Decisión de Juzgado Ejecutor de Medidas de los Municipios Bolivar, Independencia, Libertad y Pedro Maria Ureña de Tachira, de 25 de Junio de 2009

Fecha de Resolución25 de Junio de 2009
EmisorJuzgado Ejecutor de Medidas de los Municipios Bolivar, Independencia, Libertad y Pedro Maria Ureña
PonenteJosé Antonio Caceres
ProcedimientoMedida De Embargo Preventivo

En horas de Despacho del día de hoy, Jueves Veinticinco (25) de Junio del año dos mil nueve, a la 2:00 p.m., se trasladó el TRIBUNAL EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS BOLIVAR, INDEPENDENCIA, LIBERTAD Y P.M. UREÑA DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO TACHIRA, y se constituyó a las 2:10 p.m., en un Bien Inmueble ubicado en la calle 5, entre carreras 6 y 7, Barrio Lagunitas, Nro. 6-15, San Antonio, Municipio B.d.E.T., donde funciona un local comercial denominado “Agrosierras de San Antonio” a los fines de dar cumplimiento a la Comisión conferida por el JUZGADO SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y DEL TRANSITO DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO TACHIRA, para llevar a la práctica la MEDIDA PREVENTIVA DE EMBARGO decretada por el Juzgado de la Causa en el Juicio incoado por el ciudadano I.V.L., contra el ciudadano B.M.O.S., por COBRO DE BOLIVARES, Expediente Nro. 20.545-2009, del Juzgado de la Causa. Está presente la ciudadana IRAIMA Y. IBARRA S., venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nro. V-8.087.707, domiciliada en la ciudad de San Cristóbal, Estado Táchira, en su carácter de Apoderada Judicial de la ciudadana I.V.L., venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nro.V-25.093.670, domiciliada en San A.d.T., Parte Demandante, quien también se encuentra presente en este acto. Se encuentra presente en el Bien Inmueble el ciudadano B.M.O.S., venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nro. V-25.594.710, domiciliado en el lugar de la constitución del Tribunal, a quien se le notificó la misión del mismo, en su carácter de Parte Demandada, y se le hace saber que conforme a los principios del Debido Proceso y el Derecho a la Defensa consagrados en la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela, puede hacerse asistir de un abogado de su confianza. Seguidamente el Tribunal pasa a designar como PERITO AVALUADOR al ciudadano A.G.V.G., venezolano, mayor de edad, titular de la cedula de identidad Nro. V-14.974-580, domiciliado en San A.d.T. y como DEPOSITARIA JUDICIAL la Firma Personal La Seguridad, representada por el ciudadano J.D.Z.C., venezolano, mayor de edad, titular de la cedula de identidad Nro. V-7.092.473, domiciliado en la ciudad de San Cristóbal, Estado Táchira, según poder conferido en fecha 03 de noviembre de 2004, por ante la Notaria Pública Tercera de San Cristóbal, anotado bajo el Nro. 35, Tomo 135, de los Libros de Autenticaciones llevados por esa Oficina Pública, quienes estando presentes aceptan el cargo y juran cumplir bien y fielmente con los deberes a ellos inherentes. El Tribunal se hace acompañar de los Funcionarios Policiales: Cabo Segundo M.T.M., placa 1197 y Distinguido OSNAYRO VEGA LEON, Placa 2357, adscritos a la Región 51, Zona Oeste, Comando Policial San Antonio, Politáchira. En este estado solicita el derecho de palabra la Abogada IRAIMA Y. IBARRA S., en su carácter de Apoderada Judicial de la ciudadana I.V.L., Parte Demandante, y cedida que le fue expone: “Señalo al Tribunal para que sea embargado preventivamente en este acto los siguientes bienes muebles: 1) Una desmalezadora o guaraña, con su respectivo motor a gasolina, marca Efco, valorada prudencialmente por el Perito en la cantidad de UN MIL SEISCIENTOS BOLIVARES (Bs.1.600,oo), e