Decisión de Juzgado Primero de los Municipios San Felipe, Cocorote, Independencia y Veroes de Yaracuy, de 31 de Julio de 2013

Fecha de Resolución31 de Julio de 2013
EmisorJuzgado Primero de los Municipios San Felipe, Cocorote, Independencia y Veroes
PonenteCesar Augusto Rodríguez Acosta
ProcedimientoTitulo Supletorio

REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA

JUZGADO PRIMERO DE LOS MUNICIPIOS SAN FELIPE, COCOROTE, INDEPENDENCIA Y VEROES DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO YARACUY

San Felipe, 31 de Julio de 2013

Años: 203º y 154°

Vista la solicitud formulada al final del escrito que encabeza estas actuaciones y las declaraciones de los testigos jurados, ciudadanos, Y.B.V. y J.L.C.G., titulares de la cédula de identidad Nros. V- 7.914.915 y V- 10.855.436 respectivamente, este Tribunal actuando en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 936 y 937 del Código de Procedimiento Civil, declara las presentes actuaciones TITULO SUPLETORIO de propiedad a favor de la ciudadana Y.D.C.S.R., venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° V- 10.366.844, sobre unas bienhechurías construidas en una parcela de terreno propio, sobre los cuales el Tribunal otorga TITULO SUPLETORIO, sobre dichas bienhechurías ubicadas en la Avenida A.S.E. de la Calle 6, Marín, Municipio San Felipe, Estado Yaracuy; que mide aproximadamente TRESCIENTOS UNO METROS CUADRADOS CON DOCE CENTÍMETROS (301,12 Mts2), comprendidos dentro de los siguientes linderos: NORTE: Av. A.S. que es su frente, con 15,30 metros lineales SUR: Casa y solar de la familia Ochoa, con 13,25 metros lineales ESTE; Casa y solar de H.G., con 21,30 metros lineales OESTE: Calle 6, con 21,05 metros lineales, con una área de construcción de CIENTO NOVENTA Y CUATRO METROS CUADRADOS CON SETENTA Y CINCO CENTÍMETROS (194,75 Mts2), bienhechurías que consisten en una casa un (1) porche con piso de cerámica, una (1) sala, cuatro (4) habitaciones con piso de cerámica, cocina comedor, un (1) lavandero dos (2) salas de baños, nueve puertas, dos (2) de hierro, una con protector y vidrio, siete (7) de madera, seis (6) ventanas de hierro y vidrio con protectores, cercada en todo su alrededor con paredes de de bloques de cemento, un (1) garaje con portón corredizo, techo de acerolit, piso de cemento, instalaciones de servicios públicos, quedando en todo caso a salvo los derechos de terceros. Devuélvase a la parte interesada. Déjese copia de esta providencia.

EL JUEZ,

ABG. C.A.R.A.,

LA SECRETARIA,

ABG. C.L., G.A.

En la misma fecha se devuelve la Solicitud N° 201-13 constante de catorce (14) folios.

LA SECRETARIA,

ABG. C.L., G.A.

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