Decisión nº 1674 de Juzgado de los Municipios Junin y Rafael Urdaneta de Tachira, de 12 de Febrero de 2010

Fecha de Resolución12 de Febrero de 2010
EmisorJuzgado de los Municipios Junin y Rafael Urdaneta
PonenteAna Ramona Acuña
ProcedimientoConvenimiento

GADO DE LOS MUNICIPIOS JUNN Y RAFAEL URDANETA DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO TACHIRA. Rubio, Doce de Febrero de dos mil Diez.

199° y 150°

Vista el convenimiento celebrado por los Ciudadanos: S.S.J.D. y BELMIRA M.B., (ampliamente identificados en autos), este Tribunal acuerda de conformidad con lo convenido entre las partes donde establecieron: “… Yo J.D.S.S., venezolano, mayor de edad, C.I. 11.109.586, educador doy mi autorización a este Tribunal del municipio Junín para que cumpla la solicitud de la demandante Belmira M.B.C.I. 9.469.189, la cual solicitó la revisión de la obligación de manutención (Pensión alimentaria), aumento. A fin de que la pensión correspondiente a mis hijos: (omissis), sea aumentada a la cantidad de 600 BF. Mensuales a mi cuenta nómina del Ministerio del Poder para la Educación Cta. Nómina N° 03410200032009 mensuales, así mismo las cuotas extraordinarias de 1.200,00 BF cada una en los meses correspondientes (agosto y Diciembre), Yo, Belmira M.B. C.I. 9.469.189 acepto lo que el ciudadano S.S.J.D. ofrece, Igualmente pido que oficie al Ministerio del Poder Popular para la Educación Lara los descuentos correspondientes y las cuotas extraordinarias de 1.200 BF, correspondientes en agosto y diciembre los mismos sean depositados en la Cta. N° 700001140010569833 del Banco Banfoandes. Este Tribunal acuerda de conformidad al artículo 375 de la Ley Orgánica para la Protección del Niño y del Adolescente otorgarle su HOMOLOGACIÓN, a fin que se proceda como en sentencia pasada en autoridad de cosa juzgada, en Nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela, Administrando Justicia y por Autoridad de la Ley. CUMPLASE. Así mismo se acuerda oficiar al Ministerio del Poder Popular para la Educación Caracas. Distrito Capital, a los fines de informar el aumento de obligación, convenido. Todo en relación al Expediente N° 2833-07 en que BELMIRA M.B. demanda a J.D.S.S. en Beneficio de (omissis), Líbrese oficio.

Abg. A.R.A.

Jueza Provisoria

Abg. L.P.Z..

Secretario Temporal

En la misma fecha se cumplió lo ordenado, dejándose copia para el archivo del Tribunal y librándose oficio N° 3170-

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