Decisión nº s-n de Juzgado Tercero Ejecutor de Medidas de los Municipios Maracaibo, Jesús Enrique Lossada, San Francisco, Mara, Almirante Padilla y Páez de Zulia, de 25 de Julio de 2012

Fecha de Resolución25 de Julio de 2012
EmisorJuzgado Tercero Ejecutor de Medidas de los Municipios Maracaibo, Jesús Enrique Lossada, San Francisco, Mara, Almirante Padilla y Páez
PonenteGustavo David Ortigoza Atencio
ProcedimientoNulidad De Venta

Comisión 3868/2012.-

REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

En su nombre:

JUZGADO TERCERO EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS

MUNICIPIOS MARACAIBO, J.E. LOSSADA, SAN FRANCISCO, MARA, PAEZ Y ALMIRANTE PADILLA

DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA.

202º y 153º

En el día de hoy, MIERCOLES VEINTICINCO (25) DE JULIO DEL AÑO 2011, siendo las ONCE horas de la mañana (11:00 a.m.), fecha y hora de constitución de este Juzgado, siendo la oportunidad fijada para llevar efecto la ejecución de la Medida de SECUESTRO, decretada por el Juzgado Primero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Transito de la Circunscripción Judicial del Estado Zulia, en el Juicio por NULIDAD DE VENTA, sigue el ciudadano A.L.T.V., venezolano, mayor de edad, portador de la Cedula de Identidad N° 10.449.013, en contra de las ciudadanas M.F.F.G. Y K.D.T.F., venezolanas, mayores de edad, portadoras de las Cedulas de Identidad Nros 11.283.013 y 20.778.149; llevado en el expediente No. 45.112, de la nomenclatura correspondiente al mencionado Tribunal de la Causa, se trasladó y constituyó este JUZGADO TERCERO EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS MARACAIBO, J.E. LOSSADA, SAN FRANCISCO, MARA, PAEZ Y ALMIRANTE PADILLA DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA, en la Avenida Circunvalación 3, frente al Barrio Villa Ecilpse, Electroauto El Chivo, en Jurisdicción de la Parroquia F.E.B.d.M.M.d.E.Z..- Seguidamente se deja expresa constancia que el vehiculo objeto de la presente medida de secuestro se encontraba en el electroauto donde se encuentra constituido este Juzgado, para unas reparaciones y el cual fue llevado hasta el sitio por la ciudadana M.F.F.G., portadora de la Cedula de Identidad N° 11.283.455, a quien se procedió a notificar de la presencia del Tribunal y quien manifestó ser co-demandada de autos.- En este estado, presente la apoderada judicial abogada en ejercicio I.F., debidamente inscrita en el Inpreabogado bajo el N° 129.540, expuso: Solicito al Tribunal Ejecutor, en cumplimiento con el Despacho Comisorio que le fuera conferido, proceda a ejecutar la medida de Secuestro sobre el vehiculo en referencia, el cual viene debidamente señalado e identificado en el contenido de dicho Despacho, y a los efectos nombre, designe y juramente en este acto PERITO, a los fines de que pueda determinar que el vehiculo que está donde se encuentra constituido este Juzgado, es el mismo o se corresponde, con el vehiculo que viene determinado en el despacho Comisorio para ser secuestrado y de igual manera se sirva nombrar y juramentar SECUESTRATARIO JUDICIAL y asimismo solicito muy respetuosamente a este Juzgado Ejecutor, que una vez practicada la presente medida de secuestro, se sirva remitir las resultas correspondientes al Tribunal de la Causa.