Decisión nº AP31-S-2014-000101 de Juzgado de Municipio Cuarto Ejecutor de Medidas de Caracas, de 22 de Enero de 2014

Fecha de Resolución22 de Enero de 2014
EmisorJuzgado de Municipio Cuarto Ejecutor de Medidas
PonenteCarlos Martinez Peraza
ProcedimientoTitulo Supletorio

REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

JUZGADO VIGÉSIMO OCTAVO DE MUNICIPIO DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL AREA METROPOLITANA DE CARACAS

Caracas, 22 de Enero 2014

Años: 203º y 154º

Vista la solicitud de TÍTULO SUPLETORIO que encabeza las presentes actuaciones, así como las testimoniales promovidas y evacuadas al efecto, este Tribunal sin perjuicio de tercero de igual o mejor Derecho, DECLARA TÍTULO SUPLETORIO SUFICIENTE O JUSTIFICATIVO JUDICIAL sobre las bienhechurías descritas en autos, de conformidad con lo preceptuado en los Artículos 936 y 937 del Código de Procedimiento Civil, a favor de los solicitantes M.L.R.B. y M.E.P.P., venezolanos, mayores de edad de este domicilio, casados y titulares de las Cédulas de Identidad Nros. V-6.847.913 y V-6.810.006 respectivamente. Devuélvase la presente solicitud original con sus resultas, previa anotación en el Libro Diario llevado por este Tribunal y dejándose copia certificada de este auto en el copiador de sentencia. Cúmplase.

EL JUEZ TITULAR,

ABG. C.M.P.

LA SECRETARIA,

ABG. R.V.V.

CMP/VV/br

ASUNTO N° AP31-S-2014-000101

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