Decisión de Juzgado de los Municipios Obispos y Cruz Paredes de Barinas, de 17 de Mayo de 2010

Fecha de Resolución17 de Mayo de 2010
EmisorJuzgado de los Municipios Obispos y Cruz Paredes
PonenteChein Valbuena Perez
ProcedimientoDeclaracion De Unicos Y Universales Herederos

RÉPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

JUZGADO DE LOS MUNICIPIOS OBISPOS Y C.P.

DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL

ESTADO BARINAS

Obispos, 17 de Mayo de 2.010.-

200º y 151º

SOLICITANTE: J.M.Q.G..-

SOLICITUD DE: DECLARACIÓN DE ÚNICOS Y UNIVERSALES HEREDEROS: Nº 0998-10-

Vistas las anteriores actuaciones contentivas de la solicitud de declaración de únicos y universales herederos presentada por el ciudadano: J.M.Q.G., venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de Identidad N° V-15.672.981, asistido por la abogado en ejercicio: B.E.M.T., inscrita en el Inpreabogado bajo el N° 48.065, mediante la cual solicita la declaración de únicos y universales herederos de la de-cujus A.R.G.H., quien fuera venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de Identidad N°V- 2.729.011, fallecida abintestato en fecha 15 de Febrero del 2010, en el Hospital L.R., de la ciudad de Barinas, Estado Barinas.- Vistas igualmente las declaraciones rendidas por los ciudadanos: J.D.C.M. Y YUSMARY NOREXY ZAMBRANO RODRÍGUEZ, venezolanos, mayores de edad, titulares de las cédulas de Identidad N°s.V- 22.980.201 y V- 16.792.829, en su orden, en fecha 20/04/2.010, quienes manifestaron que conocieron de vista, trato y comunicación a la causante A.R.G.H., quien falleció ab-intestato el 15 de Febrero del 2.010, en el Hospital L.R., de la ciudad de Barinas, Estado Barinas; y que el ciudadano: J.M.Q.G., antes identificado, es el único y Universal heredero de la causante A.R.G.H. ; así como el cartel de emplazamiento ordenado y publicado en el diario local “De Frente”, en fecha 13 de Abril de 2.010, consignado en fecha 21/04/2.010, no compareciendo terceros interesados a formular oposición, ni a exponer sobre la solicitud. Dichas testimoniales se adminiculan a las copias certificadas de las actas de: defunción de la de-cujus A.R.G.H., asentada por ante la Prefectura de la Parroquia C.d.J., del Municipio Barinas del Estado Barinas, bajo el N° 114, de fecha 22/02/2.010; nacimiento del ciudadano: J.M.Q.G., asentado por ante el Registro Civil del Municipio C.P.d.E.B., bajo el N° 390, de fecha 17/11/1980, respectivamente; copias simples de las cédulas de identidad del ciudadano: J.M.Q.G. y de la causante: A.R.G.H., cursantes a los folios Cinco (05) y Seis (06) en su orden de la presente solicitud. En consecuencia, la declaración de únicos y universales herederos es procedente en derecho, razón por la cual este Juzgado de los Municipios

Obispos y C.P. de la Circunscripción Judicial del Estado Barinas, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela, por Autoridad de la Ley, y de conformidad con lo dispuesto en los artículos 807, 808, 823 y 824 del Código Civil, en concordancia con el artículo 936 del Código de Procedimiento Civil, declara como único y universal heredero de la de-cujus A.R.G.H., al solicitante ciudadano: J.M.Q.G., venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de Identidad N° V-15.672.981.- Se dejan a salvo los derechos de terceros. Así mismo se acuerda expedir las copias certificadas del presente decreto al solicitante, para lo cual se autoriza amplia y suficientemente al Ciudadano: E.A.M.D., Titular de la Cédula de Identidad NºV- 9.989.853, en su carácter de Alguacil Titular de éste Tribunal.- Devuélvase original con sus resultas al solicitante. Désele salida en el libro respectivo.- Diarícese. Cúmplase.-

EL JUEZ PROVISORIO.

ABG. CHEÍN DE J.V.P..

LA SECRETARIA

ABG. IVANELY MORENO HERRERA.

La Suscrita Secretaria Titular del Juzgado de los Municipios Obispos y C.P. de la Circunscripción Judicial del Estado Barinas, CERTIFICA: Que las anteriores copias que anteceden son traslado fiel y exacto de su original que las contiene, correspondiente a la decisión dictada por éste Juzgado en fecha 17-05-2.010, en la Solicitud de Declaración de Únicos y Universales Herederos, signado bajo el N° 0998-10, de la nomenclatura particular llevada por éste Tribunal durante el presente año.-

La Secretaria

Abg. Ivanely Moreno Herrera.

En esta misma fecha siendo la 12:30 P.M., se publicó y registró el presente Decreto.- Conste.-

Moreno. Scria.

Solic. Nº 0998-10.-

CHJVP//gr.-

17MAY2.010.-

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR