Decisión nº C-1704-2014.- de Juzgado Ejecutor de Medidas de los Municipios Garcia de Hervía, Panamericano, Samuel Dario Maldonado y Simón Rodriguez de Tachira, de 23 de Abril de 2014

Fecha de Resolución23 de Abril de 2014
EmisorJuzgado Ejecutor de Medidas de los Municipios Garcia de Hervía, Panamericano, Samuel Dario Maldonado y Simón Rodriguez
PonenteRafael Manuel Nieto Ricaurte
ProcedimientoInspección Judicial

En horas de despacho del día de hoy miércoles veintitrés (23) de abril del año dos mil catorce (2014), siendo las nueve horas de la mañana (09:00 a.m.), conforme al auto inmediatamente anterior, se trasladó este Tribunal Segundo de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas del Municipio G.d.H. de la Circunscripción Judicial del Estado Táchira, conformado por el Juez Abg. R.M.N.R. y la Secretaria del Tribunal Abg. TRINEIMA YERINNE PADILLA CONTRERAS, y se constituyó en el Estacionamiento del Centro Comercial Don Erasmo, Urbanización Los Jabillos, al frente de la sede de este Juzgado Ejecutor de Medidas, La Fría, Municipio G.d.H.d.E.T., lugar señalado por el ciudadano ORANGEL J.A.R., titular de la cédula de identidad número V.- 10.851.383, debidamente asistida para este acto por el Abogado en Ejercicio E.M.R., titular de la cédula de identidad número V- 9.357.021, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 74.768, quien actúa con el carácter de solicitante de la presente causa, todo con el fin de dar cumplimiento al Exhorto de Comisión de Inspección Judicial emanado del Juzgado de los Municipios Panamericano S.D.M. y S.R.d. la Circunscripción Judicial del Estado Táchira, en la solicitud N° 2392-2014, sobre un vehículo el cual presenta las siguientes características: Marca FORD, Modelo F-100, Serial de Carrocería AJF10M45163, Serial de Motor V-8, Placa A75AT1L, Año 1972, Color AZUL, Clase CAMIONETA, Tipo PICK-UP, Uso CARGA, según se desprende de Certificado de Registro de Vehículo N° 30740584, expedido por el Instituto Nacional de Transporte Terrestre, en fecha 13-noviembre-2013, a nombre de ORANGEL J.A.R., cédula de identidad N° V10851383. Constituido como se encuentra este Juzgado Ejecutor, el Juez procedió a notificar de la misión a cumplir al ciudadano W.C.R., venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad número V-6.220.389, en su carácter de Jefe de la División de Vehículos del Cuerpo de Investigaciones Científicas, Penales y Criminalísticas Delegación La Fría, al cual se le procedió a designar como Perito Experto en Vehículos y quien estando presente aceptó el cargo y presto el juramento de Ley. En este estado solicitó el derecho de palabra el ciudadano ORANGEL J.A.R., debidamente asistido para este acto por el Abogado en Ejercicio E.M.R., supra identificados, y concedido que le fue expuso: “Solicito al ciudadano Juez se sirva dar cumplimiento a la presente comisión, en consecuencia, proceda a dejar constancia de los particulares solicitados en la presente. Es todo”. Este Tribunal vista la precedente exposición, la acuerda en conformidad, en consecuencia se procede a dejar constancia de los particulares solicitados en el escrito de Inspección Judicial, asistido debidamente por el funcionario W.C.R., supra identificado. AL PRIMERO: El Tribunal conjuntamente con el experto designado, deja expresa constancia que el vehículo objeto de la presente inspección presenta las siguientes características: Marca FORD, Modelo F-100, Serial de Carrocería AJF10M45163, Serial de Motor V-8, Placa A75AT1L, Año 1972, Color AZUL, Clase CAMIONETA, Tipo PICK-UP, Uso CARGA, y el mismo se encuentra en las siguientes condiciones: pintura y latonería en buen estado, tapicería en buen estado, presenta el color original señalado en el Registro de Vehículo (Azul) en parte; posee las placas identificadoras originales (A75AT1L), posee espejos retrovisores externos, luces delanteras y traseras en buen estado, vidrios en buen estado, parrilla delantera en buen estado, parachoques en buen estado, cauchos en buen estado, cajón en buen estado. AL SEGUNDO: El Tribunal deja expresa constancia con el experto: A.- SERIALES: 1.- Se encuentra desprovisto de la chapa de identificación de seriales que debería estar ubicada en el borde de la puerta izquierda, ello por deterioro del sistema de fijación, es de señalar que dicha chapa se encuentra en poder del solicitante en la misma se puede leer el serial AJF10M45163, siendo original en cuanto a su material de elaboración y estampado, coincide con el señalado en el Certificado de Registro de Vehículo N° 30740584 . 2.- Presenta serial ubicado en el chasis derecho, parte superior delantera, en el cual se lee AJF10M45163, el cual es original en cuanto a su material de elaboración y estampado, coincide con el señalado en el Certificado de Registro de Vehículo N° 30740584. 3.- Presenta chapa body, en el corta fuegos parte central, en la misma se puede leer el serial 45163, el cual es original en cuanto a su material de elaboración, estampado y fijación, coincide con el señalado en el Certificado de Registro de Vehículo N° 30740584. B.- PLACAS IDENTIFICADORAS: En lo referente a las placas identificadoras A75AT1L, se deja constancia de que las mismas son auténticas y corresponden al vehículo objeto de la presente inspección, luego de ser verificadas en el sistema Sipol-Inttt. AL TERCERO: El Tribunal, conjuntamente con el experto deja constancia: que de conformidad con el Sistema de Información Policial, el Vehículo objeto de la presente inspección NO se encuentra solicitado por ante algún Organismo de Seguridad del Estado u/o Organismo Policial. AL CUARTO: No se presentó asunto alguno. Es todo. Se anexa a la presente impronta de seriales y tomas fotográficas. No siendo otro el objeto de este Tribunal Segundo de Municipio, declara cumplido el exhorto ordenado por el Tribunal comitente, y acuerda regresar a su sede siendo las nueve y cuarenta y cinco horas de la mañana (09:45 a.m.). Terminó, se leyó y conformes firman.

El Juez Ejecutor Titular

Abg. R.M. NIETO R.

El Solicitante

ORANGEL JOSE ARELLANO R.

Abogado Asistente

E.M.R.

Notificado-Perito Experto

W.C.R.

La Secretaria

Abg. TRINEIMA Y. PADILLA C.

C-1704-2014.

Sol. N° 2392-2014.-

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