Decisión nº 48 de Juzgado de los Municipios Rivas Dávila y Padre Noguera de Merida, de 17 de Mayo de 2013

Fecha de Resolución17 de Mayo de 2013
EmisorJuzgado de los Municipios Rivas Dávila y Padre Noguera
PonenteJosé Daniel Rodriguez
ProcedimientoTitulo Supletorio

Sentencia Nº 48.-

Expediente Nº 2013-942

JUZGADO DE LOS MUNICPIOS RIVAS DAVILA Y PADRE NOGUERA DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO MERIDA. Bailadores, Diecisiete (17) de Mayo del año dos mil Trece (2013).---------------

203° y 154°

Vista la solicitud que da inicio a las presentes actuaciones, así como el justificativo promovido y evacuado por ante este Juzgado de Municipio Rivas D.d.E.M., en fecha 16 de Mayo de 2013 y cumplidas como han sido las formalidades de ley al respecto, ESTE TRIBUNAL ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY DE CONFORMIDAD CON EL ARTÍCULO 937 DEL CÓDIGO DE PROCEDIMIENTO CIVIL, DECLARA TITULO SUPLETORIO AD-PERPETUAM MEMORIA, para asegurarle al ciudadano P.J.V.V., venezolano, mayor de edad, soltero, titular de la cédula de identidad Nº V-8.074.631, domiciliado en la población de La Playa, Parroquia G.M.d.M.R.D.d.E.M. y hábil, la propiedad sobre un vehiculo tractor cuyas características particulares son las siguientes: MARCA: “David Brown”; MODELO: 1210; SERIAL: 1210/ 1-730788; SERIAL DEL MOTOR: 455091-26137; PROTECTOR DE CARTE PARA D.B.-1210; PROTECTOR DE RADIADOR PARA D.B.-1210; PROTECTOR DE PARACHOQUES PARA D.B.12-10; Un arado de disco MARCA: Rasa; MODELO: AFH-3; SERIAL: 2396; MOD: CH18-24; CULTIVADOR DE BRAZOS FLEXIBLES: MARCA: Rasa; MOD: RC-9; SERIAL: 0999. El solicitante a sus propias expensas con dinero de su propio peculio ha efectuado el mantenimiento necesario y las mejoras valoradas por la cantidad de CIENTO CINCUENTA MIL BOLIVARES FUERTES (Bs.F. 150.000,00). Quedan a salvo los derechos de terceras personas, déjese constancia de lo actuado en el libro diario de este despacho y copia fotostática simple de lo actuado en el archivo de este Tribunal, entréguese original al interesado.-------------------------------

EL JUEZ,

ABG. J.D.R.G.

LA SECRETARIA ACCIDENTAL,

Br. R.M..

En la misma fecha se libró notificación al interesado, constante de 6 folios útiles y se dejó copia para el archivo del Tribunal.-----------------

La Secretaria,

Br. R.M.

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