Decisión de Tribunal Segundo de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas del Municipio García de Hevia. de Tachira, de 23 de Julio de 2014

Fecha de Resolución23 de Julio de 2014
EmisorTribunal Segundo de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas del Municipio García de Hevia.
PonenteRafael Manuel Nieto Ricaurte
ProcedimientoInspección Judicial

En horas de despacho del día de hoy miércoles veintitrés (23) de julio de dos mil catorce (2014), siendo las diez y cuarenta y cinco horas de la mañana (10:45 a.m.), conforme al auto inmediatamente anterior, se trasladó este Tribunal Segundo de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas del Municipio G.d.H. de la Circunscripción Judicial del Estado Táchira, conformado por el Juez Segundo de Municipio Abg. R.M.N.R. y la Secretaria Temporal del Tribunal Abg. M.V.S.L., y se constituyó en el Estacionamiento del Centro Comercial Don Erasmo, Urbanización Los Jabillos, al frente de la sede de este Juzgado, La Fría, Municipio G.d.H.d.E.T. lugar señalado por el ciudadano M.A.R., titular de la cédula de identidad número E.- 84.487.860, debidamente asistido para este acto por el Abogado en Ejercicio J.A.R.C., titular de la cédula de identidad número V- 11.971.051, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 173.429, quien actúa con el carácter de solicitante de la presente causa, todo con el fin de dar cumplimiento a la Solicitud N° 0036-14, nomenclatura de este Tribunal, la cual versa sobre un vehículo el cual presenta las siguientes características: Marca FORD, Modelo F-350, Serial de Carrocería AJF3CB49918, Serial de Motor V6, Placa A53AV0E, Año 1982, Color BLANCO, Clase CAMION, Tipo ESTACA, Uso CARGA, según se desprende de Certificado de Registro de Vehículo N° 108201108233, expedido por el Instituto Nacional de Transporte Terrestre, en fecha 07-Mayo-2013, a nombre de M.A.R., cédula de identidad N° E84487860. Constituido como se encuentra este Tribunal, el Juez procedió a notificar de la misión a cumplir al ciudadano W.C.R., venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad número V.- 6.220.389, en su carácter de Experto en Vehículos del Cuerpo de Investigaciones Científicas, Penales y Criminalísticas, al cual se le procedió a designar como Perito Experto en Vehículos y quien estando presente aceptó el cargo y presto el juramento de Ley. En este estado solicito el derecho de palabra el solicitante ciudadano M.A.R., debidamente asistido para este acto por el Abogado en Ejercicio J.A.R.C., supra identificados, y concedido que le fue expuso: “Solicito al ciudadano Juez se sirva dar cumplimiento a la presente Solicitud de Inspección Judicial, en consecuencia, proceda a dejar constancia de los particulares solicitados. Es todo”. Vista la precedente exposición, se acuerda en conformidad, en consecuencia, se procede a dejar constancia de los particulares solicitados en el escrito de Inspección Judicial, asistido debidamente este Tribunal por el funcionario del C.I.C.P.C. W.C.R., supra identificado. AL PRIMER PARTICULAR: El Tribunal conjuntamente con el experto designado, deja expresa constancia que fue presentado para ser objeto de Inspección Judicial un vehículo el cual presenta las siguientes características: Marca FORD, Modelo F-350, Serial de Carrocería AJF3CB49918, Serial de Motor V6, Placa A53AV0E, Año 1982, Color BLANCO, Clase CAMION, Tipo ESTACA, Uso CARGA, coincidiendo en sus datos identificatorios con los señalados en el escrito de Inspección Judicial, y el mismo se encuentra en las siguientes condiciones: pintura y latonería en regular estado, tapicería en regular estado, presenta color blanco, el señalado en el Registro de Vehículo, posee las dos placas identificadoras (A53AV0E), posee dos retrovisores externos, luces en regular estado, vidrios en buen estado, posee parrilla delantera en regular estado, parachoques delantero en regular estado, cauchos en regular estado, plataforma en regular estado. AL SEGUNDO PARTICULAR: El Tribunal deja expresa constancia con el experto: SERIALES: 1.- Presenta chapa de identificación de seriales en el borde de la puerta izquierda, en la misma se lee AJF3CB49918, la misma es original en cuanto a su sistema de elaboración, estampado y fijación, coincide con el señalado en el Certificado de Registro de Vehículos N° 108201108233. 2.- Presenta chapa de identificación de seriales ubicada en la parte superior izquierda del tablero frente al parabrisas, en la misma se lee AJF3CB49918, siendo original en cuanto a su sistema de elaboración, estampado y fijación, coincide con el señalado en el Certificado de Registro de Vehículos N° 108201108233. 3.- Presenta serial body ubicado en el cortafuego lado izquierdo, el cual se lee 49918, siendo original en cuanto a su sistema de elaboración, estampado y fijación, coincide con el señalado en el Certificado de Registro de Vehículos N° 108201108233. 4.- Presenta Serial ubicado en el chasis derecho, parte superior delantera, en el cual se lee AJF3CB49918, el cual es original en cuanto a su material de elaboración y estampado, coincide con el señalado en el Certificado de Registro de Vehículos N° 108201108233. PLACA DE IDENTIFICACIÓN: En lo referente a las placas identificadoras A53AV0E, se deja constancia de que las mismas son auténticas y corresponden al vehículo objeto de la presente inspección, luego de ser verificadas en el sistema Sipol-Inttt. ES DE SEÑALAR QUE DICHO VEHICULO POSEE UN TANQUE DE GASOLINA ADAPTADO DE 100 LITROS, ELLO DEBIDO A DETERIORO DEL TANQUE ORIGINAL, TODO SEGÚN INFORMACION APORTADA POR EL SOLICITANTE, QUIEN MANIFIESTA A SU VEZ, QUE CUANDO ADQUIRIO EL VEHICULO, EL MISMO YA TRAIA DICHO TANQUE. AL TERCER PARTICULAR: El Tribunal, conjuntamente con el experto deja constancia: que de conformidad con el Sistema de Información Policial, el Vehículo objeto de la presente inspección, ni alguno de sus seriales se encuentran solicitados por ante algún Organismo de Seguridad del Estado o/u Organismo Policial. Es todo. Se deja constancia que se anexan a la presente inspección judicial las improntas correspondientes de las chapas de seriales tomadas por el experto designado, junto con las tomas fotográficas, todo constante de cuatro (04) folios útiles. No siendo otro el objeto de este Tribunal Segundo de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas del Municipio G.d.H. de la Circunscripción Judicial del Estado Táchira, declara cumplida la presente Inspección Judicial y acuerda regresar a su sede siendo las once y quince horas de la mañana (11:15 a.m.). Terminó, se leyó y conformes firman.

El Juez de Municipio

Abg. R.M. NIETO R.

El Solicitante Abogado Asistente

M.A.R.J.A. RIERA CHACON

Notificado-Perito Experto

W.C.R.

La Secretaria

Abg. MICHELL V. SANCHEZ L.

Sol. N° 0036-2014.-

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