Decisión nº 822 de Juzgado Segundo Ejecutor de Medidas de los Municipios Cabimas, Santa Rita, Simón Bolivar, Lagunillas, Valmore Rodríguez, Miranda y Baralt de Zulia, de 28 de Enero de 2014

Fecha de Resolución28 de Enero de 2014
EmisorJuzgado Segundo Ejecutor de Medidas de los Municipios Cabimas, Santa Rita, Simón Bolivar, Lagunillas, Valmore Rodríguez, Miranda y Baralt
PonenteGregoria de la Cruz Mejias
ProcedimientoObligación Alimentaria

COMISION: 004399

EXPEDIENTE Nº 25738

El día de hoy, 28 de Enero del año Dos Mil Catorce (2014), siendo las 2:40 de la tarde, se traslado este despacho en el día y hora fijados por el Tribunal para llevar a efecto la Ejecución de la Medida de Embargo Preventiva decretada en el juicio de Obligación de Manutención, seguido por la Ciudadana YAJANI C.G.D., Titular de la cedula de identidad Nº V-16.212.765 en contra del ciudadano: JOHANGLYS J.R.M., Titular de la Cédula de Identidad Nº V-15.985.331, por ante el JUZGADO DE PROTECCION DE NIÑOS, NIÑAS Y ADOLESCENTES DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA, JUEZ UNIPERSONAL Nº 04, CON SEDE EN MARACAIBO y para lo cual fue comisionado este Tribunal.- A señalamiento de la parte actora YAJANI C.G.D., antes identificada, asistida en este acto por la Defensora Publica¬¬¬¬¬¬¬¬¬¬¬¬¬¬¬¬¬¬¬ Segunda de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes extensión Cabimas Abogado(a): K.B., Titular de la cedula de identidad Nº V- 12.307.457 e inscrito(a) en el inpreabogado bajo el Nº 72.733 se constituyó este Órgano Ejecutor de Medidas, siendo las 3:00 de la tarde en la sede de la Empresa SERVICIO AUTONOMO DE METROLOGIA E HIDROCARBUROS (SAMIT), Ubicada en Avenida Íntercomunal la vaca Municipio S.B.d.E.Z...- Una vez allí constituido procedió a notificar del objeto de su traslado al Ciudadano(a): R.D., Venezolano (a), Mayor de edad, titular de la cédula de Identidad numero: V- 12.863.865 en su carácter de: Personal de Seguridad.- En este estado presente la parte actora Abogado(a): YAJANI C.G.D., antes identificada expuso: Señalo al tribunal para que sea embargado preventivamente los siguientes conceptos: A.) EL TREINTA POR CIENTO (30%) DEL SUELDO MENSUAL QUE DEVENGA el Ciudadano JOHANGLYS J.R.M., como TRABAJADOR de la Empresa SERVICIO AUTONOMO DE METROLOGIA E HIDROCARBUROS, B) EL TREINTA POR CIENTO (30%) SOBRE LA CANTIDAD DE DINERO QUE LE PUEDA CORRESPONDER AL CIUDADANO DE AUTOS POR CONCEPTO DE VACACIONES O BONO VACACIONAL. C) EL TREINTA POR CIENTO (30%) DE LO QUE LE PUEDA CORRESPONDER POR CONCEPTO DE AGUINALDOS O CUALQUIER BONIFICACION ESPECIAL DE FIN DE AÑO. D) EL CINCUENTA POR CIENTO (50%) SOBRE LAS PRESTACIONES SOCIALES, CAJA DE AHORRO Y FIDEICOMISO QUE LE PUEDA CORRESPONDER AL OBLIGADO DE AUTOS EN CASO DE RETIRO VOLUNTARIO, DESPIDO O CUALQUIER OTRA CAUSA QUE DE POR TERMINADA SU RELACION LABORAL QUE SERA EMITIDO EN CHEQUE DE GERENCIA A NOMBRE DEL TRIBUNAL DE PROTECCION DEL NIÑO, NIÑA Y ADOLESCENTES DE LA

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