informa que la misma es modelo Stark 42, sin serial visible, en color rojo, con su respectiva cuchilla y herramienta; 2) Una desmalezadora o guaraña, con su respectivo motor a gasolina, marca Husqvarna, valorada prudencialmente por el perito en la cantidad de UN MIL SETECIENTOS BOLIVARES (Bs.1.700,oo), e informa que la misma es modelo 241R, serial 9650933-02082801237, con su respectiva cuchilla y herramienta; 3) Una desmalezadora o guaraña, con su respectivo motor a gasolina, marca Toyama, valorada prudencialmente por el perito en la cantidad de UN MIL SETECIENTOS BOLIVARES (Bs.1.700,oo), e informa que la misma es modelo TG430-B, sin serial visible, en colores rojo y negro, con su respectiva cuchilla y herramienta; 4) Una moto sierra a gasolina, marca Forest & Garden, valorada prudencialmente por el perito en la cantidad de UN MIL BOLIVARES (Bs.1.000,oo), e informa que la misma es modelo MA642, serial 9228310504, con su respectiva espada; 5) Un Generador Eléctrico, con motor a gasolina, marca Atouan, valorado prudencialmente por el perito en la cantidad de UN MIL DOSCIENTOS BOLIVARES (Bs.1.200,oo), e informa que el mismo es modelo 3500 LX, serial SH168FE-06040814; 6) Una Motobomba 4x4 a gasolina, valorada por el perito en la cantidad de CUATRO MIL BOLIVARES (Bs.4.000,oo) e informa que la misma es marca Lombardini, modelo 13.5 HP, serial J0716230000619; 7) Un Generador Eléctrico, con motor a gasolina, marca Honda, valorado prudencialmente por el perito en la cantidad de SEISCIENTOS BOLIVARES (Bs.600,oo), e informa que el mismo es modelo DX5000GTX, serial K08529900966; 8) Un Generador Eléctrico, con motor a gasolina, marca Honda, valorado prudencialmente por el perito en la cantidad de SEISCIENTOS BOLIVARES (Bs.600,oo), e informa que el mismo es modelo DX5000GTX, serial K08529900809; 9) Nueve (9) Generadores Eléctricos, con motor a gasolina cada uno, marca Kenda, valorado prudencialmente por el perito cada uno en la cantidad de SEISCIENTOS BOLIVARES (Bs.600,oo), todos en su conjunto para un total de CINCO MIL CUATROCIENTOS BOLIVARES (Bs.5.400,oo), e informa que los mismos son modelo KD950CX/DC, sin seriales visibles, en colores azul y negro; 10) Un Generador Eléctrico, con motor a gasolina, marca Domopower, valorado prudencialmente por el perito en la cantidad de CUATRO MIL QUINIENTOS BOLIVARES (Bs.4.500,oo), e informa que el mismo es modelo 46-G6500FXE, serial 80038165; 11) Un Generador Eléctrico, con motor a gasolina, marca Domopower, valorado prudencialmente por el perito en la cantidad de CUATRO MIL QUINIENTOS BOLIVARES (Bs.4.500,oo), e informa que el mismo es modelo 46-G6500FXE, serial 80038083; 12) Un Generador Eléctrico, con motor a gasolina, marca Domosa, valorado prudencialmente por el perito en la cantidad de TRES MIL QUINIENTOS BOLIVARES (Bs.3.500,oo), e informa que el mismo es modelo 46-G6500DE, serial 80038165;e informa que el mismo es modelo DX5000GTX, serial 0801-000160; 13) Un motor a gasolina, multiuso, marca Kymco, valorado prudencialmente por el perito en la cantidad de CUATROCIENTOS BOLIVARES (Bs.400,oo), e informa que el mismo es modelo GF39195, serial GF39AB; 14) Una motobomba a gasolina, marca Mardal, valorado prudencialmente por el perito en la cantidad de DOS MIL BOLIVARES (Bs.2.000,oo), e informa que la misma es modelo HP 6,5, serial 07U180328; 15) Un motor a gasolina, multiuso, marca Mitsubishi, valorado prudencialmente por el perito en la cantidad de DOS MIL DOSCIENTOS BOLIVARES (Bs.2.200,oo), e informa que el mismo es modelo GM231L, serial GM2310201178; 16) Un motor a gasolina, multiuso, marca Honda, valorado prudencialmente por el perito en la cantidad de TRES MIL QUINIENTOS BOLIVARES (Bs.3.500,oo), e informa que