Decisión de Juzgado Ejecutor de Medidas de los Municipios San Fernando y Biruaca de Apure, de 16 de Julio de 2013

Fecha de Resolución16 de Julio de 2013
EmisorJuzgado Ejecutor de Medidas de los Municipios San Fernando y Biruaca
PonenteFrancisco Padrón
ProcedimientoNotificación Judicial

En el día de hoy, martes dieciséis (16) de julio del año dos mil trece (2013), siendo las 9:00 a.m., conforme a lo acordado en el auto anterior, se trasladó y constituyo el JUZGADO EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS SAN FERNANDO Y BIRUACA DE LA CIRCUNSCRIPCIÒN JUDICIAL DEL ESTADO APURE, constituido por el juez temporal el abog. F.J. PADRÒN, la secretaria titular abg. M.M.A. T, y el Alguacil Temporal Y.D.N.M.I., en un inmueble, consistente en un Local Comercial, ubicado en la Avenida Intercomunal San Fernando-Biruaca, frente al parque de ferias, donde funciona la “CONFITERIA EL LORO C.A.”, Municipio San F.E.A. a los fines de dar cumplimiento a la Comisión conferida por JUZGADO DEl MUNICIPIO SAN FERNANDO DE LA CIRCUNSCRIPCIÒN JUDICIAL DEL ESTADO APURE, librada en la NOTIFICACION JUDICIAL, solicitada por la ciudadana E.J.T., venezolana, mayor de edad, titular de la cedula de identidad Nº 6.936.030, Abogado en ejercicio, inscrita en el Inpreabogado, Nº 185431, actuando en su propio nombre, quien se encuentra presente. Se NOTIFICA de la misión del tribunal, al ciudadano Abogado en ejercicio ARNOLDO JOSÈ ROJAS ROJAS, venezolano, mayor de edad, titula de la cedula de identidad Nº V- 15.145.456, inscrito en el Inpreabogado bajo el Nº 99748, en su carácter de apoderado judicial del ciudadano C.A.F.V., Presidente y Representante Legal de la Firma Mercantil “CONFITERIA EL LORO C.A.”, Mediante Poder Especial de Representación otorgado a referido Abogado, Notariado por ante la Notaria Publica de San F.d.A., quedando inscrito bajo el Nº 38, tomo 109, de los Libros de Autenticaciones llevados por esa Notaria., en fecha 12 de julio de 2.013, mostrando su original a efectos videndi, consignando una copia simple del referido Poder, constante de cuatro (04) folios útiles para que sea agregada a los autos, Local Comercial donde se encuentra constituido este Tribunal. Compareció a prestar apoyo una Comisión Policial conformada por dos (02) funcionarios de la policía estadal. Se procede a NOTIFICAR JUDICIALMENTE al ciudadano Abogado en ejercicio ARNOLDO JOSÈ ROJAS ROJAS, ya identificado, en su carácter de Apoderado Judicial del ciudadano C.A.F.V., en este acto del contenido suscrito en el escrito de solicitud que corre inserto a los folios tres (03), vuelto y cuatro (04) de la presente comisión, en la cual la Propietaria participa lo siguiente: PRIMERO: Que es propietaria de un inmueble del cual el viene ocupando por un lapso de siete (07) años continuos sin ningún tipo de interrupción. SEGUNDO: Que quede informado de la “prorroga legal”, tipificada en el articulo 38, literal C, del Decreto con Rango y Fuerza de Ley de Arrendamiento Inmobiliarios, que textualmente dice: “Cuando la relación arrendaticia haya tenido una duración de cinco (05) años o mas pero menor de diez (10) años, se prorrogara por un lapso máximo de dos (02) años.” Asi mismo, se le informa que el segundo aparte del mismo artículo dice: “durante el lapso de la prorroga legal, la relación arrendaticia se considerara a tiempo determinado, y permanecerá vigentes las mismas condiciones y estipulaciones convenidas por las partes en el contrato original, salvo las variaciones del canon de arrendamiento que se han consecuencia de un procedimiento de regulación, o de un convenio entre las partes, si el inmueble estuviere exento de regulación” y que a partir del primero (1º) de junio del corriente año comenzó a gozar de dicho prorroga, oportunidad la cual se procederá a computar el lapso de prorroga legal. El Tribunal acuerda agregar copia simple del Poder Especial, constante de cuatro (04) folios útiles y concluida su misión da por terminado el acto y ordena regreso a su sede natural siendo las 10:00 a.m. es todo, terminó, se leyó y conformes firman.

El Juez Temporal.

Abg. F.J. PADRÒN.

El Notificado.

Abg. ARNOLDO JOSÈ ROJAS ROJAS.

El Jefe de la Comisión Policial.

Agente Agregado A.H..

C.I. V- 13.938.693.

El Alguacil Temporal.

Y.M.I.D.N..

La Secretaria Titular.

Abg. M.M.A. T.

Comisión Nº 13-58.

Rc.-

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