Decisión nº 256 de Juzgado Segundo del Municipio Iribarren de Lara, de 19 de Julio de 2010

Fecha de Resolución19 de Julio de 2010
EmisorJuzgado Segundo del Municipio Iribarren
PonenteMartin Enrique Bonilla Alvarado
ProcedimientoDaños Y Perjuicios

De conformidad con lo establecido en el artículo 877 del Código de Procedimiento Civil, en concordancia con el artículo 243 eiusdem, y en v.d.D.O. celebrado en la presente causa, en fecha: 01-07-2010, a las 10:00 a.m., en donde una vez anunciado el mismo a las puertas del Tribunal por la Alguacil de este despacho, compareciendo los abogados: O.A.A. y C.G., inscritos en el IPSA bajo el N° 15.226 y 26.761, con el carácter de apoderados judiciales de la parte actora el primero y de la parte demandada Garante la segunda, esta ultima en Representación de la Empresa de Seguros Ávila C.A. En este estado el Tribunal, a través del Juez de este Despacho, Dr. M.E.B.A. y la Secretaria, Abg. E.G., declaran abierto el Debate Oral: Seguidamente el Tribunal deja constancia que por cuanto este Despacho Judicial no cuenta con un equipo de grabación conforme lo establece el articulo 872 del Código de Procedimiento Civil, las pruebas promovidas por las partes serán registradas en la presente acta:- A continuación y conforme a las pruebas promovidas por la parte actora, se encuentra presente las testigos: O.T., M.F. y A.P., en cuanto a los testigos J.S. y J.B., titulares de las cedulas de identidad Nros. 5.237.666 y 2.605.326, respectivamente, se deja constancia que no se encuentran presentes en el Tribunal.- Seguidamente en este acto la parte actora expone lo siguiente: En fecha 27-10-2008, en el estacionamiento del INCES Lara, ubicado en la carrera 19 entre calles 22 y 23, en esta ciudad de Barquisimeto, sucedió un accidente de transito en el cual están involucradas mi patrocinada C.E., propietaria del vehiculo N° 2, como aparece en las actuaciones de transito y la ciudadana: Arlenet G.S., como demandada y propietaria del Vehiculo marcado con el N° 1., para el momento del accidente la demandada estaba conduciendo un vehiculo marca: Volkswagen, Modelo: Fox, color: Azul. El motivo de la demanda es para que la demandada, indemnice a mi apoderada por Daños Materiales que ascienden a la suma de Cinco Mil Ochocientos veinte Bolívares Fuertes (Bs. 5.820,00) según la experticia oficial emanada de la Inspectoria de T.L., el accidente se produjo por culpa exclusiva de la conductora del Vehiculo N° 1, ella incurrió en Impericia, Negligencia e Imprudencia desatenta en el manejo y no observar las correspondientes normas en materia de transito y por tales motivos causo el accidente impactando al vehiculo de mi patrocinada chevrolet corsa, color Plata y hay que hacer la observación que el vehiculo N° 2 estaba perfectamente estacionado, es mas, la demandada se acusa y se responsabiliza directamente cuando en su escrito que permanece en este asunto, dice lo siguiente: “Aproximadamente a las 2:30 de la tarde me retiro de mi puesto de trabajo dirigiéndome al estacionamiento cuando voy a salir del puesto donde estaba estacionada inconscientemente coloque una velocidad incorrecta teniendo como consecuencia chocar el carro que estaba al frente de mi…”. Por cuanto existen testigos presénciales del accidente, que fueron promovidos oportunamente y se encuentran presentes en el Tribunal, pido se pase a oír su declaración a los fines de corroborar la demanda, la cual pido sea declarada con lugar con todos los conocimientos de Ley. Seguidamente la apoderada de la parte demanda y Representante Legal de la Empresa Seguros Ávila C.A., expone: Es cierto que el día 27-10-2009 ocurrió un accidente de transito donde se encontraban involucrados el vehiculo propiedad de la demandante y el vehiculo propiedad de la demandada antes identificados, dentro del estacionamiento INCES, el vehiculo propiedad de la demandante se encontraba estacionado al momento de ocurrir el accidente, mientras que el vehiculo propiedad de mi