Decisión de Juzgado Ejecutor de Medidas de los Municipios San Fernando y Biruaca de Apure, de 14 de Marzo de 2011

Fecha de Resolución14 de Marzo de 2011
EmisorJuzgado Ejecutor de Medidas de los Municipios San Fernando y Biruaca
PonenteFatima López
ProcedimientoCobro De Bolivares Por Intimacion

Comisión N° 11-2641.

En el día de hoy, Lunes Catorce (14) de Marzo del año Dos Mil Once (2.011), conforme a lo acordado en fecha 10-03-2.011, se trasladó y constituyó el JUZGADO EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS SAN FERNANDO Y BIRUACA DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO APURE, en un inmueble ubicado en la Avenida Caracas, Edificio M.A., Planta baja, Local 01, en el local comercial donde funciona el Frigorífico “Buenas Tardes C.A” en esta ciudad de San F. deA., con la finalidad de retirar los bienes señalados en el Embargo Preventivo realizado según comisión asignada por el Juzgado del Municipio San Fernando de esta misma circunscripción Judicial. Se deja constancia que nos acompaña una Comisión de la Policía Bolivariana de Estado Apure, conformada por dos (02) funcionarios. Presente en este acto el ciudadano P.L.B.P., venezolano, mayor de edad, titular de la cedula de identidad Nº 13.517.832, en su condición de parte demandada en el Juicio de Cobro de Bolívares por Intimación seguido en su contra, se le notifica de la misión del Tribunal, previa lectura del Despacho de Comisión y del acta que antecede. Presente la parte demandante ciudadana K.E.M., venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº 8.150.691, debidamente asistida por el Abogado E.A., titular de la cédula de identidad Nº 8.191.480, inscrito en el Inpreabogado bajo el Nº 36.119, quien solicita el derecho de palabra y concedídole como le fue expone: “Pido al Tribunal se proceda al retiro de lo bienes embargados y su entrega al Depositario Judicial designado en la oportunidad anterior ciudadano L.E.S.M., titular de la cedula de identidad Nº 8.197.260”. En este estado el Tribunal en cumplimiento de la labor fijada para el día de hoy realiza formalmente la entrega de los bienes embargados al Depositario Judicial ciudadano L.E.S.M., antes identificado, detallados de la siguiente manera: un (01) Mostrador NEVERAMA EXHEVEMT, de 9 pies, serial V009-2004-074; un (01) Mostrador NEVERAMA, de 7 pies, serial V00722004006; un (01) Mostrador NEVERAMA de 5 pies, serial V0052004001; un (01) Congelador de 2 puertas INVITREL, serial 3030214529; un (01) Congelador de 2 puertas ARTICOLD, serial 5071688; una (01) Cava cuarto de 1.40 X 1.40 X 2.40 serial C06-140 con Unidad de 1 HP 220V COPELAND KAM2, serial 06KC-03268-4901 Difusor BDIR MAVI serial 03963; una (01) Cava cuarto de 1.80 X 1.80 X 2.40, serial CS0036022004 NEVERAMA; una (01) Sierra SEGAOSSO de 1.5 HP 220V serial 10329. Estando presente el Depositario Judicial L.E.S.M., solicita el derecho de palabra y concedídole como le fue expone: “ Recibo los bienes antes mencionados que me entrega el Tribunal en este Acto los cuales me comprometo a guardar bajo mi custodia y Juro cumplir con los deberes que me corresponden como Depositario Judicial por el nombramiento que me hizo el Tribunal el día 10 de Marzo de este año”. En este estado solicita el derecho de palabra la parte demandante y concedídole como le fue expuso: “ señalo al Tribunal que en este acto, por cuanto el monto de los equipos o bienes muebles embargados preventivamente, no cubren el monto del embargo establecido en el decreto, que me reservo el derecho de continuar señalando bienes muebles propiedad del demandado hasta cubrir el monto a que se contrae el decreto de embargo que asciende a la cantidad de CIENTO NOVENA Y DOS MIL SETECIENTOS CATORCE BOLIVARES CON SETENTA Y CINCO CENTIMOS (Bs. 192.714,75), es todo”. Vista la exposición anterior el Tribunal acuerda mantener la presente comisión en el archivo. No siendo otra la misión del Tribunal, da por terminado el acto y ordena el regreso a su sede natural siendo las 12:15 m. Es todo, terminó, se leyó y conformes firman.-

La Jueza Temporal.

Dra. FÁTIMA LÒPEZ COELLO.

La Demandante y su abogado asistente.

K.M. M. Dr. E.A..

El Notificado.

P.L.B.P..

Depositario Judicial,

L.E.S.M.

JEFE DE LA COMISION POLICIAL,

Dgdo. ANDRES HURTADO

C.I V- 13.938.693

El Alguacil Accidental.

J.A.E..

El Secretario Temporal.

Abg. J.A.C...

Comisión N° 11-2641.

Af.-

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