Decisión nº 1386 de Juzgado del Municipio San Fernando de Apure de Apure, de 28 de Noviembre de 2011

Fecha de Resolución28 de Noviembre de 2011
EmisorJuzgado del Municipio San Fernando de Apure
PonenteEumely Sanchez
ProcedimientoTitulo Supletorio

REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

EN SU NOMBRE

JUZGADO DEL MUNICIPIO SAN FERNANDO

DEL ESTADO APURE.-

San F.d.A., 28 de Noviembre de 2011

201° y 152°

Vista la Solicitud presentada por el Ciudadano: DALBIS M.B.L., venezolano, Mayor de edad, de este domicilio, titular de la Cédula de Identidad N°. V- 12.900.287, signada con el N°. 2.011- 598, quien ha solicitado se le sean declaradas suficientes las probanzas evacuadas para asegurarse la propiedad y otros derechos sobre las bienhechurías que describe en su solicitud, y vistas y oídas como fueron las mismas y las declaraciones de los testigos que se ordenó evacuar, y encontradas conforme, Este Tribunal de conformidad con lo dispuesto en el Artículo 937 del Código de Procedimiento Civil y sin perjuicio de terceros de igual o mejor derecho, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela, y por autoridad de la Ley, DECLARA TITULO SUPLETORIO DE PROPIEDAD y POSESIÓN, suficiente sobre las bienhechurías existentes en un lote de terreno propiedad Privada, Registrado por ante el Registro Publico del Municipio San Fernando, Estado Apure, Bajo el N° 2011.1566, Asiento Registral 1 del Inmueble Matriculado con el N° 271.3.6.1.4953 y correspondiente al libro de Folio Real del año 2.011, de fecha trece (13) de Octubre de 2.011. y que el mismo fue presentado para efectum videndi y que acredita la propiedad del lote de terreno constante de TRESCIENTOS CINCUENTA y OCHO METROS con QUINCE METROS CENTIMETROS (358,15 M2)dentro de los siguientes linderos y medidas: NORTE: Parcela Ocupada por la Familia Blanco; en VEINTICUATRO METROS con SETENTA CENTIMETROS (24,70 MTS), SUR: Parcela Ocupada por la Familia Loreto; en VEINTICUATRO METROS con SETENTA CENTIMETROS (24,70 MTS), ESTE: Parcela Ocupada por la familia Palmero; en CATORCE METROS con CINCUENTA CENTIMETROS (14,50 MTS), y OESTE: Calle Mucurita; en CATORCE METROS con CINCUENTA CENTIMETROS (14,50 MTS) ubicado en el Barrio “9 de Diciembre”, ha construido una casa de habitación familiar, constante de las siguientes Características: cuatro (04) habitaciones, una sala de recibo, un comedor, una cocina, dos (2) baños, un lavandero y una cerca perimetral construida totalmente en bloques de cemento. En el cual ha invertido la cantidad de CIENTO CINCUENTA MIL BOLIVARES (Bs: 150.000,00) -Bienhechurías estas que se determinan en la Solicitud y mediante Justificativo de Testigos evacuados ante este Tribunal, dichas bienhechurías se encuentran, fomentadas a las únicas y propias expensas del Ciudadano: DALBIS M.B.L., plenamente identificada. Se ordena devolver estas resultas a la solicitante.-

La Jueza,

Abog. EUMELY J. S.M..

La Secretaria Temp.

ANANGELICA TAPIA.

En esta misma fecha se devuelven las presentes actuaciones a la interesada, constante de ( ) folios útiles y, quedó anotada en el punto N°. , al folio del Libro Diario.

La Secretaria Temp.

ANANGELICA TAPIA

EJSM/at/Yuling

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