Decisión de Juzgado de Municipio Sexto Ejecutor de Medidas de Caracas, de 15 de Junio de 2012

Fecha de Resolución15 de Junio de 2012
EmisorJuzgado de Municipio Sexto Ejecutor de Medidas
PonenteAlcira Gélvez Sandoval
ProcedimientoNulidad Asiento Registral

REPÚBLICA BOºLIVARIANA DE VENEZUELA

JUZGADO SEXTO DE MUNICIPIO EJECUTOR DE MEDIDAS E ITINERANTE DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL, TRÁNSITO Y BANCARIO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ÁREA METROPOLITANA DE CARACAS.

Caracas, uno (01) de junio de de dos mil doce (2012).

202º y 153º

CARTEL DE NOTIFICACIÓN

Al ciudadano S.G.F., Venezolano, mayor de edad, de este domicilio y titular de la Cédula de Identidad V-2.969.184, que con motivo al juicio de Nulidad de Asiento Registral, este Juzgado mediante auto de esta misma fecha, ordenó notificarlo del avocamiento efectuado en fecha 02 de mayo de 2012, en cumplimiento de lo preceptuado en la última parte del artículo 5 de la Resolución No. 2011-0062, de fecha 30 de noviembre de 2011, emanada de la Sala Plena del Tribunal Supremo de Justicia. Con la advertencia que el presente cartel será fijado tanto en la sede del Circuito Judicial de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Tránsito y Bancario de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, como por este Juzgado, debiendo publicarse en la página Web del Tribunal Supremo de Justicia, de este Juzgado. Una vez conste en autos que el Circuito Judicial haya cumplido con dicha formalidad, se procederá en esta sede a la fijación y publicación del cartel, para que se de inicio al lapso de los diez (10) días de despacho, y se tenga por notificada a la parte del citado avocamiento y concluido éste, comenzará a transcurrir el plazo a que se contrae el artículo 90 del Código de Procedimiento Civil, reanudándose la causa al día siguiente al estado en que se encontraba.

LA JUEZ PROVISORIA,

A.G.S.

LA SECRETARIA ACC,

R.S.G..

Exp. No.: 000072 (No. Antiguo AH1C-V-1998-000068)

AGS/ym

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