Decisión de Juzgado Decimo Octavo de Municipio de Caracas, de 21 de Enero de 2010

Fecha de Resolución21 de Enero de 2010
EmisorJuzgado Decimo Octavo de Municipio
PonenteLorelis Sanchez
ProcedimientoUnicos Y Universales Herederos

REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

EN SU NOMBRE:

EL JUZGADO DECIMOCTAVO DE MUNICIPIO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ÁREA METROPOLITANA DE CARACAS

Años: 199º y 150º.

No Exp. AP31-S-2010-000193

SOLICITANTE (S): Ciudadana E.M.D.H., venezolana, titular de la cédula de identidad Nº 3.236.112, actuando en su propio nombre y en carácter de Apoderada Judicial de los ciudadanos M.J.M., E.J.M., J.A.M., E.R.M. y L.R.M., según Poder autenticado por ante la Notaría Pública Décima Cuarta del Municipio Libertador del Distrito Capital, en fecha 06/10/2009, bajo el Nº 29, Tomo 59, venezolanos y titulares de las cédulas de identidad Nros V- 956.425, V-2.974.511, V- 3.803.369, V- 4.422.212 y V- 3.414.821, respectivamente, debidamente asistida para ese acto por las Abogadas EHIRA M.R.C. y A.M. HEVIA ALVIAREZ, I.P.S.A. Nros 64.279 y 40.381, respectivamente.

MOTIVO: DECLARACION DE UNICOS Y UNIVERSALES HEREDEROS

I

Acude a esta Instancia la ciudadana E.M.D.H., venezolana, titular de la cédula de identidad Nº 3.236.112, actuando en su propio nombre y en carácter de Apoderada Judicial de los ciudadanos M.J.M., E.J.M., J.A.M., E.R.M. y L.R.M. (antes identificados), debidamente asistida para ese acto por las Abogadas EHIRA M.R.C. y A.M. HEVIA ALVIAREZ, I.P.S.A. Nros 64.279 y 40.381, respectivamente, correspondiéndole el conocimiento de la presente solicitud de Declaración de Únicos y Universales Herederos a este Juzgado Decimoctavo de Municipio, previo sorteo a través de la UNIDAD DE RECEPCION Y DISTRIBUCION DE DOCUMENTOS DE ESTE CIRCUITO JUDICIAL, con sede en Los Cortijos.

Como fundamentos de su solicitud, solicita la peticionante, que este Juzgado se sirva interrogar a los testigos que oportunamente presentará, para que se le interrogue sobre los particulares contenidos en su escrito de solicitud de Únicos y Universales Herederos.

Asimismo, solicita a este Juzgado que la presente solicitud sea admitida y sustanciada conforme a derecho, declarando la condición de Únicos y Universales Herederos de M.T.M., a los ciudadanos M.J.M., E.J.M., J.A.M., E.R.M., L.R.M. y E.V.M.D.H..

Ahora bien, junto al escrito de Solicitud de Únicos y Universales Herederos la peticionante acompañó al mismo los siguientes instrumentos:

• Original de Instrumento Poder autenticado por ante la Notaría Pública Décima Cuarta del Municipio Libertador del Distrito Capital, en fecha 06/10/2009, bajo el Nº 29, Tomo 59, folio 06.

• Copia Simple del Acta de Defunción Nº 189, a nombre de MARCANO M.T., suscrita por ante la Oficina Subalterna de Registro Civil de la Parroquia 23 de Enero, Alcaldía del Municipio Bolivariano Libertador, de fecha 16/09/2009, folio 07.

• Copia Certificada del Acta de Nacimiento Nº 70, Año 1948, a nombre de M.T., emanada de la Dirección de Registro Civil Municipal, Casanay del Estado Sucre, adscrita a la Alcaldía Bolivariana del Municipio A.E.B., de fecha 26-08-1.948, (folio 08).

• Copia Certificada del Acta de Nacimiento Nº 291, Año 1958, a nombre de E.V., emanada de la Dirección de Registro Civil Municipal, Casanay del Estado Sucre, adscrita a la Alcaldía Bolivariana del Municipio A.E.B., de fecha 17-12-1.958, (folio 09).

• Copia Certificada del Acta de Nacimiento Nº 10, Año 1950, a nombre de L.R., emanada de la Prefectura Civil del Municipio A.E.B.d.E.S., de fecha 01-03-1.950, (folio 10).

