Decisión de Juzgado Segundo Ejecutor de Medidas de los Municipios Valencia, Libertador, Los Guayos, Naguanagua, San Diego y Carlos Arvelo de Carabobo, de 4 de Mayo de 2010

Fecha de Resolución 4 de Mayo de 2010
EmisorJuzgado Segundo Ejecutor de Medidas de los Municipios Valencia, Libertador, Los Guayos, Naguanagua, San Diego y Carlos Arvelo
PonenteLucia Carmela D Angelo Guarnieri
ProcedimientoQuerella Interdictal De Restitución Por Despojo

República Bolivariana de Venezuela

Juzgado Segundo Ejecutor de Medidas de los Municipios Valencia, Libertador, Los Guayos, Naguanagua, San Diego y C.A. de la Circunscripción Judicial del Estado Carabobo

En horas de despacho del día de hoy CUATRO (04) de Mayo del año Dos Mil Diez (2010), siendo las 10:40 a.m., se Traslada y Constituye el Juzgado Segundo Ejecutor de Medidas de la Circunscripción Judicial del Estado Carabobo, a cargo de la Juez Titular abogada: Lucia D’Angelo y la Secretaria: Yasmila Faria, en las afueras de un inmueble constituido por un local comercial ubicado en la calle Girardot, N° 97-13, Parroquia S.R., Municipio V.d.E.C., el cual mide 64, 87 mts2 y está comprendido dentro de linderos y medidas descritos en oficio anexo al despacho de comisión, en compañía de los abogados LISSET COROMOTO MENTADO GUANAGUANAY Y L.M.V.O., inscritos en el Inpreabogado bajo el N° 68.138 y 84.595, respectivamente, a fin de dar fiel y estricto cumplimiento al mandamiento de ejecución emanado del Juzgado Segundo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, y Bancario de la Circunscripción Judicial del Estado Carabobo, en el cual ordeno poner en posesión el inmueble objeto de la demanda en la persona de los abogados antes mencionados, con motivo de la Querella Interdictal de Restitución por Despojo, intentado por el ciudadano: C.A.N.C., titular de la cedula de identidad N° E-81.100.860, contra LISSET COROMOTO MENTADO GUANAGUANAY Y L.M.V.O.. A continuación intervienen los abogados y exponen: “Solicitamos al tribunal cumpla con el mandamiento de ejecución, igualmente solicitamos se designe cerrajero y a la depositaria Judicial Carabobo.” El Tribunal deja constancia que realiza los tres toques de ley y nadie respondió. Y a solicitud de la parte actora acuerda designar cerrajero al ciudadano: J.C.P.P., titular de la cedula de identidad N° 17.551.748, Quien expone: “Acepto el cargo y juro cumplir bien y fielmente con los deberes inherentes al mismo”. El Tribunal ordena al cerrajero aperture la puerta del inmueble y haga el cambio de cerradura. Seguidamente una vez aperturado el inmueble el Tribunal se constituye en la sede del mismo, deja constancia que no se encontró dinero en efectivo de curso legal, ni monedas extranjera ni títulos valores, ni objetos de valor ninguno; y a solicitud de parte acuerda designar a la Depositaria Judicial CARABOBO, representada por la ciudadana: A.T.M., titular de la cedula de identidad N° 7.012830, y como Perito Avaluador al J.P.C., titular de la cedula de identidad N° 10.643.606, quienes exponen: “Aceptamos el cargo y juramos cumplir bien y fielmente con los deberes inherentes al mismo”. El tribunal acuerda habilitar todo el tiempo que sea necesario para continuar con la práctica de la medida siendo las doce y cuarenta y cinco (12:45 pm). A continuación se requiere de la representante de la depositaria judicial practique inventario de bienes existentes en el inmueble a fin de realizar deposito necesario de los mismos. Seguidamente la representante de la depositaria interviene y expone: “Informo al Tribunal que lo único que se encontró en el inmueble objeto de juicio se describe en el inventario siguiente: 1) Una bolsa conteniendo diez (10) conjuntos para niños de diferentes tallas y colores, avaluado en cien bolívares (Bs.100,oo) la bolsa, 2) una bolsa conteniendo veinte y siete (27) guardacamisas de color blanco de diferentes tallas, avaluado en ciento veinte bolívares (Bs.120,oo), 3) Una bolsa conteniendo veinte y ocho (28) guardacamisas de diferentes colores y diferentes tallas, avaluado en