el mismo es modelo GX390, serial GCAET-1439851; 17) Un motor a gasolina, multiuso, marca Honda, valorado prudencialmente por el perito en la cantidad de DOS MIL OCHOCIENTOS BOLIVARES (Bs.2.800,oo), e informa que el mismo es modelo GX200, serial GCACT-1435517; 18) Un motor a gasolina, multiuso, marca Honda, valorado prudencialmente por el perito en la cantidad de TRES MIL BOLIVARES (Bs.3.000,oo), e informa que el mismo es modelo GX270, serial GCADT-1128832; 19) Una moto sierra a gasolina, marca Forest & Garden, valorada prudencialmente por el perito en la cantidad de SEISCIEINTOS BOLIVARES (Bs.600,oo), e informa que la misma es modelo MAS16, sin serial visible, en colores amarillo y negro, con su respectiva espada; 20) Una moto sierra a gasolina, marca Dolmar, valorada prudencialmente por el perito en la cantidad de UN MIL TRESCIENTOS BOLIVARES (Bs.1.300,oo), e informa que la misma es modelo PS34, serial 036.100.000TYP036; 21) Un Generador Eléctrico, con motor Diesel, marca Toyama, valorado prudencialmente por el perito en la cantidad de CINCO MIL QUINIENTOS BOLIVARES (Bs.5.500,oo), e informa que el mismo es modelo SAE10W30 (Clase CC), serial PO957640000032; 22) Una Hidrolavadora de agua fría, marca Comet, valorado prudencialmente por el perito en la cantidad de TRES MIL BOLIVARES (Bs.3.000,oo), e informa que la misma es modelo Clásica KSM1950, serial 38691102; 23) Una motobomba automática 3x3”, marca Honda 5HP, valorada prudencialmente por el perito en la cantidad de TRES MIL QUINIENTOS BOLIVARES (Bs.3.500,oo), e informa que la misma es modelo 5HP, serial 0707-991279; 24) Una motobomba Diesel, marca Toyama, valorada prudencialmente por el perito en la cantidad de CINCO MIL QUINIENTOS BOLIVARES (Bs.5.500,oo), e informa que la misma es modelo TAC4CXS, serial 40841420000336, código SUK077075; 25) Una motobomba a gasolina, marca Robin, valorada prudencialmente por el perito en la cantidad de CUATRO MIL TRESCIENTOS BOLIVARES (Bs.4.300,oo), e informa que la misma es modelo 5HP, serial 0707-991279; 26) Una motobomba a gasolina, marca Robin 6 HP, valorada prudencialmente por el perito en la cantidad de CUATRO MIL TRESCIENTOS BOLIVARES (Bs.4.300,oo), e informa que la misma es modelo 6HP, serial 2456062, producto EX170D500127293; 27) Una motobomba a gasolina, marca Robin 6 HP, valorada prudencialmente por el perito en la cantidad de CUATRO MIL TRESCIENTOS BOLIVARES (Bs.4.300,oo), e informa que la misma es modelo 6HP, serial 2456067, producto EX170D500127293; 28) Una motobomba a gasolina, marca Domosa, valorada prudencialmente por el perito en la cantidad de CUATRO MIL BOLIVARES (Bs.4.000,oo), e informa que la misma no tiene modelo visible, serial 66-MDG-55-R-40024324; 29) Un Generador Eléctrico, con motor a gasolina, marca Genpor Subaru, valorado prudencialmente por el perito en la cantidad de CINCO MIL QUINIENTOS BOLIVARES (Bs.5.500,oo), e informa que el mismo no tiene modelo visible, serial 1350929; 30) Un motor a gasolina, marca Robin, valorada prudencialmente por el perito en la cantidad de UN MIL OCHOCIENTOS BOLIVARES (Bs.1.800,oo), e informa que la misma es modelo 6,0Ex17, serial 2498450, producto EX170D500137933; 31) Un compresor Bravo con motor a gasolina, marca Schulz, valorado prudencialmente por el perito en la cantidad de CUATRO MIL DOSCIENTOS BOLIVARES (Bs.4.200,oo), e informa que el mismo es modelo 1401BF/P012, serial 2870837; 32) Un Generador Eléctrico, con motor Diesel, marca Domopower, valorado prudencialmente por el perito en la cantidad de CINCO MIL QUINIENTOS BOLIVARES (Bs.5.500,oo), e informa que el mismo no tiene modelo visible, serial 2009000956; 33) Un Generador Eléctrico portable, con motor a gasolina, marca Nomda, valorado