Decisión de Juzgado del Municipio Diego Ibarra de Carabobo, de 14 de Abril de 2014

Fecha de Resolución14 de Abril de 2014
EmisorJuzgado del Municipio Diego Ibarra
PonenteAngel Leonardo Ansart
ProcedimientoJustificativo De Vehículo

TRIBUNAL TERCERO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS GUACARA, SAN JOAQUIN Y DIEGO IBARRA DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO CARABOBO. Mariara, 14 de Abril de 2014

203° y 155°

Cumplida como ha sido la presente Solicitud, contentiva DE JUSTIFICATIVO DE TESTIGO DE POSECION DE VEHICULO (CIVIL). Solicitada por el ciudadano: RIVERA V.J.E., venezolano, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad Nº V-5.138.804, asistido por la abogada: E.C.P.P., inscrita en el inpreabogado bajo el Nº 199.941, y por cuanto solicita le sean declaradas suficientes las probanzas evacuadas para asegurarle el DERECHO DE LA POSESION SOBRE EL SIGUIENTE VEHICULO: Marca: DODGE, Modelo: CORONET; Clase: CAMIONETA, Tipo: RANCHERA; Año: 1976, Color: BLANCO, Serial del Motor Anterior : 36k61628C4760, Serial del Motor Actual: 4M31837302880 , Serial de Carrocería: B-643769, Placas: E-00953, Uso: ESCOLAR, y vistas las declaraciones de los testigos, los ciudadanos: TORREALBA SAAVEDRA W.E. Y REDWAN VALERA R.S., Venezolanos, Mayores de edad, titulares de las cedulas de identidad Nº V-17.701.161 Y V-7.209.837. Por consiguiente, este Tribunal ordena declarar suficientemente las probanzas evacuadas, para acreditarle al solicitante: RIVERA V.J.E., venezolano, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad Nº V-5.138.804, EL DERECHO DE LA POSESION SOBRE EL VEHICULO: Marca: DODGE, Modelo: CORONET; Clase: CAMIONETA, Tipo: RANCHERA; Año: 1976, Color: BLANCO, Serial del Motor Anterior : 36k61628C4760, Serial del Motor Actual: 4M31837302880 , Serial de Carrocería: B-643769, Placas: E-00953, Uso: ESCOLAR. Todo de conformidad con lo establecido en el Articulo 937 del Código de Procedimiento Civil, dejando a salvo los derechos a terceros. Désele salida y devuélvase lo actuado.

El Juez Titular

Dr. A.L.A.

El Secretario Titular

Abg. J.P.P.T.

En la misma fecha se cumplió con lo ordenado. Se deja constancia que se utiliza el sello con la denominación “JUZGADO DEL MUNICIPIO DIEGO IBARRA DEL ESTADO CARABOBO”, según lo establecido en el cardinal 2 de la Resolución, emanada de la Rectoría del Estado Carabobo. Se le dio salida constante de (20) folios útiles. El Secretario Titular

Abg. J.P.P.T.

RECIBIDO POR___________________________ C.I. Nº. _______________________

FECHA.__________________________________ HORA: _______________________

SOL. 4699-14

ALA/JPPT/Oswaldo

P.P.W:------------

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