Decisión de Juzgado Segundo del Municipio Miranda de Falcon, de 2 de Mayo de 2011
Fecha de Resolución | 2 de Mayo de 2011 |
Emisor | Juzgado Segundo del Municipio Miranda |
Ponente | Zeneida Ramona Mora de López |
Procedimiento | Justificativo De Vehículo |
REPÙBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO SEGUNDO DEL MUNICIPIO MIRANDA DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO FALCON
S.A.d.C.; 02 de MAYO de 2011
Años: 200º y 152°
Visto la solicitud de JUSTIFICATIVO JUDICIAL DE VEHÍCULO y sus recaudos anexos, presentada en fecha 28/04/2011 por el (la) Ciudadano (a): O.S.M.M., venezolano (a), mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad Nº V-3.676.763, domiciliado en San Luís, Municipio Bolívar; asistido (a) por el (la) Abogado ANAH M.B.Q., Inpreabogado Nº 146.684. Se le da entrada quedando anotado con el Nº -2011, según la nomenclatura llevada por este Tribunal.
En tal sentido, analizada como fue la presente solicitud y los anexos que la acompañan, se evidencia que el solicitante de autos, ciudadano O.S.M.M., esta domiciliado en la Población San Luís, Municipio B.d.E.F..
Ahora bien, en resguardo del Principio procesal que rige en el Derecho en cuanto a que los justiciables deben ser amparados por sus Jueces Naturales, no corresponde a este Tribunal sustanciar la presente solicitud, conforme a lo establecido en los artículos 3 y 5 del Código de Procedimiento Civil, en virtud de la competencia territorial, ya que corresponde conocer de la presente solicitud al Juzgado de los Municipios Federación, Unión, Bolívar y Sucre de la Circunscripción Judicial del Estado Falcón, con sede en Churuguara.
En consecuencia, a la luz de los fundamentos de Derecho invocados, este Tribunal en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, DECLINA LA COMPETENCIA de la solicitud de JUSTIFICATIVO JUDICIAL DE VEHÍCULO en el Juzgado de los Municipios Federación, Unión, Bolívar y Sucre de la Circunscripción Judicial del Estado Falcón, a los fines de que proceda a sustanciar la misma.
Dada, sellada y firmada en la Sala de Despacho del Juzgado Segundo del Municipio Miranda de la Circunscripción Judicial del Estado Falcón, a los DOS (02) días del Mes de M.d.D.M.O. (2011).
Remítase en su oportunidad legal con Oficio la presente solicitud al Juzgado de los Municipios Federación, Unión, Bolívar y Sucre de la Circunscripción Judicial del Estado Falcón, con sede en Churuguara. FC
La Juez Titular, La Secretaria Titular,
Abg. Z.M. de L.A.. M.R.A.
NOTA: En la misma fecha se publicó la anterior decisión siendo las 11:00 am, previo el anuncio de Ley. Conste. FC
La Secretaria Titular,
Abg. M.R.A.
EXP. 937