Decisión de Juzgado Primero de los Municipios San Felipe, Cocorote, Independencia y Veroes de Yaracuy, de 8 de Febrero de 2012

Fecha de Resolución 8 de Febrero de 2012
EmisorJuzgado Primero de los Municipios San Felipe, Cocorote, Independencia y Veroes
PonenteCesar Augusto Rodríguez Acosta
ProcedimientoJustificativo De Vehículo

EN SU NOMBRE EL

JUZGADO PRIMERO DE LOS MUNICIPIOS SAN FELIPE, COCOROTE, INDEPENDENCIA Y VEROES DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO YARACUY.

San Felipe, ocho (8) de Febrero de dos mil doce (2012).

Años 201° y 152°

Vista la solicitud de Justificativo Judicial de Vehiculo, que encabezan las presentes actuaciones, así como las declaraciones de los testigos presentados por la parte interesada, ciudadanos: F.E.C.M. y C.A.A., titulares de la cedula de identidad números V-14.377.597 y V-15.484.302, respectivamente, y de este domicilio; sin perjuicio de tercero de iguales o mejores derechos, este Juzgado Primero de los Municipios San Felipe, Cocorote, Independencia y Veroes de la Circunscripción Judicial del Estado Yaracuy actuando en nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, conforme lo previsto en el Articulo 94 del reglamento de la Ley de T.T., declara las actuaciones como JUSTIFICATIVO JUDICIAL DE VEHICULO; a favor del ciudadano: E.A.V.A., venezolano, mayor de edad, soltero, titular de la cedula de identidad numero V-14.998.014 y de este domicilio. En consecuencia devuélvanse los originales con sus resultas a la parte interesada y déjese copia certificada en el archivo del Tribunal.

EL JUEZ,

ABG. C.A.R.A.,

LA SECRETARIA,

ABG. C.G..

En la misma fecha se cumple con lo ordenado y se devuelve al solicitante, solicitud N° 303-11, constante de veinticinco (25) folios útiles.

LA SECRETARIA,

ABG. C.G..

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