Decisión de Juzgado Vigesimo de Municipio de Caracas, de 20 de Julio de 2009

Fecha de Resolución20 de Julio de 2009
EmisorJuzgado Vigesimo de Municipio
PonenteAna Alejandra Morales
ProcedimientoSeparación De Cuerpos Y Bienes

REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

JUZGADO VIGÉSIMO DE MUNICIPIO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ÁREA METROPOLITANA DE CARACAS

Caracas, 20 de Julio de 2009.

199° y 150°.

Vista la anterior solicitud presentada por los ciudadanos Y.C.R.M., venezolana, mayor de edad, de este domicilio y titular de la cédula de identidad Nº V-12.057.356, asistida por la abogada M.V.V.D.G., inscrita en el Inpreabogado bajo el Nº 20.083 y W.J.C.M., venezolano, mayor de edad, de este domicilio y titular de la cedula de identidad N° V- 9.482.984, asistido por la abogada R.K.G.D. C, inscrita en el Inpreabogado bajo el N° 105.813, mediante la cual manifiestan a este Tribunal su voluntad de separarse de cuerpos y bienes, según las cláusulas contenidas en el escrito que antecede y en las cuales ellos han convenido y en virtud de la Resolución dictada por la Sala Plena del Tribunal Supremo de Justicia (T.S.J), en fecha Dieciocho (18) de M.d.D. mil nueve (2.009), Nº 2009-0006, Publicada en Gaceta Oficial de la Republica Bolivariana de Venezuela Año CXXXVI, Mes VI, en fecha Dos (02) de A.d.D. mil nueve (2.009) Nro. 39.152 este Juzgado haciendo uso de la facultad que le confiere en los artículos 189 y 190 del Código Civil Venezolano vigente en concordancia con el artículo 762 del Código de Procedimiento Civil, DECLARA LA SEPARACIÓN DE CUERPOS Y BIENES en la misma forma, términos y condiciones convenidas por ello en el escrito que antecede. Expídase por Secretaría copias certificadas del anterior escrito con inserción del presente auto y entréguese a los interesados, conforme al artículo 112 del Código de Procedimiento Civil, previo el suministro de los fotostátos necesarios por los interesados. Y ASI SE DECLARA.

LA JUEZ,

DRA. A.A.M.L.

LA SECRETARIA,

ABG. A.A.S.S.

AAML/AASS/YB.

Exp. N° AP31-F-2009-001953.

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