Decisión de Juzgado Ejecutor de Medidas de los Municipios San Fernando y Biruaca de Apure, de 28 de Mayo de 2012

Fecha de Resolución28 de Mayo de 2012
EmisorJuzgado Ejecutor de Medidas de los Municipios San Fernando y Biruaca
PonenteFrancisco Padrón
ProcedimientoInspección Judicial

Comisión Nº S- 12- 19.-

En el día de hoy, lunes veintiocho (28) de mayo del año Dos Mil Doce (2.012), siendo las 9:00 a.m., conforme a lo acordado en el auto anterior, se trasladó y constituyó el JUZGADO EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS SAN FERNANDO Y BIRUACA DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO APURE, conformado por el Juez Temporal Abg. F.J.P., la Secretaria Titular Abg. M.M.A. T. y el Alguacil Titular J.A.E., en la Sociedad Mercantil Centro de Especialidades y Cuidado de Enfermería “ El bienestar, C.A. “, ubicado en la Calle Muñoz, Municipio San Fernando, Estado Apure, con la finalidad de practicar la INSPECCIÓN OCULAR, librada por el Juzgado de Municipio San Fernando de la Circunscripción Judicial del Estado Apure, solicitada por el ciudadano Abogado en ejercicio M.S.P.B., venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V-13.489.461, inscrito en el Inpreabogado bajo el Nº 91.568, en su carácter de Apoderado Especial de la ciudadana L.M.G.R., quien se encuentra presente en este acto. Compareció a prestar apoyo una Comisión Policial, conformada por dos (02) funcionarios de la Policía Bolivariana del Estado Apure. Se notifica de la misión del Tribunal, previa lectura del Despacho de Comisión a la ciudadana G.R.C.P., venezolana, mayor de edad, titular de la Cedula de Identidad Nº V-9.669.678, quien ocupa el cargo de Representante Legal de la Empresa Sociedad Mercantil Centro de Especialidades y Cuidado de Enfermería “El bienestar, C.A. “. Acto seguido el Tribunal pasa a dejar constancia de los particulares a que se contrae la solicitud de la siguiente forma: AL PARTICULAR PRIMERO: El Tribunal deja constancia de la existencia de los bienes muebles en la Oficina donde se encuentra constituido de la siguiente forma: 1.- Dos (02) camillas. 2.- Tres (03) papeleras de plástico. 3.- Una (01) cafetera, marca MKTECH. 4.- Utensilios varios, cucharillas, vasos, potes de café y azúcar). 5.- Cinco (05) mesones pequeños con pie de amigo. 6.- Un (01) Esterilizador. 7.- Un (01) lector de radiografía. 8.- Cuatro (04) mesas. 9.- Una (01) silla de madera grande. 10.- Tres (03) nebulizadores. 11.- Un (01) radio pequeño, marca ROYAL. 12.- Dos (02) sillas plásticas. 13.- Un (01) reloj de pared. 14.- Una (01) lámpara eléctrica. 15.- Una (01) vitrina con medicamentos e insumos varios. 16.- Una (01) bombona de oxigeno. 17.- Una (01) camilla ginecológica. 18.- Un (01) aire acondicionado, marca GPlus, de 14.000BTU. 19.- Tres (03) juegos de cortinas. 20.- Dos (02) taburetes, uno de madera y uno de hierro. 21.- Un (01) juego de comedor de cuatro (04) sillas. 22.- Tres (03) sillas ejecutivas de color azul. 23.- Una (01) escalera plástica de dos pisos. 24.- Un (01) peso de pie. 25.- Dos (02) sillas ejecutivas de color negro. 26.- Una (01) cartelera informativa. 27.- Una (01) computadora, marca AOC con monitor, CPU, impresora, cuatro cornetas pequeñas, un regulador de voltaje. 28.- Un (01) enfriador de agua, marca GPlus. 29.- Un (01) archivador de cuatro bandejas. 30.- Un (01) aire acondicionado, marca Frigilux, de 11.000BTU 31.- Un (01) televisor, marca EMERSON. Tres (03) cuadros pequeños. 32.- Un (01) teléfono de oficina. 33.- Carpetas varias. 34.- Una (01) bomba de agua pequeña. 35.- Poceta y lavamanos en buen estado. AL PARTICULAR SEGUNDO: El Tribunal deja constancia que la notificada manifiesta que los Libros de activos y pasivos de la Empresa no se encuentran en la oficina donde esta constituido el mismo. AL PARTICULAR TERCERO: El Abogado Solicitante pide el derecho de palabra y concedídole como le fue: Expuso: Si la ciudadana G.R.C.P., antes identificada, tiene conocimiento de donde se encuentra la ciudadana L.M.G.R. y que si en algún momento esta ciudadana le ha ofrecido en venta las acciones de la Empresa? Quien responde lo siguiente: No tengo conocimiento donde se encuentra la ciudadana L.M.G.R. y si me ha ofrecido en venta las acciones de la Empresa: Se deja expresa constancia, que la practica de la presente Medida no causo ningún tipo de tasas, aranceles o pago alguno para este Tribunal, de conformidad con lo establecido en la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela. No siendo otra la misión del Tribunal, da por terminado el acto y ordena el regreso a su sede natural siendo las 11:15 a.m. Es todo, terminó, se leyó y conformes firman.-

El Juez Temporal.

Abg. F.J.P..

El Abogado Solicitante.

Abg. M.S.P.B.

La Notificada,

G.R.C.P.

El Jefe de la Comisión Policial

OFICIAL. EGDUAR OLIVARES.

C.I. V- 18.328.834

El Alguacil Titular.

J.A.E..

La Secretaria Titular.

Abg. M.M.A. T.

Comisión Nº S- 12- 19.-

Af.-

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