Decisión nº C-1616-2013.- de Juzgado Ejecutor de Medidas de los Municipios Garcia de Hervía, Panamericano, Samuel Dario Maldonado y Simón Rodriguez de Tachira, de 3 de Mayo de 2013

Fecha de Resolución 3 de Mayo de 2013
EmisorJuzgado Ejecutor de Medidas de los Municipios Garcia de Hervía, Panamericano, Samuel Dario Maldonado y Simón Rodriguez
PonenteRafael Manuel Nieto Ricaurte
ProcedimientoInspección Judicial

En horas de despacho del día de hoy viernes tres (03) de mayo de dos mil trece (2013), siendo las nueve horas de la mañana (09:00 a.m.), conforme al auto inmediatamente anterior, se trasladó este Juzgado Ejecutor de Medidas de los Municipios G.d.H., Panamericano, S.D.M. y S.R.d. la Circunscripción Judicial del Estado Táchira, conformado por el Juez Ejecutor Titular Abg. R.M.N. R y el Secretario Temporal del Tribunal Abg. C.L.R. S, y se constituyó en las afueras de la sede del Cuerpo de Investigaciones Científicas, Penales y Criminalísticas Delegación La Fría, ubicada en la calle 2, diagonal a la Plaza El Samán, La Fría, Municipio G.d.H.d.E.T., lugar señalado por el ciudadano DUQUE CHACON B.S., titular de la cédula de identidad número V.- 9.355.828, debidamente asistido para este acto por el profesional del derecho ciudadano W.A.S.L., titular de la cédula de identidad número V.- 9.192.263, inscrito en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el N° 88.480, quien actúa con el carácter de solicitante de la presente causa, todo con el fin de dar cumplimiento al Exhorto de Comisión de Inspección Judicial ordenado por Juzgado del Municipio G.d.H. de la Circunscripción Judicial del Estado Táchira, en la solicitud Nro. 14.756, sobre un vehículo – motocicleta, el cual presenta las siguientes características: Marca: YAMAHA, Modelo: DT 175, Serial de Carrocería: 3TS-049944, Serial del Motor: 3TS-049675, Año: 1997, Color: NEGRO YAMAHA, Tipo: ENDURO, Cilindrada 171 CC. Constituido como se encuentra este Juzgado Ejecutor, el Juez procedió a notificar de la misión a cumplir al ciudadano W.C.R., venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad número V-6.220.389, en su carácter de Jefe de la División de Vehículos del Cuerpo de Investigaciones Científicas, Penales y Criminalísticas Sub-Delegación La Fría, al cual se le procedió a designar como Perito Experto en Vehículos y quien estando presente aceptó el cargo y presto el juramento de Ley. En este estado solicitó el derecho de palabra el peticionario ciudadano DUQUE CHACON B.S., debidamente asistido para este acto por el Abogado en Ejercicio W.A.S.L., supra identificados, y concedido que le fue expuso: “Solicito al ciudadano Juez Ejecutor se sirva dar estricto cumplimiento a la presente comisión conferida por el Juzgado Comitente, en consecuencia, proceda a dejar constancia de los particulares solicitados en la presente. Es todo”. Este Juzgado vista la precedente exposición, la acuerda en conformidad, en consecuencia se procede a dejar constancia de los particulares solicitados en el escrito de Inspección Judicial, asistido éste juzgado por el funcionario W.C.R., supra identificado, de la siguiente manera: AL PRIMERO: El Tribunal Ejecutor de Medidas conjuntamente con el experto designado observa y así se deja constancia que el vehículo - motocicleta objeto de la Inspección Judicial presenta las siguientes características: Marca: YAMAHA, Modelo: DT 175, Serial de Carrocería: 3TS-049944, Serial del Motor: 3TS-049675, Año: 1997, Color: NEGRO YAMAHA, Tipo: ENDURO, Cilindrada 171 CC. La misma pertenece al ciudadano F.A.P.C., cédula de identidad N° V.- 10.852.472, ello según se desprende de Factura de Compra N° 9149, anexa a la presente en copia fotostática simple, emitida por MOTO AGRO LOS ANDES, con domicilio en la Octava Avenida de San Cristóbal, Estado Táchira, R.I.F. J-09018597-6, de fecha 23-05-97, AL SEGUNDO: El Tribunal Ejecutor de Medidas conjuntamente con el experto designado observa y así se deja constancia que el vehículo - motocicleta objeto de la Inspección Judicial se encuentra en las siguientes condiciones: pintura y latonería en buen estado, tapicería en buen estado, color NEGRO; no posee placa identificadora, posee dos espejos retrovisores, luces delanteras en buen estado y traseras en buen estado, guardabarros en buen estado, cauchos en buen estado. AL TERCERO: El Tribunal deja expresa constancia conjuntamente con el experto de lo siguiente: A.- Con relación a los seriales identificadores del vehículo objeto de la presente inspección judicial se puede observar: 1.- presenta serial de carrocería, ubicado en el lado derecho de la caña del manubrio, se encuentra original en cuanto a su sistema de elaboración y estampado, en el cual se lee 3TS-049944, coincidiendo con el señalado en la Factura supra citada. 2.- presenta serial de motor N° 3TS 049675, ubicado en la parte exterior derecha del motor, se encuentra original en cuanto a su sistema de elaboración y estampado, coincidiendo con el señalado en la Factura supra citada. B.- El Tribunal deja expresa constancia conjuntamente con el experto, de que el vehículo objeto de la presente inspección, luego de ser verificado en el sistema SIPOL-INTTT, NO se encuentra solicitado por ningún organismo policial. C.- El vehículo objeto de la inspección, luego de ser verificado en el sistema SIPOL-INTTT, no aparece registrado. AL CUARTO: El Tribunal deja expresa constancia conjuntamente con el experto, de que el vehículo objeto de la presente inspección, luego de ser verificado en el sistema SIPOL-INTTT, NO se encuentra solicitado por ningún organismo policial. AL QUINTO: No se presentó algún otro particular. Es todo. No siendo otro el objeto de este Juzgado, se declara cumplido el exhorto ordenado por el Tribunal comitente, se ordena agregar a la presente acta de inspección las improntas tomadas a los seriales del vehículo objeto de la misma. El Juzgado regresa a su sede natural siendo las nueve y cincuenta y cinco horas de la mañana (09:55 a.m.). Terminó, se leyó y conformes firman.

El Juez Ejecutor Titular

Abg. R.M. NIETO R.

El Solicitante Abogado Asistente

Duque Ch. B.S.W.A.S.L.

Notificado-Perito Experto:

W.C.R.

Secretario Temporal

C.L.R.S..

C-1616-2013.

Sol. N° 14.756-2013.

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