representada se encontraba saliendo del puesto de estacionamiento, también es cierto que la demandada: ciudadana Arlenet G.S., posee una póliza de seguro Obligatorio de Responsabilidad Civil de Vehiculo con mi Representada C.A. de SEGUROS AVILA, signada con el N° 1800-101250, la cual posee una cobertura por daños a cosas por la cantidad de Dieciocho mil trescientos quince bolívares (Bs. 18.315,00) monto hasta el cual estaría obligada a responder mi representada en caso de salir perdidoso en esta acción, niego, rechazo y contradigo que el accidente ocurra por Impericia, Negligencia e Imprudencia de la conductora del vehiculo N° 1, igualmente niego que la haya impactado por desatenta en virtud de conducir en forma imprudente, saliendo de su puesto de estacionamiento, igualmente niego, rechazo y contradigo que el vehiculo propiedad de la demandante haya sufrido los daños señalados en el libelo de la demanda; niego, rechazo y contradigo el pago de la indexación monetaria por cuanto debemos señalar de que por las especiales actividades la indexación no se puede establecer nunca en virtud de que se aseguran son riesgos futuros e inciertos y que esta da derecho al beneficiario de reclamar las indexnizacines correspondientes a la p.s.b.e. cierto el hecho inflacionario no se encuentra amparado en la póliza como se evidencia en su condicionado y así solicito sea declarado. Por ultimo solicito la prescripción de la presente acción, ya que, desde la fecha en que ocurrió el accidente 27-10-2008, hasta la fecha de la citación de mi representada transcurrió más de un año sin que conste en el expediente que en dicho lapso se haya interrumpido la prescripción, por lo tanto solicito así sea declarada. Finalmente solicito sea declarada sin lugar la presente acción. Seguidamente se procede a evacuar la declaración de la testigo: O.T.L., de la siguiente manera: PRIMERO: Diga la testigo la fecha en que ocurrió el accidente de transito que ud., presencio? RESPONDE: Eso ocurrió el día lunes 27-10-2008. SEGUNDO: Diga la testigo el lugar donde ocurrió el accidente de transito que ud., presencio? RESPONDE: Eso ocurrió en el estacionamiento del INCES ubicado en la carrera 19 con calle 23, frente a la Gobernación del Estado Lara, aquí en la ciudad de Barquisimeto. TERCERO: Diga la testigo a que hora sucedió el accidente de transito que ud., presencio? RESPONDE: Eso ocurrió aproximadamente a las 2:45 pm., CUARTO: Diga la testigo las características de los vehículos que participaron en el accidente de transito que ud., presencio? RESPONDE: Uno era un corsa color Plata, dos puertas y el Otros un Fox Volkswagen, color azul oscuro. QUINTO: Diga la testigo como ocurrió el accidente de transito que ud, presencio? RESPONDE: Resulta que el vehiculo corsa estaba completamente estacionado normal y el otro vehiculo iba a salir y ella puso una velocidad incorrecta, parece que era como nueva manejando y fue cuando le dio al vehiculo que estaba estacionado, casi atropella a una compañera de trabajo. SEXTO: Diga la testigo por que le consta lo que ha declarado? RESPONDE: Me consta porque en ese momento yo estaba en el cafetín que esta allí en el estacionamiento y oí el impacto. Seguidamente la apoderada de la parte demandada procede a repreguntar a la testigo de la siguiente manera: PRIMERO: Diga la testigo por que ella afirma que mi representada coloco una velocidad equivocada para salir de su puesto de estacionamiento si ella no se encontraba dentro del vehiculo sino en un área retirada (Cafetín) del lugar del accidente? RESPONDE: El cafetín no esta retirado, donde estaba estacionado el carro esta cerca, como a tres metros y cuando ocurrió el impacto se oyó y todos corrimos porque la compañera que iba a ser atropellada grito y eso fue lo que se comento, que metió una velocidad incorrecta. Asimismo se procede a interrogar a la segunda testigo, ciudadana: M.F., titular de la cedula de identidad N° 4.731.358, de la siguiente manera: PRIMERO: Diga