Decisión nº C-1636-2013.- de Juzgado Ejecutor de Medidas de los Municipios Garcia de Hervía, Panamericano, Samuel Dario Maldonado y Simón Rodriguez de Tachira, de 10 de Junio de 2013

Fecha de Resolución10 de Junio de 2013
EmisorJuzgado Ejecutor de Medidas de los Municipios Garcia de Hervía, Panamericano, Samuel Dario Maldonado y Simón Rodriguez
PonenteRafael Manuel Nieto Ricaurte
ProcedimientoInspección Judicial

En horas de despacho del día de hoy lunes diez (10) de junio de dos mil trece (2013), siendo las nueve horas de la mañana (09:00 a.m.), conforme al auto inmediatamente anterior, se traslado este Juzgado Ejecutor de Medidas de los Municipios G.d.H., Panamericano, S.D.M. y S.R.d. la Circunscripción Judicial del Estado Táchira, conformado por el Juez Ejecutor Titular Abg. R.M.N.R. y la Secretaria del Tribunal Abg. TRINEIMA YERINNE PDILLA CONTRERAS, y se constituyó en la calle 2, diagonal a la Plaza El Samán, sede del Cuerpo de Investigaciones Científicas, Penales y Criminalísticas Delegación La Fría, Municipio G.d.H.d.E.T., lugar señalado por la ciudadana VITELVINA ANGARITA URIBE, titular de la cédula de identidad número V.- 22.680.474, debidamente asistido para este acto por la Abogada en Ejercicio D.Y.P.M., titular de la cédula de identidad número V- 9.700.036, inscrita en el Inpreabogado bajo el N° 38.759, quien actúa con el carácter de solicitante de la presente causa, todo con el fin de dar cumplimiento al Exhorto de Comisión de Inspección Judicial emanado del Juzgado del Municipio G.d.H. de esta Circunscripción Judicial en la Solicitud N° 14.795-2013, sobre un vehículo el cual presenta las siguientes características: Marca CHEVROLET, Modelo MALIBU CLASSIC, Serial de Carrocería D1W69ACV327221, Serial de Motor K1021CRU, Placa GAK416, Año 1982, Color VERDE, Clase AUTOMOVIL, Tipo SEDAN, Uso PARTICULAR. Constituido como se encuentra este Juzgado Ejecutor, el Juez procedió a notificar de la misión a cumplir al ciudadano W.C.R., venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad número V-6.220.389, en su carácter de Jefe de la División de Vehículos del Cuerpo de Investigaciones Científicas, Penales y Criminalísticas Delegación La Fría, al cual se le procedió a designar como Perito Experto en Vehículos y quien estando presente aceptó el cargo y presto el juramento de Ley. En este estado solicitó el derecho de palabra la parte actora ciudadano VITELVINA ANGARITA URIBE, debidamente asistido por la Abogada en Ejercicio D.Y.P.M., supra identificados, y concedido que le fue expuso: “Solicito al ciudadano Juez Ejecutor se sirva dar cumplimiento a la presente comisión, en consecuencia, proceda a dejar constancia de los particulares solicitados en la presente. Es todo”. Este Juzgado vista la precedente exposición, la acuerda en conformidad, en consecuencia, se procede a dejar constancia de los particulares solicitados en el escrito de Inspección Judicial, asistido debidamente este Juzgado por el funcionario W.C.R., supra identificado. AL PRIMER PARTICULAR: El Tribunal Ejecutor de Medidas conjuntamente con el experto designado, deja expresa constancia que el vehículo objeto de la inspección judicial presenta las siguientes características: Marca CHEVROLET, Modelo MALIBU CLASSIC, Serial de Carrocería D1W69ACV327221, Serial de Motor K1021CRU, Placa GAK416, Año 1982, Color VERDE, Clase AUTOMOVIL, Tipo SEDAN, Uso PARTICULAR, y el mismo se encuentra en las siguientes condiciones: pintura y latonería en regular estado, tapicería en regular estado, presenta color original (verde) señalado en el Registro de Vehículo, posee las dos placas identificadoras (GAK416), posee dos retrovisores externos y uno interno, luces en buen estado, vidrios en buen estado, parrilla y parachoques delantero y trasero en buen estado, cauchos en buen estado. AL SEGUNDO PARTICULAR: El Tribunal deja expresa constancia con el experto: A.- En relación a los seriales identificadores del vehículo objeto de la presente Inspección Judicial: 1.- presenta body o chapa de Identificación de Seriales ubicada en el cortafuegos parte superior izquierda, siendo original en cuanto a su sistema de estampado, fijación y elaboración, en la cual se lee D1W69ACV327221, coincidiendo con el señalado en el Certificado de Registro de Vehículo N° 26619872. 2.- Presenta chapa de seriales ubicada en la parte superior del tablero lado izquierdo, se lee D1W69ACV327221, siendo original en cuanto a su sistema de elaboración y estampado, difiere en su sistema de fijación con el utilizado en la planta ensambladora, ya que se encuentra desprovisto de los respectivos remaches, debido deterioro del material en la cual se encuentra fijada, coincide con el señalado en el Certificado de Registro de Vehículo N° 26619872. 3.- Asimismo, presenta serial de chasis D1W69ACV327221, ubicado en la parte superior trasera del chasis lado derecho, a la altura del caucho trasero, se encuentra original en cuanto a su sistema de elaboración y estampado, coincide con el señalado en el Certificado de Registro de Vehículo N° 26619872. 4.- Presenta Serial de Motor T0423XCJ, el cual NO coincide con el señalado en el Certificado de Registro de Vehículo N° 26619872, ello debido a cambio del motor, todo según se evidencia de Factura presentada N° 1160, de fecha 10-12-2008, emitida por Mercantil Moto,CA, R.I.F. J-30138732-5, con domicilio en la Av. Centenario, Ejido Estado Mérida. B.- En lo referente a las placas identificadoras GAK416, las mismas son auténticas y corresponden al vehículo objeto de la presente inspección, luego de ser verificada en el sistema Sipol-Inttt, las mismas presentan deterioro. AL TERCER PARTICULAR: El Tribunal Ejecutor, conjuntamente con el experto deja constancia: que de conformidad con el Sistema de Información Policial, el Vehículo objeto de la presente inspección, ni alguno de sus seriales se encuentran solicitados por ante algún Organismo de Seguridad del Estado o/u Organismo Policial. Es todo. No siendo otro el objeto de este Tribunal Ejecutor, declara cumplido el exhorto ordenado por el Tribunal comitente, y acuerda regresar a su sede siendo las nueve y cincuenta horas de la mañana (09:50 a.m.). Terminó, se leyó y conformes firman.

El Juez Ejecutor Titular

Abg. R.M. NIETO R.

El Solicitante Abogado Asistente

VITELVINA ANGARITA U.D.Y. PERDOMO M.

Notificado-Perito Experto

W.C.R.

La Secretaria

Abg. TRINEIMA Y.PADILLA C.

Sol. N° 14.795-2013.-

C-1636-2013.-

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