Decisión de Tribunal Segundo de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas del Municipio García de Hevia. de Tachira, de 7 de Agosto de 2014

Fecha de Resolución 7 de Agosto de 2014
EmisorTribunal Segundo de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas del Municipio García de Hevia.
PonenteRafael Manuel Nieto Ricaurte
ProcedimientoInspección Judicial

En horas de despacho del día de hoy jueves siete (07) de agosto de dos mil catorce (2014), siendo las nueve horas de la mañana (09:00 a.m.), conforme al auto inmediatamente anterior, se trasladó este Tribunal Segundo de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas del Municipio G.d.H. de la Circunscripción Judicial del Estado Táchira, conformado por el Juez Segundo de Municipio Abg. R.M.N.R. y la Secretaria del Tribunal Abg. TRINEIMA YERINNE PADILLA CONTRERAS y se constituyó en el Estacionamiento del Centro Comercial Don Erasmo, Urbanización Los Jabillos, al frente de la sede de este Juzgado, La Fría, Municipio G.d.H.d.E.T. lugar señalado por al ciudadana I.E.V.A., titular de la cédula de identidad número V.- 15.684.015, debidamente asistida para este acto por la Abogada en Ejercicio M.I.O.M., titular de la cédula de identidad número V- 11.303.429, inscrita en el Inpreabogado bajo el N° 168.261, quien actúa con el carácter de solicitante de la presente causa, todo con el fin de dar cumplimiento a la Solicitud N° 0022-14, nomenclatura de este Tribunal, la cual versa sobre un vehículo el cual presenta las siguientes características: Marca CHEVROLET, Modelo CORSA, Serial de Carrocería 8Z1SC21Z3YV309751, Serial de Motor ABF000815, Placa VAO84L, Año 2000, Color GRIS DOS TONOS, Clase AUTOMOVIL, Tipo COUPE, Uso PARTICULAR, según se desprende de Certificado de Registro de Vehículo N° 140100385076, expedido por el Instituto Nacional de Transporte Terrestre, en fecha 08-Mayo-2014, a nombre de I.E.V.A., cédula de identidad N° V15684015. Constituido como se encuentra este Tribunal, el Juez procedió a notificar de la misión a cumplir al ciudadano W.C.R., venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad número V.- 6.220.389, en su carácter de Experto en Vehículos del Cuerpo de Investigaciones Científicas, Penales y Criminalísticas, al cual se le procedió a designar como Perito Experto en Vehículos y quien estando presente aceptó el cargo y presto el juramento de Ley. En este estado solicito el derecho de palabra la solicitante ciudadana I.E.V.A., debidamente asistido para este acto por la Abogada en Ejercicio M.I.O.M., supra identificadas, y concedido que le fue expuso: “Solicito al ciudadano Juez se sirva dar cumplimiento a la presente Solicitud de Inspección Judicial, en consecuencia, proceda a dejar constancia de los particulares solicitados. Es todo”. Vista la precedente exposición, se acuerda en conformidad, en consecuencia, se procede a dejar constancia de los particulares solicitados en el escrito de Inspección Judicial, asistido debidamente este Tribunal por el funcionario del C.I.C.P.C. W.C.R., supra identificado. AL PRIMER PARTICULAR: El Tribunal conjuntamente con el experto designado, deja expresa constancia que fue presentado para ser objeto de Inspección Judicial un vehículo el cual presenta las siguientes características: Marca CHEVROLET, Modelo CORSA, Serial de Carrocería 8Z1SC21Z3YV309751, Serial de Motor ABF000815, Placa VAO84L, Año 2000, Color GRIS DOS TONOS, Clase AUTOMOVIL, Tipo COUPE, Uso PARTICULAR, coincidiendo en sus datos identificatorios con los señalados en el escrito de Inspección Judicial, y el mismo se encuentra en las siguientes condiciones: pintura y latonería en buen estado, tapicería en buen estado, presenta color gris, el señalado en el Registro de Vehículo, posee las dos placas identificadoras (VAO84L), posee tres retrovisores dos externos uno interno, luces en buen estado, vidrios en buen estado, posee parrilla delantera en regular estado, parachoques delantero en regular estado, cauchos en regular estado. AL SEGUNDO PARTICULAR: El Tribunal deja expresa constancia con el experto: SERIALES: 1.- Presenta chapa de identificación de seriales ubicada en la parte superior derecha de la cara de vaca, en la misma se lee 8Z1SC21Z3YV309_51, la misma es original en cuanto a su sistema de elaboración, estampado y fijación, coincide con el señalado en el Certificado de Registro de Vehículos N° 140100385076. ES DE HACER NOTAR QUE EN DICHA CHAPA DE SERIALES, EL DECIMO QUINTO DIGITO APARECE ILEGIBLE, ello debido a reparación de latonería y pintura realizada al vehículo luego de estar inmerso en accidente de tránsito. 2.- Presenta serial de motor ABF000815, el cual es original en cuanto a su material de elaboración, fijación y estampado, coincide con el señalado en el Certificado de Registro de Vehículos N° 140100385076. PLACA DE IDENTIFICACIÓN: En lo referente a las placas identificadoras VAO84L, se deja constancia de que las mismas son auténticas y corresponden al vehículo objeto de la presente inspección, luego de ser verificadas en el sistema Sipol-Inttt. AL TERCER PARTICULAR: El Tribunal, conjuntamente con el experto deja constancia: que de conformidad con el Sistema de Información Policial, el Vehículo objeto de la presente inspección, ni alguno de sus seriales se encuentran solicitados por ante algún Organismo de Seguridad del Estado o/u Organismo Policial. Es todo. Se deja constancia que se anexan a la presente inspección judicial las improntas correspondientes de las chapas de seriales tomadas por el experto designado, todo constante de un (01) folio útil. No siendo otro el objeto de este Tribunal Segundo de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas del Municipio G.d.H. de la Circunscripción Judicial del Estado Táchira, declara cumplida la presente Inspección Judicial y acuerda regresar a su sede siendo las nueve y treinta y cinco horas de la mañana (09:35 a.m.). Terminó, se leyó y conformes firman.

El Juez de Municipio

Abg. R.M. NIETO R.

La Solicitante

I.E. VELASQUEZ A.

Abogado Asistente

M.I.O.M.

Notificado-Perito Experto

W.C.R.

La Secretaria

Abg. TRINEIMA Y. PADILLA C

Sol. N° 0022-2014.-

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