Decisión de Juzgado de los Municipios Campo Elias y Aricagua de Merida, de 27 de Octubre de 2008

Fecha de Resolución27 de Octubre de 2008
EmisorJuzgado de los Municipios Campo Elias y Aricagua
PonenteMaría M Uzcategui
ProcedimientoNulidad De Venta

JUZGADO DE LOS MUNICIPIOS CAMPO ELÍAS Y ARICAGUA DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO MÉRIDA.- Ejido, veintiocho (28) de octubre de dos mil ocho (2.008).-

198º y 149º

Vista la exposición hecha por el Alguacil de este Tribunal, en donde da cuenta a este Despacho la negativa del ciudadano R.R.L., en firmar la Boleta de Citación y sus respectivos recaudos, además se observa que desde la fecha cinco (05) de junio de dos mil ocho (2.008), han trascurrido, tres (03) meses, y veinticuatro (24) días, sin que la parte interesada hubiera impulsado la citación personal de conformidad con lo establecido en el articulo 218 del Código de Procedimiento Civil, es por lo que este Juzgado ordena remitir las presentes actuaciones al Tribunal comitente en el estado en que se encuentran. Así mismo, por cuanto de la revisión de las actuaciones procesales que conforman la presente comisión, se observa que el mismo presenta tachaduras no salvadas en la numeración de su foliatura del folio seis (06) al diecisiete (17), ambos folios inclusive, este Tribunal de conformidad con el artículo 25 y 109 del Código de Procedimiento Civil, ordena se deje constancia por Secretaria de lo testado y corregido.- Désele salida y remítase con oficio.- CUMPLASE-------------------------------------------

LA JUEZA TEMPORAL,

ABG. M.M.U.R.

EL SECRETARIO,

ABG. J.L.S.M.

En cumplimiento de lo ordenado en el auto que antecede, el suscrito Secretario de este Juzgado ABG. J.L.S.M., de conformidad con el artículo 109 del Código de Procedimiento Civil, HACE CONSTAR: Que este expediente presenta tachadura en la numeración de su foliatura a partir del folio seis (06) al diecisiete (17), ambos folios inclusive. Finalmente hago constar que la numeración testada “no vale”, en virtud de que la correcta es la que no se encuentra tachada.-------------------------------------

EL SECRETARIO,

ABG. J.L.S.M.

En esta misma fecha se cumplió con lo ordenado en el auto anterior, se remite constante de veinte (20) folios útiles con oficio Nº 2690- 918 y se registra su salida bajo el Nº 4.182-2.008 del libro respectivo.

S.M.S..

MMUR/jlsm/jm.-

REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

JURISDICCIÓN CIVIL

JUZGADO DE LOS MUNICIPIOS CAMPO ELIAS Y ARICAGUA DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO MERIDA

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Ejido, 28 de octubre del 2.008.-

198º y 149º

OFICIO. Nº 2690-918.-

CIUDADANO.-

JUZGADO TERCERO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y DEL TRANSITO DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO MERIDA.-

SU DESPACHO.-

Tengo el agrado de dirigirme a Usted, en la oportunidad de remitir adjunto al presente oficio, constante de veinte (20) folios útiles, las actuaciones Nº 4.182-2.008, Expediente Nº 27.666, relacionadas con los RECAUDOS DE CITACION, librados al ciudadano R.R.L..- DEMANDANTE: J.F.R.D.R., RIGOBERTO Y J.M.R.R..- MOTIVO: NULIDAD DE VENTA.-

Remisión que se hace a los fines de que las presentes actuaciones sean agregadas al expediente principal.

ATENTAMENTE

ABG. M.M.U.R..

LA JUEZA TEMPORAL

MMUR/jlsm/jm.-

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