Decisión nº 5143 de Tribunal Primero de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios San Cristóbal y Torbes. de Tachira, de 3 de Noviembre de 2016

Fecha de Resolución 3 de Noviembre de 2016
EmisorTribunal Primero de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios San Cristóbal y Torbes.
PonenteAna Lola Sierra
ProcedimientoNulidad De Acta De Asamblea

JUZGADO PRIMERO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS SAN CRISTÓBAL Y TORBES DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO TÁCHIRA. San Cristóbal, tres (03) de noviembre de dos mil dieciséis.

AÑOS: 206° y 157°

Visto el desistimiento a la causa presentado por la abogada en ejercicio IVAMNA CRISTANCHO, titular de la cédula de identidad N° V- 22.677.117, inscrita en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el N° 258.219, actuando con el carácter de apoderada judicial del demandante, ciudadano J.M.C., venezolano, mayor de edad, de este domicilio, titular de la cédula de identidad N° V- 5.668.770, esta operadora de justicia al verificar que no es contrario a derecho el acto realizado por la diligenciante, procede de conformidad con lo establecido en el artículo 265 del Código de Procedimiento Civil, a impartirle la HOMOLOGACION DE LEY, acordando proceder como en sentencia pasada en autoridad de cosa juzgada. Conforme a lo peticionado se ordena el documento de los documentos originales insertos del folio 07 al 26, dejándose en su lugar la correspondiente copia fotostática certificada. Para la elaboración de los fotostatos se comisiona amplia y suficientemente al ciudadano Alguacil de este Tribunal, ciudadano L.O.V.A. titular de la cédula de identidad N° V- 13.035.608. SE DA POR TERMINADO ESTE PROCESO, cumplido como sea lo ordenado, procédase al archivo del expediente. Déjese copia certificada de la anterior decisión para el archivo del Tribunal.

Abg. A.L.S.

Jueza Temporal

Abg. B.E.M.U.

Secretaria Temporal

En la misma fecha, siendo las diez (10) de la mañana (10:00 a.m.), se dejó copia certificada de la anterior decisión para el archivo del Tribunal, quedando registrada bajo el N° “5.143” en el “Libro de Registro de Sentencias”.

Abg. B.E.M.U.

Secretaria Temporal

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