prudencialmente por el perito en la cantidad de SEIS MIL BOLIVARES (Bs.6.000,oo), e informa que el mismo es código EP6500CXS, serial GCAA-4311638; 34) Un Generador Eléctrico, con motor a gasolina, marca Toyama, valorado prudencialmente por el perito en la cantidad de CINCO MIL QUINIENTOS BOLIVARES (Bs.5.500,oo), e informa que el mismo es modelo TG2800-G, serial L08539900078; 35) Un Generador Eléctrico, con motor a gasolina, marca Kenda, valorado prudencialmente por el perito en la cantidad de CINCO MIL BOLIVARES (Bs.5.000,oo), e informa que el mismo no posee modelo visible, serial LT-168F 0812050401, en colores rojo y negro; 36) Un Generador Eléctrico, con motor a gasolina, marca Kenda, valorado prudencialmente por el perito en la cantidad de CINCO MIL BOLIVARES (Bs.5.000,oo), e informa que el mismo no posee modelo visible, serial LT-168F 0812050298, en colores rojo y negro; 37) Una fumigadora manual, marca Domosa, valorada prudencialmente por el perito en la cantidad de CIENTO OCHENTA BOLIVARES (Bs.180,oo), e informa que la misma no posee serial ni modelo visible, tanque en plástico de 20 litros; 38) Un compresor Bravo con motor a gasolina, marca Schulz, valorado prudencialmente por el perito en la cantidad de SEISCIENTOS BOLIVARES (Bs.600,oo), e informa que el mismo es modelo MSI52ML, serial 2883006, en color negro; 39) Un motor fuera de borda, marca Suzuki, valorado prudencialmente por el perito en la cantidad de OCHO MIL QUINIENTOS BOLIVARES (Bs.8.500,oo), e informa que el mismo no posee modelo visible, serial A0689, DE 40 caballos de fuerza, en color negro, el cual esta adherido a su base de exhibición en madera y ángulo en metal, y como anexo tanque plástico para combustible con capacidad aproximada de 25 litros y manguera; 40) Una motobomba hidroneumática, marca Hidrosan; valorado prudencialmente por el perito en la cantidad de DOS MIL BOLIVARES (Bs.2.000,oo), e informa que la misma es de 100 libras, sin serial ni modelo visible, en color verde; 41) Un soldador eléctrico, marca Schumcher, valorado prudencialmente por el perito en la cantidad de CUATROCIENTOS BOLIVARES (Bs.400,oo), e informa que el mismo es modelo SE2352, serial MS0806, en color negro; 42) Una bomba de agua manual, valorado prudencialmente por el perito en la cantidad de DOSCIENTOS CINCUENTA BOLIVARES (Bs.250,oo), e informa que la misma es marca Andina 90, color verde; 43) Un compresor de aire vertical, tipo eléctrico, marca Indrustrial Aire, valorado prudencialmente por el perito en la cantidad de TRES MIL QUINIENTOS BOLIVARES (Bs.3.500,oo), e informa que el misma es en color negro, serial 182083M, modelo cp, de 155 PSI; 44) Un compresor de aire, tipo eléctrico, marca Domosa, valorado prudencialmente por el perito en la cantidad de QUINIENTOS BOLIVARES (Bs.500,oo), e informa que el mismo es en color rojo, serial iligible, modelo C25/20; 45) Un hidrolavador a gasolina, marca Toyama, valorado prudencialmente por el perito en la cantidad de UN MIL DOSCIENTOS BOLIVARES (Bs.1.200,oo), e informa que el mismo es modelo TGH130, serial 2008110027; 46) Un hidrolavador, marca Quantum, valorado prudencialmente por el perito en la cantidad de UN MIL QUINIENTOS BOLIVARES (Bs.1.500,oo), e informa que el mismo es de 6,5 HP, modelo no visible, serial 1208020120D103060659; 47) Una cortadora de Empuje, con descargo lateral, valorado prudencialmente por el perito en la cantidad de UN MIL BOLIVARES (Bs.1.000,oo), e informa que la misma es marca MTD, cin plataforma de 20”, serial 0805-002121; 48) Un hidrolavador, marca Mccullooch, valorado prudencialmente por el perito en la cantidad de UN MIL DOSCIENTOS BOLIVARES (Bs.1.200,oo), e informa que el mismo es modelo FHH18A, serial 07S25, en