Decisión nº 105 de Juzgado del Municipio Nirgua de Yaracuy, de 31 de Enero de 2006

Fecha de Resolución31 de Enero de 2006
EmisorJuzgado del Municipio Nirgua
PonenteIvan Palencia
ProcedimientoReconocimiento De Contenido Y Firma

GADO DEL MUNICIPIO NIRGUA DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO YARACUY.-

Nirgua, Treinta y uno de Enero del año Dos Mil Seis.-

195° y 146°

Vista la diligencia que riela al folio 6 del presente expediente, donde el demandado ciudadano: P.F.A., se da por citado en el presente juicio y renuncia a los lapsos procesales que le concede el ordenamiento jurídico venezolano vigente y convinieron en la demanda por RECONOCIMIENTO DE INSTRUMENTO PRIVADO, en todas y cada una de sus partes que le sigue en su contra el ciudadano: F.E. AGÜERO GUEVARA, identificado en autos; reconociendo como emanado de su puño y letra la firma que aparece estampada en el documento privado que riela al vuelto del folio 4 de esta causa; este Juzgado del Municipio Nirgua del Estado Yaracuy, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara consumado el presente juicio y le imparte su homologación a la actuación de auto composición procesal desarrollada por la parte demandada, en virtud de que la misma no es contraria a derecho ni al orden público y versa sobre derechos disponibles, en ejercicio de sus atribuciones legales, contempladas en el artículo 263 del Código de Procedimiento Civil. Procédase como en sentencia pasada en autoridad de cosa Juzgada.- Archívese el expediente.-

EL JUEZ, Temporal

Abog.I.P.A..-

LA SECRETARIA; Titular

Abog. M.R.T.-

En la misma fecha se archivo el Expediente N° 2.001/06, en Diez (10) folios útiles; y se le dio salida al procedimiento; todo como está ordenado en el auto anterior.-

La Secretaria, Titular

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