doscientos ochenta bolívares la bolsa (Bs.280,oo), 4) Una bolsa conteniendo diez (10) franelitas para niños de diferentes tallas y colores, avaluado en cien bolívares la bolsa (Bs.100,oo), 5) Una bolsa conteniendo veinte (20) short para niños de diferentes tallas y colores, avaluado en doscientos bolívares la bolsa (Bs.200,oo), 6) Una bolsa conteniendo veinte (20) short de diferentes modelos tallas y colores, avaluados en doscientos bolívares la bolsa (Bs.200,oo), 7) Una bolsa conteniendo veinte (20) short de diferente tallas, modelos y colores, avaluados en doscientos bolívares la bolsa (Bs.200,oo), 8) Una bolsa conteniendo treinta y dos (32) bermudas de diferentes tallas y colores, avaluada en trescientos bolívares la bolsa (Bs.300,oo), 9) Una bolsa conteniendo veinte y dos (22) licras diferentes colore, tallas y modelos, avaluada en doscientos bolívares la bolsa (Bs.200,oo), 10) Una bolsa conteniendo veinte (20) monos deportivos para damas de diferentes colores, modelos y tallas, avaluada en doscientos bolívares la bolsa (Bs.200,oo), 11) Una bolsa conteniendo catorce (14) monos deportivos de damas de diferentes colores, modelos y tallas, avaluado en ciento cuarenta bolívares (Bs.140,oo), la bolsa, 12) Una bolsa conteniendo veinte (20) chemise, de diferentes colores, tallas y modelo, avaluado en doscientos bolívares la bolsa (Bs.200,oo), 13) Una bolsa conteniendo doce (12) chemise de diferentes colores, tallas y modelos, avaluado en ciento veinte bolívares la bolsa (Bs.120,oo), 14) Una bolsa conteniendo veinte (20) chemise de diferentes tallas, modelos y colores, avaluados en doscientos bolívares la bolsa (Bs.200,oo), 15) Una bolsa conteniendo nueve (09) conjuntos deportivos para damas de diferentes tallas, colores y modelos, avaluado en noventa bolívares la bolsa (Bs.450,oo), 16) una bolsa conteniendo veinte (20) monos para caballeros deportivos, de diferentes colores, tallas y modelos, avaluados en cuatrocientos bolívares la bolsa (Bs.400,oo), 17) Una bolsa conteniendo veinte (20) monos para caballeros de diferentes colore, tallas y modelos, avaluado en cuatrocientos bolívares (Bs.400,oo), la bolsa, 18) Una bolsa conteniendo cinco (05) chemise para damas de diferentes colores, tallas y marcas, avaluada en cincuenta bolívares la bolsa (Bs.50,oo), 19) Una bolsa conteniendo catorce franelas para damas, de diferentes colores, tallas y marcas, avaluada en ciento cuarenta bolívares la bolsa (Bs.140,oo), 20) Una bolsa conteniendo cincuenta (50) pares de chancletas plásticas de diferentes tallas, colores y modelos, avaluado en cincuenta bolívares la bolsa (Bs.50,oo), 21) Una bolsa conteniendo cincuenta (50) pares de chancletas sintéticas de diferentes tallas, modelo y colores, avaluadas en cincuenta bolívares la bolsa (Bs.50,oo), 22) Una bolsa conteniendo cincuenta (50) pares de chancletas sintéticas de diferentes tallas, modelos y colores, avaluada en cincuenta bolívares la bolsa (Bs.50,oo), 23) Un bolsa conteniendo cincuenta (50) pares de chancletas de diferentes tallas, modelos y colores, avaluados en cincuenta bolívares la bolsa (Bs.50,oo), 24) Una bolsa conteniendo cincuenta (50) pares de chancletas de diferentes tallas, colores y modelos, avaluadas en cincuenta bolívares la bolsa (Bs.50,oo), 25) Una bolsa conteniendo cincuenta (50) pares de chancletas de diferentes tallas, modelos y colores, avaluadas en cincuenta bolívares la bolsa (Bs.50,oo), 26) Una bolsa conteniendo cincuenta (50) pares de chancletas de diferentes tallas, modelos y colores, avaluado en cincuenta bolívares la bolsa (Bs.50,oo), 27) Una bolsa conteniendo cincuenta (50) pares de chancletas de diferentes tallas, colores y modelos, avaluado en cincuenta (Bs.50,oo) la bolsa, 28) Una bolsa conteniendo cincuenta (50) pares de chancletas de diferentes tallas, colores y modelos, avaluados en cincuenta bolívares la bolsa (Bs.50,oo), 29) Una bolsa conteniendo cincuenta (50) pares de chancletas de diferentes tallas, modelos y colores, avaluado en cincuenta bolívares (Bs.50,oo) la bolsa, 30) Una bolsa conteniendo