- Visto lo solicitado y en uso de facultades legales, este Juzgado, provee de conformidad y en consecuencia, nombra y designa como PERITO y SECUESTRATARIO JUDICIAL, en representación de la Depositaria Judicial S.M. C.A (DEPOSACA), al ciudadano J.J., quien se encuentra presente en el acto, es venezolano, mayor de edad, con Cédula de Identidad No V.- 7.887.680, y de este domicilio, quien por encontrarse presente en el acto, fue impuesto de los nombramientos recaídos en su persona, siendo juramentado de la siguiente manera: ¿CIUDADANO J.J., JURA USTED CUMPLIR BIEN Y FIELMENTE CON LAS OBLIGACIONES Y RESPONSABILIDADES INHERENTES AL CARGO DE PERITO Y SECUESTRATARIO JUDICIAL, que ha aceptado? CONTESTO: SI. LO JURO.-.A continuación, el perito expuso: El vehiculo que está donde se encuentra constituido este Juzgado Tercero Ejecutor de Medidas, puedo determinar que es el mismo o SE CORRESPONDE con el que viene determinado en el contenido del Despacho Comisorio, objeto de la medida de secuestro, ordenada por el Tribunal de la Causa, por lo que me permito dar dichos datos por reproducidos en esta acta. A continuación, procedo a indicar nuevamente sus características y condiciones: Se trata de un vehiculo CLASE: Automóvil; TIPO: Sedan; USO: Particular; MARCA: Nissan, Modelo: Sentra XE T/A, Año: 2006. Color: Blanco, Serial del motor: QG18530173T; Serial de Carrocería: 3N1CB51S86L581752, Placa: AD580DV; el cual presenta las siguientes condiciones: En cuanto a sus componentes mecánicos el vehiculo se encuentra en funcionamiento, posee alternador, dos (02) electros, compresor de aire acondicionado, bomba hidráulica, motor de arranque y embase de agua con tapa, posee una batería TITAN 700 serial H64642597, en cuanto a la pintura y latonería se encuentra en buen estado, en cuanto a su parte interna posee tapicería negra en regular estado, con forro en la parte trasera en el asiento y forro en asiento delantero izquierdo, tablero en buen estado, posee radio reproductor, posee cinco (05) felpudos, posee gato mecánico, llave de cruz y triangulo de seguridad, posee cinco (05) cauchos marca NEXEN 195 60 R 15, posee cuatro (04) copas con el logo de Nissan. El vehiculo se encuentra en líneas generales en optimas condiciones.-En este estado, este JUZGADO TERCERO EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS MARACAIBO, J.E. LOSSADA, SAN FRANCISCO, MARA, PAEZ Y ALMIRANTE PADILLA DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY, DECLARA: PRIMERO: FORMALMENTE SECUESTRADO, EL VEHICULO ANTERIORMENTE IDENTIFICADO Y DETERMINADA SU CORRESPONDENCIA CON LA ASISTENCIA DE PERITO.- SEGUNDO: SE HACE FORMAL ENTREGA AL SECUESTRATARIO JUDICIAL NOMBRADO, DESIGNADO Y JURAMENTADO EN ESTE ACTO CIUDADANO J.J., ACTUANDO EN REPRESENTACION DE LA DEPOSITARIA JUDICIAL S.M. C.A (DEPOSACA), EL VEHICULO EN REFERENCIA. TERCERO: CUMPLIDA COMO HA SIDO LA PRESENTE COMISION Y TAL COMO FUERE SOLICITADO POR LA APODERADA JUDICIAL ACTORA EJECUTANTE, SE ORDENA LA REMISIÓN DE LA PRESENTE ACTA CON SUS CORRESPONDIENTES RESULTAS AL TRIBUNAL DE LA CAUSA.- SIENDO LAS DOCE HORAS DE LA MEDIODIA (12:00m.), terminó el acto. Es todo, se leyó y conformes firman.--------------------------------------------------------

EL JUEZ,

ABOG. G.O.A..

LA NOTIFICADA Y CO-DEMANDADA DE AUTOS,

LA APODERADA JUDICIAL ACTORA EJECUTANTE,

EL PERITO Y SECUESTRATARIA JUDICIAL, ACTUANDO EN REPRESENTACION DE LA DEPOSITARIA JUDICIAL S.M. C.A,

LA SECRETARIA,

ABOG. MSc M.V.G..

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