la testigo la fecha en que ocurrió el accidente de transito que ud., presencio? RESPONDE: Fue un día lunes 27-10-2008 aproximadamente a las 2:45 pm. SEGUNDO: Diga la testigo el lugar donde ocurrió el accidente de transito que ud., presencio? RESPONDE: En el estacionamiento del INCES Lara, en la carrera 19 con calle 23. TERCERO: Diga la testigo las características de los vehículos que participaron en el accidente de transito que ud., presencio? RESPONDE: El que chocaron era un corsa color Plata, placa GCL42K, y el Otro es un Fox Volkswagen, placa AA852FK, color azul. CUARTO: Diga la testigo como ocurrió el accidente de transito que ud, presencio? RESPONDE: En ese momento me encontraba en el comedor, estaba el carro corsa color plata, bien estacionado cunado llego la dueña del fox, metió una velocidad que no era la correcta y choco al corsa, en ese momento iba pasando una compañera de la institución y casi la atropellan. QUINTO: Diga la testigo por que le consta lo que ha declarado? RESPONDE: Porque yo lo presencie, estaba cerca en el comedor. Seguidamente la apoderada de la parte demandada procede a repreguntar a la testigo de la siguiente manera: PRIMERO: Diga la testigo por que ella afirma que mi representada coloco una velocidad equivocada para salir de su puesto de estacionamiento si ella no se encontraba dentro del vehiculo sino en un área retirada (Comedor) del lugar del accidente? RESPONDE: Porque el vehiculo que fue chocado se encontraba estacionado en forma horizontal y el que iba a salir estaba en forma vertical, el cual tenia que salir hacia atrás y ella salio hacia delante, chocando al otro. Por ultimo se procede a interrogar a la testigo: A.P., titular de la cedula de identidad N° 7.304.774, de la siguiente manera: PRIMERO: Diga la testigo la fecha en que ocurrió el accidente de transito que ud., presencio? RESPONDE: El 27-10-2008, aproximadamente a las 2:45 pm. SEGUNDO: Diga la testigo el lugar donde ocurrió el accidente de transito que ud., presencio? RESPONDE: Eso fue en el estacionamiento del INCES Lara, ubicado en la carrera 19 con calle 23. TERCERO: Diga la testigo las características de los vehículos que participaron en el accidente de transito que ud., presencio? RESPONDE: El chocado era un corsa color Plata, y el Otro era un Volkswagen Fox, color azul oscuro. CUARTO: Diga la testigo como ocurrió el accidente de transito que ud, presencio? RESPONDE: El corsa estaba estacionado correctamente en su puesto y yo me imagino que la Dra. Puso una velocidad que no era e impacto al corsa. QUINTO: Diga la testigo por que le consta lo que ha declarado? RESPONDE: Porque en ese momento yo iba pasando por el pasillo cuando oí el golpe del carro. Siendo las 11:30 a.m. concluyó el debate oral y el Juez se retira de la audiencia por un tiempo que no será mayor de treinta minutos y mientras tanto las partes permanecieron en la sala de audiencia.- En este estado el Tribunal a los fines de dictar el fallo correspondiente en la presente causa procede a hacerlo en los siguientes términos: En este sentido observa este Juzgador que en el presente Debate Oral la parte actora expuso que en fecha 27-10-2008, en el Estacionamiento del INCES Lara, ubicado en la carrera 19 entre calles 22 y 23, de esta ciudad, sucedió un Accidente de Transito en el cual están involucradas su patrocinada, ciudadana: C.E.V., sifucientemente identificada en los autos y propietaria del vehiculo N° 2, identificado por las Autoridades de T.T. en su acta de informes., y la ciudadana: Arlenet G.S., demandada y propietaria del Vehiculo marcado con el N° 1, y que para el momento del accidente, estaba conduciendo un vehiculo marca: Volkswagen, Modelo: Fox, color: Azul, suficientemente identificados en las actas que integran el presente expediente, asimismo afirmo la parte actora que la ciudadana: Arlenet G.S., antes identificada, incurrió al momento del accidente en Impericia, Negligencia e Imprudencia, desatenta en el manejo e impactando al vehiculo de su patrocinada, marca: chevrolet, modelo: corsa, color: Plata, placas: GCL42K, cuyos demás datos rielan en las actas procesales. Alegó, que la demandada, antes identificada se acusó y se responsabilizó directamente, en virtud de que en su escrito que permanece en este asunto, dice lo siguiente: “Aproximadamente a las 2:30 de la tarde me retiro de mi puesto de trabajo dirigiéndome al estacionamiento cuando voy a salir del puesto donde estaba estacionada inconscientemente coloque una velocidad incorrecta teniendo como consecuencia chocar el carro que estaba al frente de mi…”.