cincuenta (50) pares de chancletas de diferentes tallas, modelos y colores avaluadas en cincuenta bolívares la bolsa (Bs.50,oo), 31) Una bolsa conteniendo cincuenta (50) pares de chancletas de diferentes tallas, modelos y colores avaluados en cincuenta bolívares la bolsa (Bs.50,oo), 32) una bolsa conteniendo treinta (30) pares de chancletas, de diferentes colores, tallas y modelos, avaluados en treinta bolívares la bolsa (Bs.30,oo), 33) Una bolsa conteniendo cincuenta (50) pares de sandalias en material sintético, de diferentes tallas, modelos y marcas, avaluados en ciento cincuenta bolívares (Bs.150,oo) la bolsa, 34) Veinte (20) cajitas de cartón en bolsa conteniendo sandalias sintéticas marca Valeria, de diferentes números, modelos y colores, avaluadas en cuatrocientos bolívares (Bs.400,oo), 35) Catorce (14) cajitas conteniendo pares de sandalias sinteticas marca Valeria de diferentes tallas, colores y modelos, avaluadas en ciento cuarenta bolívares la bolsa (Bs.140,oo), 36) Siete (07) cajitas conteniendo sandalias sintéticas marca gosh, en diferentes números, modelos y colores, avaluadas en cien bolívares (Bs.100,oo), 37) Once (11) cajitas conteniendo zapatos para bebes de diferentes números, modelos y colores (apolito, kimmy, happy face), avaluado en doscientos cincuenta bolívares la bolsa (Bs.250,oo), 38) Una bolsa conteniendo diez y seis (16) pares de alpargata, de color negro de diferentes números, avaluados en trescientos bolívares la bolsa (Bs.300,oo), 39) Un paraban en material de aluminio y hierro bastante usado, avaluado en cien bolívares (Bs.100,oo), 40) Cuatro burros en material de hierro bastante usado, con tres tablas avaluado en ciento cincuenta bolívares (Bs.150,oo), 41) Dos bancos en material de hierro color blanco de aproximadamente tres metros con su respetiva tabla, muy usado, avaluado en doscientos bolívares (Bs.200,oo). 42) Una bolsa conteniendo 14 conjuntos para niñas de diferentes colores tallas y modelos, avaluados en ciento cuarenta bolívares (Bs 140,oo) 43) Una bolsa conteniendo cincuenta pares de zapatos en material plástico de diferentes números modelos marcas y colores avaluada en (Bs 300,oo) en su totalidad. 44) Una bolsa conteniendo 37 pares de zapatos para niñas o de diferentes números modelos y marcas avaluada en (Bs 500,oo) en su totalidad.45) Una bolsa conteniendo 46 pares de sandalias sintéticas para damas de diferentes números modelos marcas y colores avaluada en (Bs 460,oo) en su totalidad. 46) Una bolsa conteniendo 28 pares de sandalias sintéticas para damas de diferentes números modelos marcas y colores avaluada en (Bs 280,oo) la bolsa en su totalidad. 47) Una bolsa conteniendo 50 pantalones para damas de diferentes tallas, modelos, marcas y colores avaluada en (Bs 250,oo) la bolsa en su totalidad. 48) Una bolsa conteniendo 55 bermudas para caballero de diferentes tallas, modelos, marcas y colores avaluada en (Bs 550,oo) la bolsa en su totalidad.49) Un estante de metal se seis entrepaño bastante usado avaluado en (Bs 100,oo) . 50) Una bolsa conteniendo 11 chemisse para caballeros de diferentes tallas, marcas y colores avaluado en (Bs 200,oo) la bolsa en su totalidad. 51) Una bolsa conteniendo 25 chemisse para damas de diferentes tallas, marcas y colores avaluado en (Bs 250,oo). 52) Una bolsa conteniendo 11 monos deportivos para damas de diferentes tallas, marcas y colores avaluado en (Bs 150,oo) la bolsa. 53) Una bolsa conteniendo 14 conjuntos para niñas de diferentes tallas, marcas y colores avaluado en (Bs 140,oo) la bolsa. 54) Una bolsa conteniendo 50 monos escolares azules de diferentes tallas, avaluado en (Bs 150,oo) la bolsa. 55) Una bolsa pequeña conteniendo 15 blusas para damas de diferentes tallas, marcas y colores avaluado en (Bs 150,oo) la bolsa. 56) Una bolsa pequeña conteniendo 15 franelas para niños de diferentes tallas, marcas y colores avaluado en (Bs 150,oo) la bolsa. 57) Una bolsa pequeña conteniendo 15 franelas para niñas de diferentes tallas, marcas y colores avaluado en (Bs 150,oo) la bolsa. 