Decisión nº 16130 de Juzgado Quinto Ejecutor de Medidas de los Municipios Maracaibo, Jesús Enrique Lossada, San Francisco, Mara, Almirante Padilla y Páez de Zulia, de 18 de Diciembre de 2009
Fecha de Resolución | 18 de Diciembre de 2009 |
Emisor | Juzgado Quinto Ejecutor de Medidas de los Municipios Maracaibo, Jesús Enrique Lossada, San Francisco, Mara, Almirante Padilla y Páez |
Ponente | Guillermo Infante |
Procedimiento | Obligacion De Manutencion |
En horas de despacho del día hoy VIERNES 18 DE DICIEMBRE DE 2009, siendo LAS 2:00 P.M., fecha y hora fijada por el Juzgado Quinto Ejecutor de Medidas de los Municipios Maracaibo, J.E.L., San Francisco, Mara, Almirante Padilla y Páez de la Circunscripción Judicial del Estado Zulia, para darle cumplimiento a la comisión N° 4366-09 conferida por el Tribunal de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del Estado Zulia. Sala de Juicio-Juez Unipersonal N° 04, relacionada con el Juicio que por OBLIGACION DE MANUTENCION sigue C.E.B.P. contra N.A.C.P., titular de la Cédula de Identidad Número V-7.602.134 y donde este Tribunal ha sido comisionado para practicar medida de EMBARGO EJECUTIVO decretado por el tribunal de la causa. Seguidamente y una vez presente el tribunal en la sede de la Empresa CARBONES DEL GUASARE, se procedió a notificar a CHARLOT TREMONT, titular de la Cédula de Identidad Número V-20.059.996, con el carácter de APRENDIZ INCE y quién una vez impuesto de la medida de embargo recaída en contra de N.A.C.P., como Trabajador al servicio de Esa Empresa, expuso: “Me doy por notificado pero con las reservas siguientes: PRIMERO: determinar si el Ciudadano N.A.C.P., parte demandada es Trabajador al servicio de CARBONES DEL GUASARE.- SEGUNDO: Si existe otra medida practicada con relación a la presente.- TERCERO: determinar sobre alguna acreencia a favor de CARBONES DEL GUASARE.- CUARTO: Si le han sido adelantadas Prestaciones Sociales o emolumento alguno y QUINTO: cualquier otra circunstancia que derive en relación a lo antes expuesto. Seguidamente este JUZGADO QUINTO EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS MARACAIBO, J.E.L., SAN FRANCISCO, MARA, ALMIRANTE PADILLA Y PAEZ DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA, ACTUANDO EN NOMBRE DE LA REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY, DECLARA MEDIDA DE EMBARGO EJECUTIVAMENTE: A) EL TREINTA POR CIENTO (30%) del Sueldo que devenga el demandado N.A.C.P., como TRABAJADOR al servicio de CARBONES DEL GUASARE.- B) EL TREINTA POR CIENTO (30%) de Bono de transferencia, horas extras, antigüedad, firma de contrato colectivo, retroactivos, bonos nocturnos, compensación segundo turno rotativo y día de descanso.- C) EL TREINTA POR CIENTO (30%) De Aguinaldos o Bonificación Especial de fin de año, bono vacacional y vacaciones.- D) EL CIEN POR CIENTO (100%) de Primas por hijos y Utiles escolares.- E) EL CINCUENTA POR CIENTO (50%) de Prestaciones Sociales, Caja de Ahorros, Fideicomiso y cualquier otra cantidad que le pueda corresponder al demandado en caso de despido retiro voluntario o cualquier otra causa que de por terminada su relación laboral. Y ASI SE CONFIRMA. Este Tribunal deja constancia que las cantidades a retener en los conceptos establecidos en los literales “A”, “B”, “C” y “D” deberán ser entregados directamente a la reclamante de autos, Ciudadana C.E.B.P., C.I. N° V-6.885.354 o remitirlas al TRIBUNAL DE PROTECCIÓN DE NIÑOS, NIÑAS Y ADOLESCENTES DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA. SALA DE JUICIO-JUEZ UNIPERSONAL N° 04, EXP. N° 16130 y las retenidas en el literal “E”, en Cheque de gerencia a nombre del mismo tribunal. Terminó, se leyó y conformes firman.-
EL JUEZ:
ABOG. GUILLERMO INFANTE EL NOTIFICADO :
LA SECRETARIA :