Decisión nº PJ0252014000034 de Juzgado Segundo del Municipio Heres de Bolivar, de 4 de Febrero de 2014

Fecha de Resolución 4 de Febrero de 2014
EmisorJuzgado Segundo del Municipio Heres
PonenteOrlando Torres Abache
ProcedimientoPartición Y Liquidación Bienes Comunidad Conyugal

REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL

JUZGADO SEGUNDO DEL MUNICIPIO HERES

PRIMER CIRCUITO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL

ESTADO BOLÍVAR

Ciudad Bolívar, 04 de Febrero de 2014

203º y 154°

RESOLUCIÓN N°: PJ0252014000034

ASUNTO: FP02-S-2014-000180

Vista la anterior solicitud de Petición y Liquidación de la Comunidad Conyugal de manera amistosa, presentada personalmente por sus firmantes, ciudadanos: O.J.P.H. y B.A.P.I., venezolanos, mayores de edad, con Cédula de Identidad Nos. V-15.637.181 y V-17.162.306, respectivamente y de este domicilio, debidamente asistidos por las abogadas en ejercicio C.L.R.S. y B.A.P.I., inscritas en el Inpreabogado bajo los Nº 170.259 y 138.582.

Y vista la sentencia definitivamente firme proferida por el Juzgado Primero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Agrario, Bancario y del T.d.P.C. de la Circunscripción Judicial del Estado Bolívar, correspondiente al asunto FP02-V-2011-001686 por motivo de la pretensión de Divorcio incoado por el ciudadano O.J.P.H. en contra de su cónyuge la ciudadana B.A.P.I., antes identificados, y efectuada la liquidación amigable que antecede, se admite y, se decreta la separación de bienes de la comunidad conyugal de los nombrados cónyuges, en atención a lo dispuesto en el artículo 762 del Código de Procedimiento Civil, proceden a la liquidación de los bienes de la sociedad conyugal en los términos que acordaron las partes.

En fuerza de las razones expuesta este Tribunal Segundo del Municipio Heres del Primer Circuito de la Circunscripción Judicial del Estado Bolívar, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara la Homologación de la liquidación de bienes conyugales en la forma y términos señalados en dicho escrito de LIQUIDACIÓN AMISTOSA. Así se decide. Se acuerda expedir por secretaria copias certificadas del escrito, inserto al folio dos (02) del presente asunto junto con la presente resolución.-

El Juez,

Abg. O.T.A.

La Secretaria,

Abg. E.C.S.

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