Decisión nº S-N de Juzgado Primero Ejecutor de Medidas de los Municipios Maracaibo, Jesús Enrique Lossada, San Francisco, Mara, Almirante Padilla y Páez de Zulia, de 11 de Junio de 2013

Fecha de Resolución11 de Junio de 2013
EmisorJuzgado Primero Ejecutor de Medidas de los Municipios Maracaibo, Jesús Enrique Lossada, San Francisco, Mara, Almirante Padilla y Páez
PonenteMartha Elena Quivera
ProcedimientoDivorcio

REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

Juzgado Primero Ejecutor de Medidas de los Municipios

Maracaibo, J.E.L., San Francisco, Mara, Páez y Almirante Padilla

Circunscripción Judicial del Estado Zulia

COMISION No. 5.685.-

En el día de hoy, 11 de Junio del año dos mil trece, siendo las 10:30 AM de conformidad con lo acordado, se trasladó y constituyó este JUZGADO PRIMERO EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS MARACAIBO, J.E.L., SAN FRANCISCO, MARA, ALMIRANTE PADILLA Y PÁEZ DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA, en la sede de la Empresa PETROBOSCAN, ubicada en el Kilómetro 3 Vía Perijá, Sector Carro Chocado, jurisdicción del Municipio San F.d.E.Z., a objeto de llevar a efecto la medida preventiva de Embargo decretada por el TRIBUNAL DE PROTECCION DE NIÑOS, NIÑAS Y ADOLESCENTES DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA. SALA DE JUICIO – JUEZ UNIPERSONAL No. 01. EXP: No. 24174. Con motivo del Juicio de DIVORCIO ORDINARIO sigue la ciudadana MAGGALY PEÑA MELO, portadora de la Cédula de Identidad No. V- 7.816.509, en contra del ciudadano I.J.A., portador de la Cédula de Identidad No. V- 5.820.036.- En este estado presente el ciudadano (a): Y.R., titular de la Cédula de Identidad No. V-11.046.986, quién se identifico con el carácter de ANALISTA DE GESTION. El Tribunal le notificó que el Juzgado de la causa decretó Medida de Embargo Provisional sobre: A) EL CINCUENTA POR CIENTO (50%) del sueldo que devenga el ciudadano I.J.A., como obrero de la Empresa PETROBOSCAN, la cual es filial de la Empresa Petróleos de Venezuela S.A (PDVSA).- B) EL CINCUENTA POR CIENTO (50%) sobre las utilidades o bonificaciones especiales de fin de año.- C) EL CINCUENTA POR CIENTO (50%) sobre las Vacaciones.- D) EL CINCUENTA POR CIENTO (50%) sobre el Bono por servicio.- E) EL CINCUENTA POR CIENTO (50%) sobre Bono de incremento de salario por Decreto Presidencial.- F) EL CINCUENTA POR CIENTO (50%) sobre las Prestaciones Sociales y Caja de Ahorros que perciba el ciudadano I.J.A., antes identificado, como obrero de la Empresa PETROBOSCAN, la cual es filial de la Empresa Petróleos de Venezuela S.A (PDVSA).- ESTE TRIBUNAL PRIMERO EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS MARACAIBO, J.E.L., SAN FRANCISCO, MARA, ALMIRANTE PADILLA Y PAEZ DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA, EN NOMBRE DE LA REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY DECLARA EMBARGADO PROVISIONALMENTE las siguientes cantidades: A) EL CINCUENTA POR CIENTO (50%) del sueldo que devenga el ciudadano I.J.A., como obrero de la Empresa PETROBOSCAN, la cual es filial de la Empresa Petróleos de Venezuela S.A (PDVSA).- B) EL CINCUENTA POR CIENTO (50%) sobre las utilidades o bonificaciones especiales de fin de año.- C) EL CINCUENTA POR CIENTO (50%) sobre las Vacaciones.- D) EL CINCUENTA POR CIENTO (50%) sobre el Bono por servicio.- E) EL CINCUENTA POR CIENTO (50%) sobre Bono de incremento de salario por Decreto Presidencial.- F) EL CINCUENTA POR CIENTO (50%) sobre las Prestaciones Sociales y Caja de Ahorros que perciba el ciudadano I.J.A., antes identificado, como obrero de la Empresa PETROBOSCAN, la cual es filial de la Empresa Petróleos de Venezuela S.A (PDVSA).- Las cantidades a retener establecidas en los literales “A, B, C, D, y E” deberán ser entregadas directamente a la ciudadana MAGGALY PEÑA MELO, titular de la Cédula de Identidad No. 7.816.509, en cheque de gerencia a nombre de la misma y la cantidad contenida en el literal “F” deberá ser remitida en Cheque de Gerencia a nombre del TRIBUNAL DE PROTECCION DE NIÑOS, NIÑA, Y ADOLESCENTE DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA. SALA DE JUICIO – JUEZ UNIPERSONAL NO. 01. EXP. No. 24174.- Solo se reciben Cheques MARTES Y JUEVES.- En este estado el (la) notificado (a), anteriormente identificada con el carácter antes indicado, expuso: En nombre de mí representada, me doy por notificado (a) de la presente Medida, a reserva de verificar si el ciudadano demandado, antes identificado presta o prestó servicios para la Empresa que represento, a los fines de dar perfecto cumplimiento a la medida decretada por el Juzgado de la causa de las cuales doy a mi representada por notificada. Este Tribunal Ejecutor deja expresa constancia de que no ha recibido pago ni dadiva alguna en el cumplimiento de sus funciones, de conformidad con lo establecido los artículos 26, 254 de la Constitución de la Republica Bolivariana de Venezuela y el Artículo 9° de la Ley Orgánica de Protección del Niños, Niñas y Adolescente, y, así lo hacen constar las partes intervinientes.- Se ordena expedir copia de la presente Acta y su entrega a la persona notificada. Es todo, terminó, se leyó y conformes firman, siendo las 11:05 AM.

LA JUEZ

DRA. MARTHA ELENA QUIVERA

EL NOTIFICADO (A) EL SECRETARIO:

ABOG. ANIBAL A. PERNIA P.-

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