Decisión nº 2229 de Juzgado del Municipio San Fernando de Apure de Apure, de 24 de Septiembre de 2012

Fecha de Resolución24 de Septiembre de 2012
EmisorJuzgado del Municipio San Fernando de Apure
PonenteEumely Sanchez
ProcedimientoTitulo Supletorio

REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

EN SU NOMBRE

JUZGADO DEL MUNICIPIO SAN FERNANDO DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO APURE

San F.d.A., 24 de Septiembre de 2012

202° y 153°

Vista la Solicitud presentada por la ciudadana M.C.G.L., venezolana, mayor de edad, soltera, titular de la Cédula de Identidad N°. V- 12.097.892, de este domicilio, signada con el N°. 2.012- 734; quien ha solicitado les sean declaradas suficientes las probanzas evacuadas para asegurarse la propiedad y otros derechos sobre las bienhechurías que describe en su Solicitud.- Vistas y oídas como fueron las mismas, así como las declaraciones de los testigos que se ordenó evacuar y encontradas conformes.- Este Juzgado del Municipio San Fernando de la Circunscripción Judicial del Estado Apure, de conformidad con lo dispuesto en el Artículo 937 del Código de Procedimiento Civil y sin perjuicio de terceros de igual o mejor derecho, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela, y por autoridad de la Ley, DECLARA: TITULO SUPLETORIO DE PROPIEDAD Y POSESIÓN, suficiente sobre las bienhechurías denominadas “CONJUNTO HABITACIONAL VILLA MARIA”. construidas sobre una superficie de terreno propiedad de la Solicitante, según COPIA CERTIFICADA DE DOCUMENTO DE COMPRA VENTA registrado por ante la Oficina de Registro Público del Municipio San F.d.E.A., en fecha 26 de Junio de 2.006, bajo el N°. 20, Folios 129 al 135, Protocolo Primero, Tomo Trigésimo Segundo, Segundo Trimestre del año 2.006, y DOCUMENTO DE PARCELAMIENTO, registrado por ante la Oficina Subalterna de Registro Público del Municipio San Fernando, Estado Apure, en fecha 16 de Agosto de 2.006, bajo el N°. 45, Folios 327 al 333, Protocolo Primero, Tomo Décimo Séptimo, Tercer Trimestre del año 2006, conjuntamente con CEDULA CATASTRAL presentados en originales para su vista y devolución; constante de: CUATROCIENTOS DOCE METROS CUADRADOS CON CINCUENTA CENTIMETROS (412,50 M2), ubicado en el Sector La Milagrosa con paseo Libertador, de esta ciudad de San Fernando, Estado Apure, comprendido dentro de los siguientes linderos generales, NORTE: Terreno del Parque; SUR: Avenida Caracas; ESTE: Vereda, y OESTE: Con Parcela donada a L.Á., consistentes en una Edificación dividida en TRES (03) TOWN HOUSE descritos así: TOWN HOUSE UNO: Construido en estructura conformada por columna en la parte del Primer y Segundo Piso, estructura de pórtico con fundaciones directas, pedestales, vigas de riostra, vigas de carga y amarre, losa nervada y escaleras; Losa de entrepiso es de nervio prefabricado y piñatas de Aliven, pavimento de concreto revestido con cerámica, paredes en bloque de arcilla rojo, friso liso y perlita asentada, m.d.p. en perfiles de hierro y puerta de madera, la puerta principal y la puerta del patio son de hierro, protectores de ventana de hierro con ventana panorámica, Dos (2) Salas de Baño acabados piso y paredes en cerámica, Cocina Empotrada y acabado en paredes y topes en cerámica, Sistema de Electricidad Empotrado. SEGUNDA PLANTA: Techo de machihembrado y manto asfáltico. El área es de Ochenta y Un Metros Cuadrados con Setenta y Cinco Centímetros (81,75 Mts2), comprendida dentro de los siguientes linderos: NORTE: Con terreno del Parque en Quince Metros (15,00 Mts); SUR: Con TOWN HOUSE Nº. 2, en Quince Metros (15,00 Mts); ESTE: Con Vereda en Cinco Metros con Cuarenta y Cinco Centímetros (5,45 Mts), y OESTE: Con Parcela de L.