Decisión nº S-N de Juzgado Primero Ejecutor de Medidas de los Municipios Maracaibo, Jesús Enrique Lossada, San Francisco, Mara, Almirante Padilla y Páez de Zulia, de 25 de Abril de 2014

Fecha de Resolución25 de Abril de 2014
EmisorJuzgado Primero Ejecutor de Medidas de los Municipios Maracaibo, Jesús Enrique Lossada, San Francisco, Mara, Almirante Padilla y Páez
PonenteMartha Elena Quivera
ProcedimientoObligación De Manutención

REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

Juzgado Primero Ejecutor de Medidas de los Municipios

Maracaibo, J.E.L., San Francisco, Mara, Páez y Almirante Padilla

Circunscripción Judicial del Estado Zulia

COMISION No. 5.859.-

En el día de hoy, 25 de Abril del año dos mil catorce, siendo las 11:35 AM de conformidad con lo acordado, se trasladó y constituyó este JUZGADO PRIMERO EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS MARACAIBO, J.E.L., SAN FRANCISCO, MARA, ALMIRANTE PADILLA Y PÁEZ DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA, en la sede de la Policía Nacional Bolivariana, ubicada en el Municipio San F.d.E.Z., a objeto de llevar a efecto la medida preventiva de Embargo decretada por el TRIBUNAL DE PROTECCION DE NIÑOS, NIÑAS Y ADOLESCENTES DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA. SALA DE JUICIO – JUEZ UNIPERSONAL No. 01. EXP: No. 26123. Con motivo del Juicio de OBLIGACIÓN DE MANUTENCIÓN sigue la ciudadana A.F.A.C., portadora de la Cédula de Identidad No. V- 18.874.446, actuando en el interés y beneficio del XXXXXXXXXXXXXXen contra del ciudadano M.E.G.P., portador de la Cédula de Identidad No. V- 19.837.226.- En este estado presente el ciudadano (a): THAELIS BARRIOS TERAN, titular de la Cédula de Identidad No. V- 19.838.788, quién se identifico con el carácter de OFICIAL ASISTENTE DEL DIRECTOR. El Tribunal le notificó que el Juzgado de la causa decretó Medida Preventiva de Embargo sobre: A) EL VEINTE POR CIENTO (20%) del sueldo que percibe el ciudadano M.E.G.P., como Oficial de la Policía Nacional Bolivariana.- B) EL VEINTE POR CIENTO (20%) de los Aguinaldos o cualquier otra bonificación especial de fin de año.- C) EL CIEN POR CIENTO (100%) de las Primas por hijos o cualquier cantidad de dinero que pueda percibir el mencionado ciudadano, para su hijo.- D) EL VEINTE POR CIENTO (20%) sobre las Prestaciones Sociales, Fideicomiso, Caja de Ahorro que le puedan corresponder al obligado de autos en caso de retiro voluntario, despido o cualquier situación que de por terminada la relación laboral y sobre cualquier otra cantidad de dinero que pueda percibir el ciudadano antes nombrado. ESTE TRIBUNAL PRIMERO EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS MARACAIBO, J.E.L., SAN FRANCISCO, MARA, ALMIRANTE PADILLA Y PAEZ DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA, EN NOMBRE DE LA REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY DECLARA EMBARGADO PREVENTIVAMENTE las siguientes cantidades: A) EL VEINTE POR CIENTO (20%) del sueldo que percibe el ciudadano M.E.G.P., como Oficial de la Policía Nacional Bolivariana.- B) EL VEINTE POR CIENTO (20%) de los Aguinaldos o cualquier otra bonificación especial de fin de año.- C) EL CIEN POR CIENTO (100%) de las Primas por hijos o cualquier cantidad de dinero que pueda percibir el mencionado ciudadano, para su hijo.- D) EL VEINTE POR CIENTO (20%) sobre las Prestaciones Sociales, Fideicomiso, Caja de Ahorro que le puedan corresponder al obligado de autos en caso de retiro voluntario, despido o cualquier situación que de por terminada la relación laboral y sobre cualquier otra cantidad de dinero que pueda percibir el ciudadano antes nombrado. Las cantidades a retener establecidas en los literales “A, B y C” deberán ser entregadas a la demandante de autos a la ciudadana A.F.A.C., titular de la Cédula de Identidad No. 18.874.446, y la cantidad contenida en el literal “D” deberá ser remitida en Cheque de Gerencia a nombre del TRIBUNAL DE PROTECCION DE NIÑOS, NIÑA, Y ADOLESCENTE DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA. SALA DE JUICIO – JUEZ UNIPERSONAL NO. 01. EXP. No. 26123.- Solo se reciben Cheques MARTES Y JUEVES.- Asimismo se le ordena informar al Tribunal de la causa sobre el sueldo básico, bono vacacional, primas por hijos o cualquier otro beneficio que perciba mensual o anualmente el reclamado de autos, e indicar de manera detallada las deducciones que recaen sobre los sueldos del referido demandado.- En este estado el (la) notificado (a), anteriormente identificada con el carácter antes indicado, expuso: En nombre de mí representada, me doy por notificado (a) de la presente Medida, a reserva de verificar si el ciudadano demandado, antes identificado presta o prestó servicios para la Institución que represento, a los fines de dar perfecto cumplimiento a la medida decretada por el Juzgado de la causa de las cuales doy a mi representada por notificada. Este Tribunal Ejecutor deja expresa constancia de que no ha recibido pago ni dadiva alguna en el cumplimiento de sus funciones, de conformidad con lo establecido los artículos 26, 254 de la Constitución de la Republica Bolivariana de Venezuela y el Artículo 9° de la Ley Orgánica de Protección del Niños, Niñas y Adolescente, y, así lo hacen constar las partes intervinientes.- Se ordena expedir copia de la presente Acta y su entrega a la persona notificada. Es todo, terminó, se leyó y conformes firman, siendo las 12:25 PM.

LA JUEZ

DRA. MARTHA ELENA QUIVERA

EL NOTIFICADO (A) EL SECRETARIO:

ABOG. ANIBAL A. PERNIA P.-

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