- Asimismo, alego que por cuanto existen testigos presénciales del accidente, que fueron promovidos oportunamente y se encuentran presentes en el Tribunal, pidió se pase a oír sus declaraciones a los fines de que corroboren lo explanado en la demanda, por ultimo solicitó a este Juzgador que la presente demanda sea declarada con lugar con todos los conocimientos de Ley. Seguidamente la Apoderada de la parte demandada y Representante Legal de la Empresa C.A. de Seguros Ávila, , quien afirmo que es cierto que el día 27-10-2008 ocurrió un accidente de transito donde se encontraban involucrados el vehiculo propiedad de la demandante y el vehiculo propiedad de la demandada antes identificados, dentro del estacionamiento INCES, que el vehiculo propiedad de la demandante se encontraba estacionado al momento de ocurrir el mismo, mientras que el vehiculo propiedad de su representada se encontraba saliendo del puesto de estacionamiento, de igual modo alegó que la demandada: ciudadana Arlenet G.S., posee una póliza de seguro Obligatorio de Responsabilidad Civil de Vehiculo con su Representada C.A. de SEGUROS AVILA, signada con el N° 1800-101250, la cual posee una cobertura por daños a cosas por la cantidad de Dieciocho mil trescientos quince bolívares (Bs. 18.315,00) monto por el cual podría responder en caso de salir perdidoso en esta acción. Asimismo, negó, rechazó y contradijo que el accidente ocurrió por Impericia, Negligencia e Imprudencia de la conductora del vehiculo N° 1, y que esta lo haya impactado por conducir en forma imprudente, igualmente negó, rechazó y contradijo que el vehiculo propiedad de la demandante haya sufrido los daños señalados en el libelo de la demanda; así como también el pago de la indexación monetaria. Por ultimo solicitó la prescripción de la presente acción, observando este Juzgador que en las actas que rielan al presente expediente se evidencia que la l demandada, antes identificada fue debidamente citada por el Alguacil de este Despacho en fecha 15-10-2009, por lo tanto es improcedente la Prescripción Alegada de conformidad con el Articulo 62 de la Ley de T.T.. Por ultimo solicito la Apoderada de la parte demandada que sea declarada sin lugar la presente acción. En este sentido, riela a los folios 09 al 15, copia certificada de las actuaciones de t.t., las cuales son apreciadas por este Tribunal de conformidad con el artículo 1357 del Código Civil, en donde el Tribunal observó conforme al croquis del accidente que el vehiculo N° 1 impactó al vehiculo N° 2, el cual se encontraba estacionado, y que conforme al acta del avaluó se constató que sufrió daños en la zona lateral izquierda, guardafango delantero deformado y rayado, entre otros, tal como se evidencia en autos.- En este sentido y conforme a las pruebas promovidas por la parte actora, las cuales fueron debidamente evacuadas en el presente Debate Oral, quedó demostrado con las actuaciones administrativas de las autoridades de transito que cursan de los folios 09 al 15 y a los folios 64 al 77 de autos, los alegatos de la parte actora en su libelo de demanda, y la evacuación de los testigos, que habiendo expuesto sus testimonios corroboran a este sentenciador todos los hechos y las circunstancias como se han explanados en la presente controversia, por tanto este Tribunal los considera contestes y

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR