Decisión nº PJ0072016000244 de Tribunal Séptimo de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas. de Caracas, de 7 de Noviembre de 2016

Fecha de Resolución 7 de Noviembre de 2016
EmisorTribunal Séptimo de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas.
PonenteArelis Gabriela Falcón Lizarraga
ProcedimientoAcción Reivindicatoria

REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL

Tribunal Séptimo de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas.

Caracas, siete de noviembre de dos mil dieciséis

206º y 157º

ASUNTO: AP31-V-2016-000502

Vista la diligencia que antecede presentada en fecha 03 de noviembre de 2016, por el abogado JEHN HUTCHINGS inscrito en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el Nro. 129.694, actuando en su carácter de apoderado judicial de la parte actora mediante la cual la aclaratoria de la sentencia definitiva dictada por este Tribunal en fecha 27/10/2016, en el particular tercero del dispositivo “donde se lee villa IV, debe decir villa II”. Este Tribunal acuerda en conformidad lo solicitado en tal sentido en queda modificado el particular tercero de la mencionada decisión de la siguiente manera:

TERCERO

Se condena a la parte demandada, ciudadana MARBIELY G.M.V., a entregar a la parte actora JUNTA DE CONDOMINIO DE LA RESIDENCIA LA VILLA, el inmueble denominado “Conserjería”, ubicado en la planta baja del edificio La Villa II, el cual es parte de las áreas comunes del conjunto residencial, situado en el Distrito Capital, Municipio Libertador, Parroquia La Vega, Urbanización Montalban II, entre 2da Avenida, Transversal 5ta y calles 4 y 51, tal como se evidencia del Documento de Condominio del Conjunto Residencial La Villa, Protocolizado ante la Oficina Subalterna del Tercer Circuito de Registro del Departamento Libertador del Distrito Federal, en fecha 10 de marzo de 1983, bajo el N° 18, Tomo 21, Protocolo Primero.

Téngase el presente auto como complemento de la Sentencia Definitiva dictada en fecha 27 de octubre de 2016. ASÍ SE DECIDE.

LA JUEZ,

ABG. A.G.F.L.

LA SECRETARIA

FRANCYS PONCE.

Adrian.

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