color amarillo; 49) Un hidrolavador en color gris, marca Comat, valorado prudencialmente por el perito en la cantidad de OCHOCIENTOS BOLIVARES (Bs.800,oo), e informa que el mismo es modelo 1400115/6014A; 50) Un Generador Eléctrico, marca Atouan, valorado prudencialmente por el perito en la cantidad de UN MIL SETECIENTOS BOLIVARES (Bs.1.700,oo), e informa que el mismo es modelo WG1605.5HP, serial ٭WH16805050.754٭; 51) Un Generador Eléctrico, con motor a gasolina, marca Atouan, valorado prudencialmente por el perito en la cantidad de UN MIL BOLIVARES (Bs.1.000,oo), e informa que el mismo es modelo D4100LB, sin serial visible, en colores rojo y negro; 52) Un Generador Eléctrico, marca Domosa, valorado prudencialmente por el perito en la cantidad de UN MIL DOSCIENTOS BOLIVARES (Bs.1.200,oo), e informa que el mismo es modelo 46G-2700H, serial GCABT-2987522; 53) Una moto sierra, marca Dolamar, con motor a gasolina, valorada prudencialmente por el perito en la cantidad de QUINIENTOS BOLIVARES (Bs.500,oo), e informa que la misma es modelo PS400, serial 028 100 002; 54) Una destapadora de cañería, con su motor electrico, marca Atouan, valorada prudencialmente por el perito en la cantidad de UN MIL QUINIENTOS BOLIVARES (Bs.1.500,oo), e informa que la misma es modelo GQ-75, serial 2008-019#0520; 55) Un generador eléctrico con motor a gasolina, marca Domopower, valorado prudencialmente por el perito en la cantidad de CUATRO MIL BOLIVARES (Bs.4.000,oo), e informa que el mismo es modelo 46-G2500F, serial 80066118; 56) Una bomba periférica, marca Mardal, valorada prudencialmente por el perito en la cantidad de OCHOCIENTOS BOLIVARES (Bs.800,oo), e informa que la misma es modelo MP-50, color verde, sin serial visible; 57) Una moto bomba, marca Toyama, con motor a gasolina, valorada prudencialmente por el perito en la cantidad de NOVECIENTOS BOLIVARES (Bs.900,oo), e informa que la misma es modelo TG40-2T, serial 1G43F-C٭2008627178٭; 58) Una fumigadora, con su respectivo motor a gasolina, marca Toyama, valorada prudencialmente por el perito en la cantidad de NOVECIENTOS BOLIVARES (Bs.900,oo), e informa que la misma es modelo TGMFL-25, serial HS0810114563R, co su respectivo tanque plástico con capacidad de 20 litros; 59) Cuatro (4) mini-compresores de aire, marca Atouan, valorados prudencialmente por el perito todos en su conjunto en la cantidad de UN MIL SEISCIENTOS BOLIVARES (Bs.1.600,oo), e informa que el misma es modelo AS-06K, sin serial visible, en color verde, con su respectiva pistola y conexiones de maguera; 60) Una desmalezadora o guaraña, con su respectivo motor a gasolina, marca Husqvarna 241R, valorada prudencialmente por el perito en la cantidad de UN MIL SETECIENTOS BOLIVARES (Bs.1.700,oo), e informa que la misma es modelo 241R, serial 9650933-02082801147, con su respectiva cuchilla y herramienta; 61) Una bomba periférica, sin marca visible, valorada prudencialmente por el perito en la cantidad de CUATROCIENTOS BOLIVARES (Bs.400,oo), e informa que la misma es modelo KF-4, 2008LY-011 281, en color azul; 62) Tres (3) motores eléctricos multiuso, marca Metalcorte, valorados prudencialmente todos en su conjunto por el perito en la cantidad de DOS MIL CUATROCIENTOS BOLIVARES (Bs.2.400,oo), e informa que los mismos son 10J56, sin seriales visibles, todos en color gris; 63) Un motor eléctrico, marca Electropompa, valorado prudencialmente por el perito en la cantidad de QUNIENTOS BOLIVARES (Bs.500,oo), e informa que el mismo es en color amarillo, código 086, sin serial ni modelo visible; 64) Una Motobomba eléctrica, marca Metalcorte, valorada prudencialmente por el perito en la cantidad de UN MIL BOLIVARES (Bs.1.000,oo), e informa que la misma es modelo 