Decisión de Juzgado Segundo Ejecutor de Maturín , Punceres, Bolivar, Piar y Santa Barbara de Monagas, de 1 de Febrero de 2011

Fecha de Resolución 1 de Febrero de 2011
EmisorJuzgado Segundo Ejecutor de Maturín , Punceres, Bolivar, Piar y Santa Barbara
PonenteGrecia Gutierrez
ProcedimientoMedida De Secuestro

Comisión 05476

SOCIEDAD MERCANTIL INVERSIONES BAYTOR-2000, C.A/SOCIEDAD MERCANTIL INVERSIONES F.M., C.A.

En horas de Despacho del día de hoy 01 de Febrero de 2011, siendo las 11:00 a.m., se traslado el Juzgado Segundo Ejecutor de Medidas de los Municipios Maturín, Punceres, Bolívar, Piar y S.B.d. la Circunscripción Judicial del Estado Monagas, acompañado por la Abogada en ejercicio N.G., debidamente identificada en los autos, en su carácter de apoderada judicial de la parte demandante SOCIEDAD MERCANTIL INVERSIONES BAYTOR-2000, C.A, con motivo del juicio de Resolucion de Contrato, incoado contra la SOCIEDAD MERCANTIL INVERSIONES F.M., C.A, representada por su presidente Ciudadana WUALESKA DEL VALLE FERNANDEZ, venezolana, mayor de edad, titular de la cedula de identidad Nº V- 12.150.720, a los fines de practicar la Medida de Secuestro decretada por el Tribunal Comitente: Juzgado Segundo de los Municipios Maturín, Aguasay, S.B. y E.Z.d. la Circunscripción Judicial del Estado Monagas, sobre un inmueble constituido por un (01) local comercial, ubicado en el nivel uno (01), pasillo paseo 4 Caripito, distinguido con las letras y números N1-41, que forma parte del Centro Comercial denominado “Ciudad Comercial La Cascada de Maturín”, situado en el kilómetro 3 de la carretera del Sur de Maturín, vía que conduce Maturín- Temblador, a la altura de la entrada del Rincón de Monagas de esta ciudad de Maturín del Estado Monagas. Y siendo las 12:05 m., se constituyo el Tribunal en el inmueble objeto de la presente medida. El Tribunal deja constancia que se encuentra acompañado por una Comisión de efectivos de la Policía del Estado Monagas comandada por el Distinguido R.C., venezolano, mayor de edad, titular de la cedula de identidad Nº V- 15.876.056.- Seguidamente el Tribunal deja constancia que se encuentra acompañado por el Representante de la Depositaria Judicial Monagas R.V., venezolano, mayor de edad, titular de la cedula de identidad Nº V- 8.363.873, quien estando presente acepto el cargo y presto el juramento de Ley respectivo.- Acto seguido interviene el Tribunal por cuanto al momento de constituirnos se encontraba cerrado el local comercial a secuestrar, se hace necesario designar al ciudadano P.C., titular de la cedula de identidad Nº V- 12.546.772, técnico cerrajero, quien procedió aperturar la puerta.- El Tribunal hace constar que siendo la 1:20 p.m., se hizo presente el Abogado L.I.R., titular de la cedula de identidad Nº V- 18.462.267 en su carácter de apoderado de la ciudadana WUALESKA DEL VALLE FERNANDEZ, titular de la cedula de identidad Nº V- 12.150.720 según el Poder Simple notariado en fecha 19 de enero de 2011, Bajo el numero 30, Tomo 13 de los Libros autenticados.- Se hizo presente la ciudadana WUALESKA DEL VALLE FERNANDEZ. Las partes celebraron un convenimiento

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