Decisión de Juzgado Tercero Ejecutor de Medidas de los Municipios Iribarren, Crespo y Urdaneta de Lara, de 14 de Octubre de 2008

Fecha de Resolución14 de Octubre de 2008
EmisorJuzgado Tercero Ejecutor de Medidas de los Municipios Iribarren, Crespo y Urdaneta
PonenteRosa Elena Giménez Ruiz
ProcedimientoCobro De Bolívares Por Intimación

A las 10:35 am, se constituyó este Juzgado en el Kilometro 7, vía Pavia, sede del estacionamiento El Corralon, C.A., Estado Lara, acompañados de la abogada M.V., Inpre 119.568, en su carácter de actora, L.B., representante de la Depositaria Judicial Comproven 2000 C.A., W.V., designados y juramentados Depositario y Perito, respectivamente. Impuesta del acto F.B., C.I 13.921.094. La actora señaló para su embargo dos vehiculos descritos en acta y avaluados por el perito en Bs. 110.000. El Tribunal declaro el embargo preventivo de los bienes mencionados, los desposesionó jurídicamente del patrimonio del demandado y los coloca en posesión de la depositaria judicial designada. El depositario pidio un plazo de 24 horas para el traslado de los bienes. La actora se reservó el derecho a seguir embargando y solicito de devolución de la comisión. Se ordenó la devolución de la comisión al comitente conforme lo solicitado. A las 12:20 terminó el acto.-

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