Decisión nº 2752 de Juzgado Segundo del Municipio Iribarren de Lara, de 18 de Diciembre de 2013

Fecha de Resolución18 de Diciembre de 2013
EmisorJuzgado Segundo del Municipio Iribarren
PonenteDelia Josefina Gonzalez
ProcedimientoAccion Mero Declarativa

UNICO: Vista la solicitud de ACCION MERO DECLARATIVA DE VEHICULO, realizada por el ciudadano: J.G.T.V., venezolano, mayor de edad, titular de la cedula de identidad N° 21.726.557, asistido por la ABG. B.P.G.T., inscrita en el IPSA bajo el N° 173.591 y de este domicilio., referida a que se compruebe su legitima propiedad del siguiente vehiculo: CLASE: Moto, TIPO: Paseo, MARCA: Yamaha, MODELO: RX 100, AÑO: 2002, COLOR: AZUL, PLACA: S/P, SERIAL DEL MOTOR: 36L 403816, SERIAL DE CARROCERIA: 36L 403816, USO: Particular.

Por otra parte debido a que el actor pretende se le acredite la propiedad sobre un bien inmueble, en este caso un vehículo automotor, por tal motivo es preciso revisar lo dispuesto en el artículo 94 del Reglamento de la Ley de T.T., el cual dice lo siguiente:

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