Decisión nº 1223 de Juzgado Segundo del Municipio Iribarren de Lara, de 18 de Junio de 2012

Fecha de Resolución18 de Junio de 2012
EmisorJuzgado Segundo del Municipio Iribarren
PonenteDelia Josefina Gonzalez
ProcedimientoSeparacion De Cuerpos

VISTOS: En fecha 31-03-2011, los ciudadanos: S.R.V.G. y N.A.T.P., venezolanos, mayores de edad, titilares de las cedulas de identidad Nros: 22.198.116 y 21.143.072, respectivamente, asistidos por el ABG. R.S., inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 127.407; presentaron escrito de SEPARACIÓN DE CUERPOS, por mutuo acuerdo. Admitida la solicitud en fecha 07-04-2011, se declaró la Separación de Cuerpos, por estar fundamentada en causa legal y se notificó a la Fiscal del Ministerio Público. El día 13-06-12 comparecieron los ciudadanos: S.R.V.G. y N.A.T.P., anteriormente identificados y solicitaron la CONVERSIÓN EN DIVORCIO. Para decidir este Tribunal observa: UNICO: En vista de que ha transcurrido más de un año de la separación de cuerpos, y no consta en autos ningún hecho del cual pueda inferirse la reconciliación y previa solicitud de las partes, este

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