Decisión nº 05 de Juzgado del Municipio Córdoba de Tachira, de 17 de Enero de 2007

Fecha de Resolución17 de Enero de 2007
EmisorJuzgado del Municipio Córdoba
PonenteRosario Elena Duque Arias
ProcedimientoHomologación

JUZGADO DEL MUNICIPIO CORDOBA DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO TACHIRA, S.A., DIECISIETE (17) DE ENERO DEL DOS MIL SIETE (2.007)

195° Y 146°

SOLICITANTE: P.V.V. mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° 10.148.056 , domiciliado en Urb. S.B. , vereda 01 N° 2-24 La C.S.C.E.T.

PARTE DEMANDADA: F.R.B.R., venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° 9.223.253 domiciliado en carrera 03 N° 9-65 S.a., Municipio Córdoba Estado Táchira.

MOTIVO: HOMOLOGACION DE ACUERDO CONCILIATORIO.

EXP. N° 305 CIVIL

Visto el acuerdo conciliatorio celebrado entre las partes ciudadanos: P.V.V. Y F.R.B.R., donde entre otras cosas el demandado ya identificado

  1. ) se comprometió a cancelar los cánones de arrendamiento a partir del mes de MAYO del año 2.006 hasta el mes de Enero del presente año, lo cual asciende al monto de UN MILLON CUARENTA MIL BOLIVARES (Bs. 1.040.000.00) descontando el monto de DOSCIENTOS CUARENTA MIL BOLIVARES (Bs. 240.000.00) que le entregó al demandante por concepto de depósito , quedando un saldo de OCHOCIENTOS MIL BOLIVARES (Bs. 800.000.00) que serán cancelados en tres (03) cuotas de DOSCIENTOS SESENTA Y SIETE MIL BOLIVARES (Bs. 267.000.00) cada una, comprometiéndose a traer a este Tribunal el bauche del deposito efectuado para que sea agregado al expediente.

  2. ) Igualmente se comprometió a realizar las reparaciones y entregar completamente arreglado el inmueble objeto del litigio para el día 25 de Enero del 2.007 dichas reparaciones son las siguientes:

    - ) Colocar llaves para las duchas en los dos baños

    - ) colocar cinco bombillos y sus respectivas porta lámparas

    - ) arreglar marco de entrada en la puerta de la segunda habitación a mano izquierda

    - ) eliminar tabique intermedio de la segunda habitación a mano izquierda

    - ) colocar bloque en el espacio de aire acondicionando en la segunda habitación a la izquierda

    - ) remover piso del porche y hacerlo nuevo en cemento pulido de color rojo

    - ) Reparación de la pared que hace el marco de la puerta de la primera habitación a mano izquierda y ajustar debidamente el marco metálico de la puerta

    - ) botar escombros y pintar correctamente toda la casa

    - ) hacer limpieza general

  3. ) El demandante ciudadano P.V.V. estuvo de acuerdo en concederle el plazo y las condiciones ofrecidas por el ciudadano F.R.B.R. siempre y cuando cumpla con los términos y condiciones establecidas, en caso contrario el arrendatario perderá el beneficio de los plazos aquí establecidos y procederá a la ejecución de las sumas establecidas , como de de plazo vencido

    Visto el acuerdo a que llegaron voluntariamente ambas partes, este Juzgado HOMOLOGA, los puntos acordados en la audiencia conciliatoria y le imparte fuerza ejecutiva de conformidad con el artículo 261 del Código de Procedimiento Civil,

  4. ) Se suspende el ARCHIVO del expediente, una vez se tenga conocimiento que las partes dieron cumplimiento al mismo

    CUMPLASE.

    LA JUEZ PROVISORIO,

    DRA. R.E.D.A..

    LA SECRETARIA

    ABOG. CLAUDIA L, SIERRA J.

    EXP.N° 305

    EDC

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