58) Una bolsa conteniendo 23 pantalones para damas de diferentes tallas, marcas y colores avaluado en (Bs 230,oo) la bolsa. 59) Dos estantes en material de metal bastante deteriorados compuesto de seis entrepaños avaluado en (Bs 100,oo) en su totalidad. 60) Una bolsa conteniendo 73 conjuntos para niñas de diferentes tallas, marcas y colores avaluado en (Bs 300,oo) la bolsa. 61) Una bolsa pequeña conteniendo 16 monos deportivos para hombres de diferentes tallas, marcas y colores avaluado en (Bs 160,oo) la bolsa. 62) Una bolsa pequeña conteniendo 25 pares de medias para caballero de diferentes colores y marcas avaluado en (Bs 120,oo) la bolsa.63) Una bolsita pequeña conteniendo 15 monos deportivos para niños de diferentes tallas, marcas y modelos avaluado en (Bs 150,oo) la bolsa. 64) Una bolsa conteniendo 26 monos deportivos para niños de diferentes tallas, marcas y modelos avaluado en (Bs 150,oo) la bolsa. 65) Una bolsita pequeña conteniendo 5 dormilonas de diferentes tallas, marcas y modelos avaluado en (Bs 150,oo) la bolsa. 66) Dos tarantines para rropa bastante deteriorados avaluados en (Bs 100,oo) 67) Dos estructuras de hierro bastante deterioradas avaluadas en (Bs 100,oo). 68) Dos estructuras pequeñas de hierro bastante deterioradas avaluadas en (Bs 100,oo). 69) Un ventilador marca FM completamente deteriorado desconociendo su funcionamiento y vicios ocultos (Bs 30,oo). 70) Una bolsa conteniendo 26 pares de chancletas sintéticas de diferentes números marcas y modelos avaluado en (Bs 150,oo) la bolsa. 71) Una bolsa conteniendo 15 piezas impares de chancletas y zapatos sintéticos de diferentes números marcas y modelos avaluado en (Bs 5,oo) la bolsa. 72) Una bolsa pequeña conteniendo 25 pares de zapatos para niñas sintéticos de diferentes números avaluada en (Bs 120,oo) la bolsa. 73) Una caja conteniendo ganchos para ropa avaluada en (Bs 120,oo) la bolsa. 74) Una caja registradora marca NASCO, modelo NR110, serial SB243290, muy usada desconociendo su estado de funcionamiento y vicios ocultos avaluada en (Bs 250,oo). 75) Dos pasaporte de la República de Colombia. El perito avaluador interviene y expone: “Informo al tribunal que los bienes anteriormente descritos arrojan un total de doce mil cuatrocientos sesenta y cinco bolívares (Bs.12.465,oo). Seguidamente el tribunal hace entrega de los bienes muebles antes inventariados para depósito judicial necesario a la representante de la depositaria judicial designada quien expone: “Recibo conforme para mi representada los bienes anteriormente inventariados para su guarda custodia en calidad de depósito judicial necesario, pero dejo constancia que el material empleado para su confección están sujetos a sufrir deterioro dejando constancia que los bienes son pantuflas, zapatos, sandalias en material sintético y goma, todos productos de imitación, y en cuanto al pago de los emolumentos y tazas que se deriven de esta medida deben cancelado por el solicitante de la misma, es todo” . A continuación el Tribunal Actuando en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley pone el inmueble objeto de la presente demanda en posesión de los ciudadanos LISSETH MENTADO GUANAGUANAY Y L.V.O., identificados en autos, quienes exponen: “Recibimos el inmueble objeto de juicio desocupado de muebles y personas, en condiciones de hacerle mantenimiento de pintura y limpieza e igualmente nos comprometemos a cancelar los emolumentos derivados de la presente actuación.” El tribunal deja constancia que cuenta con la c.p. de dos funcionarios adscritos a la Policía del estado Carabobo al mando de La cabo primero, C.E. placa 2422. El tribunal considera cumplida su misión acuerda remitir las actuaciones al comitente, da por concluido el acto y se restituye a su sede. Es todo. Terminó, se leyó y conformes firman, siendo las dos y treinta (02:30) de la tarde.-

La Juez titular

Abog. Lucia D’Angelo Los abogados actores

Cerrajero

La c.P.

Depositaria Judicial

Perito avaluador

La Secretaria

Com. 3497.10

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