• Copia Certificada del Acta de Nacimiento Nº 152, Año 1958, a nombre de E.J., emanada de la Dirección de Registro Civil Municipal, Casanay del Estado Sucre, adscrita a la Alcaldía Bolivariana del Municipio A.E.B., de fecha 04-08-1.958, (folio 11).

• Copia Certificada del Acta de Nacimiento Nº 501, Año 1961, a nombre de E.R., emanada de la Dirección de Registro Civil Municipal, Casanay del Estado Sucre, adscrita a la Alcaldía Bolivariana del Municipio A.E.B., de fecha 02-06-1.961, (folio 12).

• Copia Certificada del Acta de Nacimiento Nº 500, Año 1961, a nombre de J.A., emanada de la Dirección de Registro Civil Municipal, Casanay del Estado Sucre, adscrita a la Alcaldía Bolivariana del Municipio A.E.B., de fecha 02-06-1.961, (folio 13).

• C.d.D.F. a nombre de M.J.M., emanado de la Dirección de Dactiloscopia y Archivo Central, Departamento de Datos Filiatorios adscrito al Servicio Autónomo de Identificación, Migración y Extranjería, (folio 14)

Ahora bien, visto el contenido del escrito de Solicitud presentada por la ciudadana E.M.D.H., venezolana, titular de la cédula de identidad Nº 3.236.112, actuando en su propio nombre y en carácter de Apoderada Judicial de los ciudadanos M.J.M., E.J.M., J.A.M., E.R.M. y L.R.M. (antes identificados), debidamente asistida para ese acto por las Abogadas EHIRA M.R.C. y A.M. HEVIA ALVIAREZ, I.P.S.A. Nros 64.279 y 40.381, respectivamente, y el pedimento contenido en la misma y revisados uno a uno los recaudos presentados junto a este escrito de solicitud, mediante la cual se pretende que le sea declarada la condición de de Únicos y Universales Herederos de quien en vida respondiera al nombre de M.T.M., sin embargo, se extrae del escrito de solicitud que: “…la ciudadana M.T.M., de estado civil soltera, quien no procreo hijos, deja seis (6) hermanos mayores de edad que responden al nombre de: M.J.M., E.J.M., J.A.M., E.R.M., L.R.M. y E.M.D.H.…”, folio 02, así mismo, se extrae del escrito de solicitud, particular TERCERO que: “…MAGALIS T.M., hija de M.A.M. (difunta)…”, folios 03, se extrae del Acta de Defunción Nº 189, que: “…era Soltera, hija de M.A.M. (difunta)…”, folio 07, se extrae del Acta de Nacimiento Nº 70, que: “…María A.M.,…que el día: Veintiséis de Febrero del Corriente Año nació en esta población su hija ilegítima: M.T.,…”, folio 08, se extrae del Acta de Nacimiento Nº 10, que: “…la ciudadana: E.M.,…naciò el niño cuya presentación hace, lleva por nombre: L.R., y es su hijo ilegìtimo…”, folio 10, se extrae del Acta de Nacimiento Nº 501, que: “…la ciudadana: M.M.,…que por nombre: E.R., que es su hijo ilegìtimo…”, folio 12, se extrae del Acta de Nacimiento Nº 500, que: “…la ciudadana: Marìa Marcano,…que tiene por nombre: J.A., que es su hijo ilegìtimo…”, así mismo, se hace constar que la presente Acta de Nacimiento Nº 500, no lleva el correspondiente sello del Registro Civil del Municipio A.E.B., folio 13, así mismo, no consta en autos documento alguno sobre vinculo familiar existente entre el ciudadano M.J.M. y la extinta M.T.M., sino solo corre inserto al folio 14, C.d.D.F. a nombre de M.J.M., emanado de la Dirección de Dactiloscopia y Archivo Central, Departamento de Datos Filiatorios adscrito al Servicio Autónomo de Identificación, Migración y Extranjería, en consecuencia, vistas las disimilitudes existentes entre el escrito de solicitud y sus recaudos anexos, motivos estos que le impiden a este Jurisdicente, dadas las consideraciones aquí expuestas admitir la presente solicitud de UNICOS UNIVERSALES HEREDEROS, y así se decide.

Dada, firmada y sellada en Caracas, a los (21) días del mes de Enero de dos mil diez (2010). Años: 199º y 150º

LA JUEZ TITULAR

DRA. L.S.

EL SECRETARIO TITULAR.

Abg. E.J.G.

En esta fecha, siendo las 11:50 a.m., se registró y publicó la anterior decisión

EL SECRETARIO TITULAR.

Abg. E.J.G.

AP31-S-2010-000193

LS/Ejg/br

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