10PJ56, código LTE0769/YA, sin serial visible; 65) Un motor eléctrico, marca Metalcorte, valorada prudencialmente por el perito en la cantidad de UN MIL BOLIVARES (Bs.1.000,oo), e informa que el mismo es modelo 10H56, código LT025844/YA, sin serial visible; 66) Un generador eléctrico a gasolina, marca Subaru, valorado prudencialmente por el perito en la cantidad de CUATRO MIL BOLIVARES (Bs.4.000,oo), e informa que el mismo es modelo G55MG1000RG, serial EX300.287L1346397; 67) Tres (3) hidrolimpiadoras eléctricas, tipo Hobby de 1600 PSI, marca Fermetal, valorados prudencialmente todos en su conjunto por el perito en la cantidad de UN MIL DOSCIENTOS BOLIVARES (Bs.1.200,oo), e informa que los mismos son en color amarillo, sin serial ni modelo visible; 68) Un hidrolimpiador a gasolina, marca Quantum, valorado prudencialmente por el perito en la cantidad de UN MIL BOLIVARES (Bs.1.000,oo), e informa que el mismo es modelo 5,6 HP, serial 120802-0120-D103041056; 69) Una moto sierra a gasolina, marca Forest & Garden, valorada prudencialmente por el perito en la cantidad de UN MIL BOLIVARES (Bs.1.000,oo), e informa que la misma es modelo MA665, serial 300923; 70) Una moto sierra a gasolina, marca Stihl, valorada prudencialmente por el perito en la cantidad de UN MIL BOLIVARES (Bs.1.000,oo), e informa que la misma es modelo 085, serial 361801387; 71) Una moto sierra a gasolina, marca Stihl, valorada prudencialmente por el perito en la cantidad de UN MIL BOLIVARES (Bs.1.000,oo), e informa que la misma es modelo 085, serial 361801384; 72) Una moto sierra a gasolina, marca Dolmar, valorada prudencialmente por el perito en la cantidad de UN MIL BOLIVARES (Bs.1.000,oo), e informa que la misma es modelo PS-7900, serial 038-100-010; 73) Un computador de escritorio marca Compaq, valorado prudencialmente por el perito en la cantidad de CUATRO MIL BOLIVARES (Bs.4.000,oo), e informa que le mismo es modelo Presorio, compuesto de CPU serial MXX6481159, monitor pantalla plana marca LG Filtron, modelo L15302, serial 609MXAY17696, teclado marca Compaq, serial NG61108743, le falta una tecla al mismo que corresponde a los números, una impresora marca HP, modelo C8942A, serial TH16T164HB, un UPS marca Unitek, color negro, modelo Alpha 700 IX, serial 0419U800151, dos (2) cornetas marca Compaq, color negro, serial K062904993, un mouse marca Genius, serial 124432403127, modelo gm04011P, el cual se encuentra en regular estado de suo y funcionamiento. 74) Un generador eléctrico a gasolina, marca Kenda, valorada prudencialmente por el perito en la cantidad de DOS MIL QUINIENTOS BOLIVARES (Bs.2.500,oo), e informa que el mismo es modelo KD2GF, serial LT-168F0812040068; 75) Dos (2) motobombas eléctricas, marca Atouan, valoradas prudencialmente en su conjunto por el perito en la cantidad de UN MIL DOSCIENTOS BOLIVARES (Bs.1.200,oo), e informa que las mismas son modelo 13/5HP, factura 055387, sin serial visible; 76) Una bomba de fumigación marca Domopower, valorada prudencialmente por el perito en la cantidad de SETECIENTOS BOLIVARES (Bs.700,oo), e informa que la misma es modelo 33-3WZ-30WB, serial DN3WZ3310005049063, 77) Dos (2) motobombas eléctricas, marca Atouan, de 1 HP, valoradas prudencialmente en su conjunto por el perito en la cantidad de SEISCIENTOS BOLIVARES (Bs.600,oo), e informa que las mismas no poseen serial ni modelo visible. 