de una parte del terreno a embargarse, específicamente del lugar donde funciona un taller mecánico denominado Taller Dismar, con entrada por la calle Barinas. Visto el señalamiento de la parte ejecutante, este Tribunal insto al Perito Avaluador para que levantase el avaluó del bien señalado. Acto seguido el Perito Avaluador antes identificado y juramentado por el Tribunal expuso: “Avalúo prudencialmente el bien señalado en la cantidad de Novecientos Setenta Mil Bolívares (970.000,oo Bs.), tomando en cuenta como referencia la superficie y ubicación indicadas en el documento y el valor establecido para la zona en el mercado inmobiliario, el estado y conservación de las paredes divisorias del mismo. Es todo”. Vistas las exposiciones anteriores, el Tribunal Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley realiza la Desposesión Jurídica del bien inmueble constituido por el lote de Terreno de SIETE MIL QUINIENTOS METROS CUADRADOS (7.500 Mts²) el cual se encuentra dentro de un lote de terreno de una mayor extensión y cuyas medidas y linderos son los siguientes VEINTIDOS MIL QUINIENTOS METROS CUADRADOS (22.500 mts².), con los siguientes linderos NORTE: terrenos municipales con Ciento Cincuenta metros (150mts².), SUR: Avenida Intercomunal San F.B. con Ciento Cincuenta metros (150mts².), ESTE: terrenos que son o fueron del Sr. E.B. con Ciento Cincuenta metros (150mts².) y OESTE: terrenos que son o fueron del Dr. S.R.C.C. metros (150mts².), el lote de terreno cuyos linderos y medidas son los siguientes NORTE: Terrenos Municipales con cincuenta metros cuadrados (50 mts²), SUR: Avenida Intercomunal San Fernando – Biruaca con cincuenta metros cuadrados (50 mts²), ESTE: Sucesión de J.R. con ciento cincuenta metros cuadrados (150 mts²) y OESTE: Terrenos que son o fueron de S.R. con ciento cincuenta metros cuadrados (150 mts²), en el Municipio San F.d.E.A., inmueble propiedad de la parte demandada según se evidencia de documento protocolizado por ante la Oficina Subalterna de Registro Público del Municipio San F.d.E.A., en fecha 13-05-2.010, anotado bajo el Nº 2010-1003, Asiento Registral 1 del inmueble matriculado con el Nº 271.3.6.1.2771 y correspondiente al Libro de Folio Real del año 2010, donde observamos la existencia de locales comerciales destinados a agencia de lotería, licorería, taller mecánico y tapicería, declarándose EMBARGADO EJECUTIVAMENTE el inmueble señalado por la parte actora, hasta cubrir la cantidad de CUATROCIENTOS CINCUENTA MIL BOLÍVARES CON 00/00 CTS. (Bs. 450.000,oo) y coloca en posesión jurídica al Depositario Judicial designado, a quien se le hace lectura de los artículos 541 y 542 del Código de Procedimiento Civil, relacionado con los derechos y deberes que como Depositario Judicial le corresponden. De conformidad con lo establecido en el artículo 535 del Código de Procedimiento Civil se ordena participar de la práctica del presente embargo al Registro Público Inmobiliario Municipio San F.d.A., librándose para tal fin el oficio Nº 11-300. El Tribunal deja expresa constancia, que la practica de la presente Medida no causo ningún tipo de tasas, aranceles o pago alguno para este Tribunal, de conformidad con lo establecido en la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela. No siendo otra la misión del Tribunal, da por terminado el acto y ordena el regreso a su sede natural siendo las 12:45 m. Es todo, terminó, se leyó y conformes firman.-

La Jueza Temporal.

Dra. F.L.C..

El Solicitante.

Abg. A.B.B..

El Notificado.

R.L..

El Perito Avaluador, El Depositario Judicial

GIPSY K. DUARTE, J.A.E.C.

C.I.V- 17.395.834 C.I. V- 13.256.538

El Jefe de la Comisión Policial,

Dgdo. A.H..

C.I.V- 13.938.693.

El Alguacil Titular.

M.Á.B..

El Secretario Temporal.

Abg. J.A.C..

Comisión N° 11-2689.

Af.-

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR