Decisión nº 1 de Juzgado de los Municipios Turen y Santa Rosalia de Portuguesa, de 15 de Abril de 2013

Fecha de Resolución15 de Abril de 2013
EmisorJuzgado de los Municipios Turen y Santa Rosalia
PonenteTamari Coromoto Gutierrez Ocando
ProcedimientoTitulo Supletorio

REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

JUZGADO DE LOS MUNICIPIOS TUREN Y S.R.

DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO PORTUGUESA

Villa Bruzual, 15 de Abril de 2013

202° y 153°

DECRETO

Tramitada como ha sido la presente SOLICITUD DE TÍTULO SUPLETORIO interpuesta por el ciudadano: J.F.N., mayor de edad, venezolano, soltero, titular de la Cédula de Identidad Nº V-7.598.014, domiciliado en el Barrio Los Chorros en La Avenida 6 al final casa S/N del Municipio Turen, Estado Portuguesa, asistido por la Abogada en ejercicio I.E., titular de la Cédula de Identidad Nº V-9.839.294, inscrita en el Inpreabogado bajo el Nº 174.403. En dicho escrito solicita, que las anteriores diligencias sean declaradas suficientes para asegurarle el derecho de propiedad y posesión sobre las bienhechurías a que ellas se contraen. - De las declaraciones contestes rendidas por ante este Juzgado por los ciudadanos: A.D.C.G. y A.O., venezolanos, mayores de edad, solteros, de este domicilio y titulares de las Cédulas de Identidad Nº V-11.076.180 y V-16.566.994 respectivamente.-

Consta que el solicitante: Que sobre la casa que le pertenece, según consta en cedula Catastral emitida por la Oficina de catastro de Alcaldía Bolivariana del Municipio Turèn del Estado Portuguesa, signada con la siguiente nomenclatura: 18-14-01-U00- 009-031-010, con ubicación en el Barrio Los Chorros en la Av.6 al final Municipio Turèn dicha construcción del inmueble, la ha construido con dinero proveniente de su propio peculio, esfuerzo y trabajo, las Bienhechurías se encuentran en un área de OCHO CIENTOS VEINTISEIS CON CINCUENTA Y SEIS CENTIMETROS CUADRADOS (826,56 Mts2), consistentes en: Una (1) casa alinderado como sigue: Norte: casa y que es o fueron de R.R. con Lindero de Treinta y Tres, Sesenta Metros lineales (33,60 mts) SUR: casa y solas que es o fueron Ismalda Echenique Lindero de Treinta y Tres, Sesenta metros lineales (33,60 mts) Este: casa y solar que fue de R.T.L.d.V. con sesenta Metros lineales (24,60 mts) Oeste: con Avenida 6 que su frente Linderos de Veinticuatro con sesenta Metros lineales (24,60 mts), Casa de Construcción sencilla, con Noventa y Uno con Diez Metros Cuadrados áreas de Construcción (91,10 M2), con las siguientes características, techo de Zinc, la casa estas semi cercada en la parte de frente con bloques y Portón de hierro, puertas principales de metal (03) Toda la casa esta debidamente pintada, piso de cemento pulido, con (03) cuartos con divisiones en paredes de bloque, una sala, una cocina, (05) ventana de hierro, (02) baño con divisiones en paredes de bloque (02) puerta de metal, (02) poseta y (02) lavamanos, un cuarto de depósito con puerta de metal, (02) lavadero con su Bateas de concreto. Toda esta construcción con una Valor de Veinticinco mil Bolívares (25.000 Bs.).

En torno a ello, y por cuanto no ha habido oposición de terceros, este Tribunal en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y en virtud de lo establecido en el artículo 937 del código de procedimiento civil, así como a tenor de lo establecido en el artículo 3, de la Resolución Nº 2009-006, emanada del TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA, de fecha 18 de marzo del 2009, publicada en Gaceta Oficial Nº 39.152, de fecha 02 de abril del 2009.

En consecuencia, Juzgado de los Municipios Turén y S.R.d. la Circunscripción Judicial del Estado Portuguesa, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela, por Autoridad de la Ley, declara estas diligencias suficientes, para asegurarle al ciudadano J.F.N., ya identificado, el derecho de propiedad y posesión sobre las bienhechurías antes descritas, quedando a salvo los derechos de terceros. Se hace constar que presentó: Copia fotostática del solicitante, Cedula Catastral, Plano de Mensura, Certificado de Empadronamiento de Terreno Ejido Municipal, expedidas por la Dirección de Catastro del Municipio Turén, Estado Portuguesa, C.d.R. expedida por el C.C. “BARRIO LOS CHORROS”, Copia fotostática de la Cédula de Identidad de los testigos, para que el solicitante se provea del respectivo Título Supletorio sobre las Bienhechurías edificadas dentro del terreno ejido municipal referido. Devuélvanse estas actuaciones en original con sus resultas.

La Jueza Suplente Especial,

La Secretaria,

Abg. TAMARI G.O.

Abg. G.S. BURGOS E.

Seguidamente se devuelven estas actuaciones originales con sus resultas, constante de ________________ ( ) folios útiles.-

Conste:

____________________

Solicitud Nº 14.218-2013

TGO/GSBE/atr.

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