Á., en Cinco Metros con Cuarenta y Cinco Centímetros (5,45 Mts). TOWN HOUSE DOS: Construido en estructura formada por columna en la parte del Primer y Segundo Piso, estructura de pórtico con fundaciones directas, pedestales, vigas de riostra, vigas de carga y amarre, losa nervada y escaleras. Losa de entrepiso de nervio prefabricado y piñatas de Aliven, pavimento de concreto revestido con cerámica, Paredes en Bloque de Arcilla Rojo, Friso liso y perlita asentada, m.d.P. en perfiles de Hierro y Puerta de Madera, Puerta Principal y Puerta del Patio de Hierro, Protectores de Ventana de Hierro con Ventana Panorámica, Dos (2) Salas de Baño, acabados Piso y Paredes en Cerámica, Cocina Empotrada y acabado en paredes y Topes en Cerámica, Sistema de Electricidad Empotrado, Techo de la Segunda Planta de Machihembrado y Manto Asfáltico, en un área de Sesenta y Dos Metros Cuadrados con Veinticinco Centímetros (62,25 Mts2), comprendida dentro de los siguientes linderos: NORTE: Con Town House UNO, en Quince Metros (15,00 Mts); SUR: Con Town House TRES, en Quince Metros (15,00 Mts); ESTE: Con Vereda, en Cuatro Metros con Quince Centímetros (4,15 Mts), y OESTE: Con Parcela de L.Á., en Cuatro Metros con Quince Centímetros (4,15 Mts). TOWN HOUSE TRES: Construido en estructura formada por columna en la parte del Primer y Segundo Piso, estructura de pórtico con fundaciones directas, pedestales, Vigas de Riostra, Vigas de carga y amarre, Losa nervada y escaleras.- La losa de entrepiso de nervio prefabricado y piñatas de Aliven, pavimento de Concreto revestido con Cerámica, paredes en Bloque de Arcilla Rojo, Friso liso y perlita asentada, M.d.P. en Perfiles de Hierro y Puerta de Madera, Puerta Principal y Puerta del patio de Hierro, Protectores de Ventana de Hierro con Ventana panorámica, Dos (2) Salas de Baño Piso y Paredes en Cerámica, Cocina Empotrada y acabada sus Paredes y Topes en Cerámica, Sistema de Electricidad Empotrado, Techo de la Segunda Planta de Machihembrado y Manto Asfáltico. Área de Ochenta y Un Metros Cuadrados con Setenta y Cinco Centímetros (81,75 Mts2), comprendida dentro de los siguientes linderos: NORTE: Con Town House DOS, en Quince Metros (15,00 Mts) SUR: Con lote de terreno distinguido como N°. 02, destinado a construcción de Edificio, en Quince Metros (15,00 Mts) ESTE: Con Vereda, en Cinco Metros con Cuarenta y Cinco Centímetros (5,45 Mts) y OESTE: Con Parcela de L.Á., en Cinco Metros con Cuarenta y Cinco Centímetros (5,45 Mts), en las cuales se ha invertido la cantidad de OCHENTA Y CINCO MIL OCHOCIENTOS OCHENTA Y CINCO BOLIVARES (Bs. 85.885,00) fomentadas a las únicas y propias expensas de la ciudadana M.C.G.L., plenamente identificada en el escrito de Solicitud. Se ordena devolver estas resultas a la Solicitante.-

La Juez,

Abg. EUMELY J. S.M..

La Secretaria,

Abg. P.M.S.D..

En esta misma fecha se devuelven las presentes actuaciones a la interesada, constante de: ( ) folios útiles y, quedó anotada en el punto N°. , al folio

del Libro Diario.

La Secretaria,

Abg. P.M.S.D..

SOLICITUD N°. 12- 734.-

EJSM/pmsd/mder.-

Doy fe de la exactitud de las copias que anteceden, las certifico de orden del Tribunal, en San F.d.A. a los Veinticuatro (24) días del mes de Septiembre del año Dos Mil Doce (2012).- Años: 202º de la Independencia y 153° de la Federación.

La Secretaria,

Abg. P.M.S.D..

SOLICITUD N°. 12- 734.-

EJSM/pmsd/mder.-

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