78) Una hidrolavadora eléctrica, marca Wap, valorada prudencialmente por el perito en la cantidad de UN MIL DOSCIENTOS BOLIVARES (Bs.1.200,oo), e informa que la misma es modelo TOP, serial 1000324/07; 79) Una desmalezadora o guaraña, con su respectivo motor a gasolina, marca Toyama, valorada prudencialmente por el perito en la cantidad de UN MIL QUINIENTOS BOLIVARES (Bs.1.500,oo), e informa que la misma es modelo TG430-B, serial Y10811122885, con su respectiva cuchilla y herramienta; 80) Una moto sierra a gasolina, marca Efco, valorada prudencialmente por el perito en la cantidad de UN MIL CUATROCIENTOS BOLIVARES (Bs.1.400,oo), e informa que la misma es modelo STARK 42, serial 2048231846; 81) Una cadena para motosierra, valorada prudencialmente por el perito en la cantidad de QUNIENTOS BOLIVARES (Bs.500,oo), e informa que la misma es modelo 365B16H, con longitud de 404”; 82) Dos (2) generadores eléctricos a gasolina, marca Domosa, valorados prudencialmente en su conjunto por el perito en la cantidad de OCHOCIENTOS BOLIVARES (Bs.800,oo), e informa que los mismos son modelo 46-GP-950FZ, sin serial visible; 83) Doce (12) espadas para motosierra, de diferentes marcas y dimensiones, valoradas prudencialmente en su conjunto por el Perito en la cantidad de DOS MIL CUATROCIENTOS BOLIVARES (Bs.2,400,oo), e informa que las mismas no poseen serial ni modelo visible. Todo para un total de CIENTO OCHENTA Y TRES MIL NOVECIENTOS TREINTA BOLIVARES (Bs.183.930,oo). Es todo”. Seguidamente, este Juzgado de Municipio Ejecutor de Medidas, supra-identificado, visto el Decreto de Embargo Preventivo dictado por el Juzgado comitente y a solicitud de la Abogada IRAIMA Y. IBARRA S., en su carácter de Apoderada Judicial de la ciudadana I.V.L., Parte Demandante, DECLARA LEGALMENTE EMBARGADOS PREVENTIVAMENTE los Bienes Muebles señalados por la Apoderada Actora, suficientemente identificados por sus datos y características en el informe realizado por el Perito en la presente Acta identificados en los numerales primero (1) al ochenta y tres (83), ambos inclusive y se dan aquí por reproducidos, valorados prudencialmente en la cantidad de CIENTO OCHENTA Y TRES MIL NOVECIENTOS TREINTA BOLIVARES (Bs.183.930,oo), SE DECLARA consumada la Desposesión Jurídica de los mismos, conforme a lo dispuesto en el artículo 536 del Código de Procedimiento Civil, y se hace entrega formal y material, de dichos bienes muebles, al ciudadano J.D.Z.C., ya identificado, en su carácter de representante de la Depositaria Judicial La Seguridad, quien estando presente los recibe conforme en las condiciones expresadas por el Perito en la presente Acta. En este estado solicita nuevamente el derecho de palabra la Abogada IRAIMA Y. IBARRA S., en su carácter de Apoderada Judicial de la ciudadana I.V.L., Parte Demandante, y cedida que le fue expone: “Por cuanto el monto Embargado Preventivamente en este acto no cubre el monto del Decreto de Medida dictado por el Juzgado de Instancia comitente, me reservo el derecho de seguir señalando bienes propiedad de la Parte Demandada hasta el cumplimiento efectivo del mismo. Es todo”. Llenos como se encuentran los extremos legales indicados en los artículos 188 y 189 del Código de Procedimiento Civil, que se refieren expresamente a la forma como deben ser llevados los actos por el Tribunal, se da por concluido el presente acto siendo las 9:40 p.m., y al no ser más el objeto de la constitución del Tribunal se ordena el regreso a su sede. Se acuerda reproducir la presente Acta de Ejecución a los fines de que la misma sea agregada al Copiador de Actas llevado por este Juzgado. Se terminó, se leyó y conformes firman.............

EL JUEZ SUPLENTE ESPECIAL

ABG. J.A.C. (Rfdo.)

LA APODERADA EJECUTANTE (Rfdo.)

LA PARTE DEMANDATE (Rfdo.)

LA PARTE DEMANDADA (Rfdo.)

EL PERITO (Rfdo.)

REPRESENTANTE DE LA DEPOSITARIA JUDICIAL (Rfdo.)

LOS FUNCIONARIOS POLICIALES (Rfdo.)

EL SECRETARIO

ABG. JORGE ENRIQUE MEDINA RAMIREZ (Rfdo.)

JAC/jemr.

D.Nro.1364-2009.

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR