Decisión de Juzgado Tercero de los Municipios San Cristobal y Torbes de Tachira, de 10 de Mayo de 2010

Fecha de Resolución10 de Mayo de 2010
EmisorJuzgado Tercero de los Municipios San Cristobal y Torbes
PonenteJuan José Molina Camacho
ProcedimientoCobro De Bolivares Intimacion

JUZGADO TERCERO DE LOS MUNICIPIOS SAN CRISTÓBAL Y TÓRBES DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO TÁCHIRA, San Cristóbal, diez de mayo de dos mil diez.

200º y 151º

De las actas procesales que integran la presente causa signada con el N° 6507, intentada por la abogada S.G.M.R., inscrita en el Inpreabogado bajo el N° 123.229, apoderada judicial de la Sociedad Mercantil TOUSMODEL, C.A., contra BUSTOS VILLAMIZAR DORIS YUSMILA Y BUSTOS DE S.M.E., en su carácter de librada y aval, en su orden, titulares de las cédulas de identidad Nros. V-7.054.911 y V-6.241.302 respectivamente, por COBRO DE BOLIVARES POR INTIMACION; y visto el escrito de fecha 30 de abril de 2010, mediante la cual las partes en el presente juicio, suscribieron una transacción, por lo que solicitaron su homologación.

La transacción es un contrato por el cual las partes mediante recíprocas concesiones terminan un litigio pendiente o precaven un litigio eventual. El artículo 256 del Código de Procedimiento Civil expresa que:

Las partes pueden terminar el proceso pendiente, mediante la transacción celebrada conforme a las disposiciones del Código Civil. Celebrada la transacción en el juicio, el Juez la homologará si versare sobre materias en las cuales no estén prohibidas las transacciones, sin lo cual no podrá procederse a su ejecución

.

Ahora bien, por cuanto la anterior transacción no es contraria a Derecho ni esta expresamente prohibida, este JUZGADO TERCERO DE LOS MUNICIPIOS SAN CRISTOBAL Y TORBES DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO TACHIRA, administrando Justicia en nombre de la República y por Autoridad de la Ley, le imparte su HOMOLOGACION, a la transacción efectuada por la parte demandada D.Y.B.V. y M.E.B.D.S., asistidas por la abogada I.S.B. y por la demandante J.J.C.D.G., presidenta de la S.M. TOUSMODEL, C.A., asistida de la abogada S.M.R., otorgándole su aprobación, en consecuencia, se procede como en SENTENCIA PASADA EN AUTORIDAD DE COSA JUZGADA.

Regístrese y déjese copia para el archivo del Tribunal.

El Juez temporal,

J.J.M.C.

La Secretaria,

Anaminta Peñaloza Espinoza

En la misma fecha se registró la anterior decisión y se dejó copia bajo el N°

Marilú

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