Decisión de Juzgado Ejecutor de Medidas de los Municipios Jumin, Rafael Urdaneta y Cordoba de Tachira, de 11 de Mayo de 2005

Fecha de Resolución11 de Mayo de 2005
EmisorJuzgado Ejecutor de Medidas de los Municipios Jumin, Rafael Urdaneta y Cordoba
PonenteJosé Valentin Torres Ramírez
ProcedimientoOposicion

DEMANDANTE: ABG. NORFIN V.C.N.

DEMANDADA: R.A.S.D.R.

MOTIVO: ENTREGA DE VEHICULOS

En el día de hoy, once (11) de mayo de dos mil cinco, siendo las 11:10 a.m., se trasladó y constituyó el Juzgado Ejecutor de Medidas de los Municipios Junín, R.U. y Córdoba de la Circunscripción Judicial del Estado Táchira, en la sede del Estacionamiento VIVAS, en Rubio, Municipio Junín, Estado Táchira, a los fines de practicar ENTREGA DE VEHICULO, comisionada por el Juzgado Tercero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Táchira. Estando en compañía del Ciudadano O.C.M., venezolano, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad Nro. V.- 1.558.876 asistido por la Abogada C.J.Z., inscrita en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el Nro. 61.842. En este estado se nombra como Perito Avaluador al Ciudadano R.D.C., venezolano, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad Nro. V.- 9.737.012, quien estando presente aceptó el cargo y previo juramento de ley entró en ejercicio de sus funciones. En este estado, solicita el derecho de palabra el Ciudadano O.C.M., asistido por la Abogada C.J.Z., ya identificados, y concedido como le fue expuso: “Solicito a este Tribunal se sirva realizar la entrega del vehículo descrito en la Comisión, así como también se le realice el peritaje respectivo, a fin de verificar su estado actual, es todo”. Visto lo solicitado por la Abogada asistente se acuerda de conformidad, en virtud de ello se ordena la entrega del vehículo descrito en la Comisión y se le ordena al Perito Avaluador nombrado en este acto, realice una descripción detallada de las características generales del vehículo, así como la identificación de sus seriales y otras señales identificatorias. Dando cumplimiento a lo ordenado por este Tribunal, el Perito Avaluador expuso: “Informo a este Tribunal que las características del vehículo al cual le he realizado el peritaje concuerdan con las establecidas en el exhorto, haciendo la salvedad de que dicho vehículo presenta un abollamiento en el capó al final en la parte del conductor, una de sus exploradoras está rota, también dentro del vehículo se encuentran su caucho de repuesto sir ring, un (01) gato, dos (02) tapas, las cuales pertenecen a los rines de dicha camioneta, además dicho vehículo presenta un rayón del lado derecho, no tiene tapa de gasolina, en general el vehículo se encuentra en buen estado de latonería y tapicería, haciendo la salvedad de que desconozco el funcionamiento de la parte eléctrico mecánica y que pudiesen faltar alguna de estas partes para el funcionamiento del mismo, es todo”. En este estado se hace presente la Ciudadana L.E.Q., en su carácter de Depositaria, quien solicitó el derecho de palabra y concedido como le fue expuso: “De conformidad con el artículo 49 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela, hago entrega voluntariamente del vehículo descrito en la Comisión y de conformidad con la Ley de Depósito Judicial presento la cuenta la cual asciende a la suma de DOS MILLONES SETECIENTOS CUARENTA Y OCHO MIL DOSCIENTOS BOLIVARES (Bs. 2.748.200,oo) que incluye tasas, emolumentos y grúa, los cuales deben ser cancelados por el obligado el Ciudadano NORFIN C.N., ya suficientemente identificado en el cuerpo principal del expediente, y a quien solicito de manera voluntaria proceda a hacer dicho pago, haciendo honor a su ética profesional y que resguarde su buen nombre ante la sociedad Rubiense a la cual pertenece, es todo”. En este estado solicita el derecho de palabra el Perito, solicitándole al Tribunal permiso para continuar con el Informe, y concedido como le fue expuso: “Informo a este Tribunal que debido a un error involuntario no identifiqué a cual de los vehículos pertenece la descripción anteriormente realizada, la cual es una camioneta marca Ford, modelo Bronco, placa Nro. 28P-AAS, color blanco y azul, con serial Nro. AJUINL27979, es todo”. En este estado siendo la 1:00 p.m., la depositaria judicial hace entrega de las llaves y del vehículo descrito por el Perito objeto de la Comisión, al Ciudadano O.C.M., ya identificado, quien recibe el vehículo a conformidad. Cumplida como ha sido la presente comisión se ordena que por Secretaría se de lectura a la presente acta y de no haber observación alguna se da por terminada y firmada por los presentes. Leída como ha sido la presente acta, se da por terminada la presente acta, y no habiendo observación alguna, se procede a firmar por los presentes y siendo la 1:15 p.m. se ordena el regreso del Tribunal a su sede definitiva. El Juez Provisorio: Abg, J.V.T.R. (fdo). Propietario del Vehículo: O.C.M. (fdo). Abogada Asistente: C.J.Z. (fdo). Perito Avaluador: R.D.C. (fdo). Depositaria: L.Q. (fdo). La Secretaria Temporal: Abg. M.M.R. (fdo).

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR