Decisión de Juzgado Ejecutor de Medidas de los Municipios San Fernando y Biruaca de Apure, de 19 de Mayo de 2006

Fecha de Resolución19 de Mayo de 2006
EmisorJuzgado Ejecutor de Medidas de los Municipios San Fernando y Biruaca
PonenteLigia Guillermina Puerta Valdez
ProcedimientoInspección Judicial

REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

JUZGADO EJECUTOR DE MEDIDAS

De los Municipios San Fernando y Biruaca

de la Circunscripción Judicial del Estado Apure

ACTA DE EJECUCIÓN

COMISIÓN N° 06-1845.-

En día de hoy, diecinueve de mayo del año dos mil seis, siendo las 10:20 a.m., conforme a lo acordado en el auto anterior, se trasladó y constituyó el Juzgado Ejecutor de Medidas de los Municipios San Fernando y Biruaca de la Circunscripción Judicial del Estado Apure, en la sede de la Fundación del Niño , seccional Apure, en el Departamento de Coordinación Técnica, ubicada en la Avenida Puente M.N., de esta ciudad de San Fernando, Estado Apure, con la finalidad de dar cumplimiento a la Comisión Conferida por el Juzgado Superior Civil (Bienes), Contencioso Administrativo y Agrario de la Circunscripción Judicial de la Región Sur, para practicar la INSPECCIÓN JUDICIAL, solicitada por la Ciudadana P.M.B.B., venezolana, mayor de edad, Titular de la Cédula de Identidad N° 11.241.593, asistida por la Abogada en ejercicio C.M.A.M., venezolana, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad N° 9.872.146,inscrita en el Inpreabogado bajo el N° 39.240. Se notifica de la misión del Tribunal previa lectura del Despacho de Comisión al ciudadano J.M.D.S., venezolano, mayor de edad, Titular de la Cédula de Identidad N° 9.594.844,en su condición de Administrador de La Fundación del Niño, Seccional Apure, según Decreto N° G23, de fecha 01 de enero del año dos mil seis (2006), emanada del Ejecutivo del Estado Apure, a partir del 09-01-2006. En cuanto al UNICO PARTICULAR, a que se contrae la solicitud, el Tribunal pasa a dejar constancia en los términos siguientes: Le fúe suministrado por el Notificado los siguientes Libros: Libro de Ejecución Presupuestaria, Libro de Banco y Procedimientos Administrativos y del Libro de Actas de Juntas, todos correspondientes al mes de Agosto de los años 2000, 2001, 2002, 2003, 2004: Por lo que el Tribunal hace constar que si existen en la Institución Fundación del Niño, Seccional Apure, los Libros antes mencionados a que se contrae la presente Solicitud. En cuanto al Literal (a), a que se refiere la presente solicitud, el Tribunal deja expresa constancia que una vez revisado el Libro de Actas de Juntas que le fúe suministrado al Tribunal para ser inspeccionado, se deja expresa constancia que en el Acta N° 46, cursante al folio 117 del mencionado Libro, se observa que aparece mencionada la Economista M.B., titular de la Cédula de Identidad N° 11.241.593, como parte Integrante de la Junta Directiva de la Fundación del Niño, Seccional Apure, igualmente al final del Acta aparece firmando la Economista M.B., en su condición de Administradora. Así mismo el Tribunal deja expresa constancia que en el Libro Inspeccionado aparece asentada el Acta N° 47, cursante al Folio (119) del Libro, de fecha 25 de Agosto del Año 2000, en Acta donde aparece mencionada la Economista M.B., quién suscribe también esta Acta como Administradora y aparece el sello húmedo de la Fundación del Niño, Seccional Apure, dise Administración. Seguidamente el Tribunal deja expresa constancia que en el mismo Libro Inspeccionado aparece asentada el Acta N° 48, que cursa al reverso del Folio Ciento Veinte y Dos (122), de fecha 31 de Agosto del Año 2000, en donde aparecen suscribiendo dicha acta la ciudadana Economista M.B. y suscribe también el Acta como Administradora. Esto es lo que respecta al Año 2000. En cuanto al Año 2001, el Tribunal deja expresa constancia que en el mes de Agosto no se realizó reunión de Junta Directiva, pero si observó el Tribunal que en el Acta N° 58, cursante al Folio N° 151 y en el Acta N° 59, cursante a los Folios N° Ciento Cincuenta y Uno (151) y al reverso del Folio Ciento Cincuenta y Seis (156), aparece mencionada la Economista M.B., como Administradora, siendo estas Actas de Fecha 10 de Septiembre del Año 2001 y 03 de Diciembre del año 2001. En cuanto al año 2002, El Tribunal deja expresa constancia que en el Libro Inspeccionado, aparece asentada al reverso del folio ciento ochenta y seis (186), el Acta N° 67, de fecha 22 de Agosto del año 2002, en donde aparece como Administradora la Economista M.B., como parte de la Junta Directiva de la Fundación del Niño, Seccional Apure, suscribiendo al final dicha Acta y apareciendo el sello húmedo de la Fundación del Niño, Seccional Apure, Departamento de Administración. Así mismo el Tribunal deja expresa constancia que es la única Acta que aparece asentada en los Libros de Actas de Juntas de la Fundación del Niño, Seccional Apure, en el mes de Agosto del año 2002. En cuanto año 2003, se observó en el Libro que no se efectuó en el mes de Agosto ninguna Acta de reunión de Junta Directiva de la Fundación del Niño, Seccional Apure; sin embargo, en todas, las Actas del año 2003, aparece la ciudadana Economista M.B., como Administradora, suscribiendo dichas Actas. En cuanto al Año 2004, el Tribunal deja expresa constancia que en el Libro de Acta de Juntas Directivas, aparece asentada el Acta numero Ochenta y Cuatro (84), cursante al folio numero cuarenta (40) (reverso), de fecha 16 de Agosto del año2004, en donde aparece como Administradora de la Fundación del Niño, Seccional Apure, la Economista M.B., suscribiendo también dicha acta en su condición de Administradora de la Fundación del Niño, Seccional Apure, apareciendo el sello húmedo de Administración. Igualmente el Tribunal deja expresa constancia que en el Libro de Actas de Juntas aparece el folio N° 43, del acta N° 85, de fecha 26 de Agosto del año 2004, en donde aparece formando parte de la Junta Directiva de la Fundación del Niño, Seccional Apure, LA Economista M.B., suscribiendo dicha Acta y aparece el sello húmedo de Administración. El Tribunal deja expresa constancia que fúe minuciosamente revisado el libro de Actas de Juntas, continuando con el Literal (a), el Tribunal deja constancia de que le fúe suministrado para realizar la presente Inspección el Libro denominado “Libro Auxiliar del Banco correspondiente a gastos de personal Partida 401”, en donde se evidencia que el mes de Agosto del año 2000, hubo registro de pago realizado por la Fundación del Niño, Seccional Apure , del año 2000, desde el 01 de Agosto hasta el 31 de Agosto del mismo año. En cuanto al año 2001, se observó que hubo movimiento en las cuentas bancarias, desde el 14 de agosto hasta el 31 de agosto del año 2001. En cuanto al año 2002, se observa que hubo movimiento bancario, desde el 01 de agosto hasta el 31 de agosto del año 2002. En cuanto al año 2003, se observa que hubo movimiento bancario desde el 01 de agosto hasta el 31 de agosto del año 2003. En cuanto al año 2004, se observa que hubo movimiento en las cuentas bancarias desde el 01 de agosto hasta el 31 de agosto del año 2004. En cuanto al Literal (a) me fúe suministrado el Libro “Libro Auxiliar del Banco correspondiente a transferencias, Partida 407”; en donde se observó que en el mes de agosto del año 2000, hubo registro de pagos, cancelados por la Fundación del Niño, Seccional Apure, desde el 01 de agosto hasta el 31 de agosto del año 2000. Así mismo se observa en el mes de Agosto del año 2001, aparecen registros de pagos hechos por la Fundación del Niño, Seccional Apure, desde el 01 de agosto hasta el 31 de agosto del año 2001. Igualmente en el año 2002 en el mes de agosto, se observaron registros de pagos hechos por la Fundación del Niño, Seccional Apure, desde el 01 de agosto hasta el 31 de agosto del año 2002. Así mismo se observa en el mes de agosto del año 2003 aparecen registros de pagos hechos por la Fundación del Niño, Seccional Apure, desde el 01 de agosto hasta el 31 de agosto del año 2003. Igualmente en el año 2004 del mes de agosto, se observaron registro de pagos hechos por la Fundación del Niño, Seccional Apure desde el 01 de agosto hasta el 31 de agosto del año 2004. En cuanto al literal (a), le fúe suministrado al Tribunal el “Libro de Control Presupuestario, Partida 401, correspondiente al gasto de personal del año 2002”, por cuanto los años 2000 y 2001 no fueron suministrado a éste Tribunal para ser Inspeccionados, por encontrarse auditados y remitidos a la Oficina de Depósito. En este libro aparecen asentados pagos realizados por la Fundación del Niño, en las diferentes Sub-Partidas que conforman a la Partida 401, transcurrido desde el 01 de agosto hasta el 31 de agosto del año 2002. En cuanto al año 2003, aparecen asentados pagos realizados por la Fundación del Niño en las diferentes Sub-Partidas que conforman a la Partida 401, transcurrido desde el 01 de agosto hasta el 31 de agosto del año 2003. El Tribunal deja constancia, que el Libro del año 2004 no nos fue suministrado, por encontrarse auditado y remitido a la oficina de Depósito. En cuanto al literal (b), a que se contrae la presente solicitud, el Tribunal deja expresa constancia que después de haber hecho una revisión minuciosa en los Libros de Ejecución Presupuestaria, Libros de Banco y Procedimientos Administrativos y Actas de Juntas, correspondientes al mes de agosto de los años 2000, 2001, 2002, 2003, 2004, están todas las actas suscritas y firmadas por la ciudadana PETRA MARIROL B.B., a excepción de los Libros mencionados en el Literal anterior que no nos fueron suministrados por las razones antes expuestas, es todo. No teniendo ninguna otra Diligencia que hacer, el Tribunal da por terminado el acto y acuerda remitir el presente Despacho de Comisión con todas sus actuaciones al Tribunal de la Causa y ordena el regreso a su sede natural, siendo las 12:30 p.m. Terminó, se leyó y conformes firman.- La Juez Prov. Dra. L.P.V.. La Solicitante y su Abogado Asistente, P.M.B.. Dra. C.A.. El notificado –Jacobo M.D.. Los func, Policiales, J.A. C.I. 12.900.286. C/1ero S.P.. C.I.12.901.628. S/2do M.L.. C.I. 12.551.571. El Alguacil Temp, Christtian J.M.. La Secretaria: Dra. M.M.A.;

Com. N° 6-1845.-

Af.-

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