Decisión de Juzgado del Municipio Diego Ibarra de Carabobo, de 4 de Febrero de 2014
Fecha de Resolución | 4 de Febrero de 2014 |
Emisor | Juzgado del Municipio Diego Ibarra |
Ponente | Angel Leonardo Ansart |
Procedimiento | Consignacion Canones De Arrendamiento |
JUZGADO DEL MUNICIPIO DIEGO IBARRA DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO CARABOBO.- Mariara, 04 de Febrero de 2014
202° y 153°
Por recibida la anterior Solicitud de Consignación Arrendataria y sus anexos, suscrita por el ciudadano: L.E.S.G., venezolano, titular de la cédula de identidad Nº. 3.849.591, asistido por el Abogado: J.L.S.C., inscrito en el Inpreabogado bajo el Nº 182.235, en fecha 22 de Enero de 2014, donde consigna planilla de Deposito N°. 16502350, del Banco de Venezuela, depositado en la cuenta corriente de este Tribunal, por la cantidad de: SEIS MIL SEICIENTOS BOLIVARES SIN CENTIMOS (Bs. 6.600,00), por concepto de Pago de Arrendamiento correspondiente a los Meses de: DICIEMBRE DEL 2013 Y ENERO DE 2014, en beneficio del ciudadano: J.G.S., titular de la cédula de identidad Nº 7.264.491. Désele entrada, asígnesele número, anótese en los libros respectivos. Se ADMÍTE cuanto ha lugar en derecho, la presente Solicitud de Consignación de Arrendamiento, en razón de las consignaciones mensuales de alquiler que ha de depositar, al ciudadano L.E.S.G., venezolano, titular de la cédula de identidad Nº. 3.849.591, en su carácter de arrendatario, en beneficio del ciudadano: J.G.S., titular de la cédula de identidad Nº 7.264.491, Notifíquese a la parte beneficiaria mediante boleta. Haciéndosele saber a la parte interesada la obligación que tiene de sufragar los emolumentos del Alguacil de este Tribunal, a los fines de la práctica de la notificación ordenada, todo de conformidad con el Articulo 12 de la Ley de Arancel Judicial y sentencia Nº 537 de fecha 06 de Julio del 2004, emanada de la Sala Civil del Tribunal Supremo de Justicia. Cúmplase con lo ordenado. Líbrese Recibo y Boleta.
El Juez Titular,
Dr. A.L.A.
El Secretario Titular
Abg. J.P.P.T..
En la misma fecha se cumplió con lo ordenado en el auto anterior, se le dio entrada bajo el Nº 325-14, se libro Recibo y Boleta.
El Secretario Titular
Abg. J.P.P.T.
Exp. Nº 325-14
ALA/JPPT/Oswaldo
P.P.W:-----------------
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