Decisión nº 319 de Juzgado Segundo de los Municipios Alberto Adriani, Andrés Bello, Obispo Ramos de Lora y Caracciolo Parra Olmedo de Merida, de 8 de Febrero de 2010

Fecha de Resolución 8 de Febrero de 2010
EmisorJuzgado Segundo de los Municipios Alberto Adriani, Andrés Bello, Obispo Ramos de Lora y Caracciolo Parra Olmedo
PonenteNeddy Salas Morillo
ProcedimientoReconocimiento De Firma

JUZGADO SEGUNDO DE LOS MUNICIPIOS A.A., A.B., O.R.D. LORA Y CARACCIOLO PARRA OLMEDO DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO MERIDA. El Vigía, ocho de febrero dos mil diez.

199° y 150°

Por recibido. Désele entrada y el curso de Ley correspondiente. Fórmese expediente. Vista la anterior solicitud de reconocimiento de contenido y firma de documento privado de fecha 15-10-2006; presentado por el ciudadano J.A.B.B., titular de la cédula de identidad No. 14.249.893, domiciliado en la ciudad de El vigía, Municipio A.A.d.E.M.; asistido de la Abg. DAYAMNY DEL VALLE GRANDERSON SANCHEZ, titular de la cédula de identidad No. 14.530.986; Inpreabogado Nº 131.509; este tribunal se abstiene de darle curso, por cuanto el documento privado de fecha 15-10-2006 consignado con el escrito contentivo de la solicitud, el cual pide el solicitante reconozca su contenido y firma, no se encuentra suscrito por persona alguna. Por tal razón este tribunal acuerda la devolución de las actuaciones a la parte interesada, una vez vencido el lapso de apelación.

LA JUEZ PROVISORIO

ABG. NEDDY SALAS .MORILLO

EL SECRETARIO TEMPORAL

ABG. A.E. BRAVO R.

En esta misma fecha se le dio entrada bajo el N ° 413- 10.

El Srio. Temporal

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