Decisión nº 2060 de Juzgado de los Municipios Junin y Rafael Urdaneta de Tachira, de 7 de Diciembre de 2010

Fecha de Resolución 7 de Diciembre de 2010
EmisorJuzgado de los Municipios Junin y Rafael Urdaneta
PonenteAna Ramona Acuña
ProcedimientoActo Conciliatorio Por Obligación De Manutención

JUZGADO DE LOS MUNICIPIOS JUNIN Y R.U. DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO TACHIRA.

EXPEDIENTE N° 3590-10

ACTO CONCILIATORIO POR INCUMPLIMIENTO DE LA OBLIGACION DE MANUTENCION

DEMANDANTE: YUSNEIDY R.F..

DEMANDADO: L.E.S.A..

En el día de hoy, siete (07) de diciembre de 2010, presentes en el Juzgado de los Municipios Junín y R.U. de la Circunscripción Judicial del Estado Táchira, los ciudadanos YUSNEIDY R.F., titular de la cédula de identidad Nº 14.776.961 y L.E.S.A., titular de la cédula de identidad Nº 13.303.047, con la finalidad de realizar ACTO CONCILIATORIO POR INCUMPLIMIENTO DE OBLIGACION DE MANUTENCION. Se da inicio al acto por el Juez Provisorio. Seguidamente se le concede el derecho de palabra al ciudadano L.E.S.A., quien manifestó: “Que me comprometo a depositar lo correspondiente al mes de diciembre de 2010 por la cantidad de trescientos bolívares (Bs. 300°°) más la cantidad de un mil doscientos bolívares (Bs. 1200°°), para los gastos de la temporada de navidad, así mismo me comprometo a cubrir el 50% de los gastos médicos y de medicina.” Es todo. Seguidamente se le concede el derecho de palabra a la ciudadana YUSNEIDY R.F., quien manifestó: “Que este de acuerdo con lo expuesto por el padre de sus hijos y solicita que se efectúen los descuentos de la nomina, a partir del mes de enero de 2011”. Es todo. En este estado el Tribunal acuerda oficiar al Ministerio de Educación a los fines de ordenar el descuento directamente de la nomina. En virtud de que hubo acuerdo entre las partes este JUZGADO DE LOS MUNICIPIOS JUNIN Y R.U. DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO TACHIRA, LO HOMOLOGA DE CONFORMIDAD CON LO ESTABLECIDO EN EL ARTICULO 375 DE LA LEY ORGANICA PARA LA PROTECCION DEL NIÑO Y DEL ADOLESCENTE, OTORGANDOLE EL CARACTER DE COSA JUZGADA Y EJECUTIVA. Es todo, se leyó y conformes firman.

LA JUEZA PROVISORIO

ABOG. A.R.A.

L.E.S.A.

YUSNEIDY R.F.

EL SECRETARIO TITULAR

ABOG. J.C.C.G.

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